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El INAI ordena al INM revelar el número de migrantes muertos por violencia en México

domingo, agosto 14th, 2022

La ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas concluyó que el procedimiento de atención a la solicitud desarrollado por el Instituto Nacional de Migración no resultó válido, al no haberse agotado la búsqueda en la totalidad de unidades competentes.

Ciudad de México, 14 de agosto (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó este domingo al Instituto Nacional de Migración (INM) dar a conocer el número de muertes por violencia en México contra migrantes, provenientes de América Latina, el Caribe y África, que hayan atravesado por el territorio nacional para llegar a Estados Unidos o que hayan decidido quedarse a vivir en la República entre 2012 y 2021.

A través de un comunicado, el INAI agregó que el INM también debe detallar si las personas migrantes se encontraban en tránsito o se habían asentado en alguna localidad mexicana; desglosar la información por nacionalidad, sexo, edad y ocupación; lugar y circunstancias de la defunción e indicar si se iniciaron carpetas de investigación, así como el posible seguimiento de los familiares y el destino final de los cuerpos de las víctimas, entre otros datos.

Al presentar el asunto ante el pleno, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que “si se niega el derecho de acceso a la información establecido en la Constitución y las leyes, se quiebra el Estado de Derecho”, por ello, dijo, “garantizar su pleno ejercicio es de interés de toda la población”.

“Tristemente en un país tan violento como es México, en el que la delincuencia organizada y la desorganizada actúan de manera infame e inmisericorde, todos los días sabemos que, en todas las latitudes de todos los estados, hay saldos de muerte, salvo algunos estados que se consideran invictos. Tristemente en un país como el nuestro, con estas características, se antoja absolutamente inverosímil, falaz, que conteste el Instituto Nacional de Migración que no tiene información al respecto”, expuso el Comisionado.

El INAI explicó que la persona que solicitó dicha información presentó un recurso de revisión ante el INAI, luego de que el Instituto Nacional de Migración declarara inexistente la información requerida.

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que el sujeto obligado turnó la solicitud de acceso a la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio, la Dirección General de Coordinación de Oficinas de Representación y la Dirección General de Protección al Migrante y Vinculación, así como a la Dirección General de Control y Verificación Migratoria.

“Dichas unidades administrativas cuentan con atribuciones para conocer de lo requerido; sin embargo, existen más unidades administrativas en el INM que podrían atender la solicitud como la Oficina del Sub Comisionado Jurídico, y las Oficinas de Representación en los Estados de la República”, indicó el Instituto.

Además, destacó que entre las atribuciones de la Oficina del Sub Comisionado Jurídico, se encuentra intervenir en los asuntos de carácter legal en que tenga injerencia el INM, ante toda clase de autoridades administrativas y judiciales. Mientras que las Oficinas de Representación en los Estados de la República formulan, presentan y, en su caso, ratifican denuncias y querellas por conductas probablemente constitutivas de delitos, en los asuntos en que tenga injerencia el sujeto obligado.

Por otra parte, añadió, la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio manifestó no contar con atribuciones para conocer de lo requerido; no obstante, durante el análisis se determinó que sí podría conocer lo solicitado, resultando improcedente la incompetencia aludida por dicha unidad administrativa.

La ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas concluyó que el procedimiento de atención a la solicitud desarrollado por la autoridad no resultó válido, al no haberse agotado la búsqueda en la totalidad de unidades competentes. Foto: INAI

Por lo anterior, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas concluyó que el procedimiento de atención a la solicitud desarrollado por la autoridad no resultó válido, al no haberse agotado la búsqueda en la totalidad de unidades competentes.

En virtud de lo expuesto, el INAI revocó la respuesta del INM y le instruyó entregar a la persona recurrente la información sobre las muertes con violencia en México de personas migrantes que hayan atravesado por el territorio nacional para llegar a Estados Unidos o hayan decidido quedarse a vivir en la República durante el periodo antes mencionado.

El INAI garantiza transparencia y acceso a la información en todo el Estado mexicano

miércoles, junio 8th, 2022

El INAI aseguró que ya se puede conocer más acerca de acciones del Gobierno que garanticen la transparencia y el acceso a la información en todo el país.

Ciudad de México, 8 de junio (SinEmbargo).– El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aseguró que garantizará la transparencia y el acceso a la información en todo el Estado mexicano, a fin de contar con los insumos documentales necesarios para identificar y evidenciar la corrupción, un problema que afecta el desarrollo del país, sostuvo la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, en la inauguración del congreso Desafíos del combate a la corrupción, que se lleva a cabo del 8 al 10 de junio.

Señaló que, durante gran parte de la historia de la humanidad, la noción del secreto de Estado propició la discrecionalidad en el ejercicio del poder y abrió la posibilidad de apropiarse de los bienes públicos para fines privados; no obstante, dijo, con el surgimiento del Estado democrático liberal se ha consolidado el derecho de la ciudadanía de acceder a la información pública.

“Hoy, gracias a ese cambio de paradigma y a la existencia de indicadores, índices, y metodologías de medición de las causas y consecuencias de este fenómeno, es que sabemos que, por ejemplo, según datos de la ONU, cada año se paga un billón de dólares en sobornos, y se calcula que, anualmente, la corrupción causa la pérdida de 2.6 billones de dólares, lo cual se traduce en más del cinco por ciento del Producto Interno Bruto mundial”, expuso.

En su mensaje, el Presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), Francisco Raúl Álvarez Córdoba, indicó que se busca fomentar la reflexión y el entendimiento no solo entre los que forman parte del Comité Coordinador, sino también con expertos y organizaciones de la sociedad civil, para tener como resultado un diálogo fructífero para el control, prevención y sanción efectiva de actos de corrupción.

“Del adecuado funcionamiento del Sistema depende que algunos graves problemas de la sociedad sean atendidos hoy, mañana y por siempre; debe ser revitalizado, fortalecido y recargado. Hay mucho por hacer, mucho por mejorar desde la prevención, hasta el control y la sanción efectiva de actos de corrupción, mejorar los canales de participación ciudadana, que el sector privado asuma su corresponsabilidad en el abordaje del problema y en el combate de la corrupción, pues todos son responsables”, advirtió.

Posteriormente, al impartir la conferencia “Corrupción transparencia y acceso a la información”, la Comisionada Presidenta del INAI subrayó que la corrupción estructural provoca impactos en la estabilidad y desarrollo nacional de México, profundiza otros problemas públicos y puede dejar desprotegidos a los grupos sociales, especialmente a la población en situación vulnerable.

Apuntó que, en este contexto, la transparencia y el derecho de acceso a la información se han convertido en herramientas imprescindibles para combatir la corrupción, pues han hecho posible que la ciudadanía monitoree las acciones y decisiones del Gobierno.

“Actualmente la transparencia se erige como una herramienta idónea no solo para mejorar la administración cotidiana de los asuntos públicos, también abre la puerta a la participación de la sociedad en la solución de los problemas que le afectan, promueve la rendición de cuentas y coadyuva en la generación de acciones encaminadas a erradicar la corrupción”, concluyó Ibarra Cadena.

Al INAI le preocupa la resolución de la SCJN sobre protección de personal de la FGR

viernes, mayo 13th, 2022

El Instituto de Transparencia señaló que el fallo de la Suprema Corte de Justicia “mina el derecho de acceso a la información y sienta un mal precedente para la inatacabilidad de las resoluciones de este organismo garante”.

Ciudad de México, 13 de mayo (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) lamentó la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para proteger los nombres y cargos del personal de la Fiscalía General de la República (FGR).

“Preocupa al INAI la determinación de la SCJN de invalidar la resolución RRA 9481/19, emitida en contra de la FGR; el fallo mina el derecho de acceso a la información y sienta un mal precedente para la inatacabilidad de las resoluciones de este organismo garante”, escribió el INAI desde su cuenta de Twitter.

Asimismo, el comisionado Francisco J. Acuña empleó la misma red social para unirse a la preocupación del Instituto ante la resolución de la máxima autoridad judicial del país. ” Si impera el peligrosismo para proteger información pública se derrotará el derecho a saber”, expresó.

Durante la sesión de este jueves, la SCJN ordenó reservar los nombres de todo el personal administrativo, así como aquellos en ministerios públicos, peritos y policías federales ministeriales de cuatro subprocuradurías de la FGR.

La sentencia se da después de que un ciudadano solicitara, por medio del INAI, los nombres y cargos del personal sustantivo y administrativo de las subprocuradurías especializadas en Control Regional, Derechos Humanos; en investigación de Delitos Federales y Delincuencia Organizada.

En un primer momento, la FGR entregó los nombres del personal administrativo de todas las áreas solicitadas excepto los de SEIDO bajo el argumento de seguridad como motivo para reservar el resto de la información.

Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Imagen ilustrativa. Foto: Cuartoscuro

Ante la falta de datos, el peticionario tramitó un recurso de revisión y el INAI ordenó a la FGR entregar los nombres de los ministerios públicos de todas las subprocuradurías excepto de los SEIDO, así como el personal administrativo de estos últimos, y la denominación correcta de los cargos de todos los agentes del Ministerio Público federal, la Policía Federal Ministerial, peritos y analistas.

Los ministros determinaron que las instrucciones del INAI afecta las atribuciones constitucionales de la FGR para investigar y perseguir delitos federales, pues revela su capacidad de despliegue y reacción. El Ministro Javier Láynez argumentó en el proyecto que, según la teoría mosaico, se puede recopilar y combinar información aparentemente inofensiva y aislada para descubrir vulnerabilidades estratégicas que son susceptibles de explotación para dificultar la procuración de justicia o actos de contra inteligencia.

El Instituto de Transparencia es criticado por reubicar a dos excomisionados

jueves, mayo 5th, 2022

Óscar Guerra Ford y Rosendoevgueni Monterrey Chepov dejaron sus cargos como comisionados en el INAI el pasado 31 de marzo, y después de poco más de un mes, este 4 de mayo, fueron designados como encargados de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Transparencia y de la Secretaría Ejecutiva del INAI, respectivamente.

Ciudad de México, 5 de mayo (SinEmbargo).- Sin argumentos para fundamentar su decisión, los integrantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) reubicaron como encargados de dos secretarías ejecutivas de este organismo autónomo a Óscar Guerra Ford y Rosendoevgueni Monterrey Chepov, quienes hace poco más de un mes dejaron sus cargos como comisionados.

La designación de los excomisionados levantó varias críticas debido a que la decisión de los comisionados fue unánime, sin que alguno expusiera las razones para la reubicación de sus excompañeros y antes de que el Senado de México nombre a los dos sustitutos de Guerra Ford y Monterrey Chepov. Además de que nunca había ocurrido que un comisionado fuera reubicado con un cargo menor dentro del Instituto una vez finalizado su periodo.

“Es una mala señal. Este órgano no es cualquier instancia pública, estamos hablando del órgano garante de hacer posible el acceso a la información, la protección de datos personales, es decir de propiciar la transparencia, y no asume el reto de transparentar los procedimientos internos, como el de la decisión que ayer tomó el pleno, y que me parece desafortunada”, consideró Gabriel Torres Espinoza, integrante del Consejo Consultivo del INAI, en entrevista con SinEmbargo.

El excomisionado del INAI, Oscar Guerra Ford, ahora titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Transparencia. Foto: INAI.

Luego de ocho años de ser parte del órgano colegiado del INAI, desde el 2014 cuando el Congreso de México avaló la reforma constitucional con la que se dotó de autonomía al INAI, el pasado 31 de marzo, Guerra Ford y Monterrey Chepov dejaron sus cargos como comisionados, y después de poco más de un mes fueron designados como encargados de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Transparencia y de la Secretaría Ejecutiva del INAI, respectivamente.

Casi al finalizar la Sesión Virtual Ordinaria del Pleno del INAI, de este miércoles 4 de mayo, los comisionados y comisionadas, Javier Francisco Acuña Llamas, Norma Julieta del Río Venegas, Adrián Alcalá Méndez y Josefina Román Vergara, así como la Comisionada presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena, votaron a favor del proyecto para designar a sus excompañeros ahora como funcionarios. Durante la votación, que se hizo en cuatro minutos, ninguno justificó su aprobación para ambos nombramientos.

“Después de haber tenido ocho años de trabajo como comisionados, desde el 2014, es una mala señal que ayer 4 de mayo se les designara. Además, al cuarto para las 12, sin haber expuesto las razones, sin haber puesto sobre la mesa qué perfiles había para ocupar esas posiciones, en un reparto de cuotas entre cuates, designar a dos excomisionados, para desarrollar tareas de alta responsabilidad en el Instituto, con personas que ellos mismos nombraron a penas hace unos días, quienes eran sus pares hasta hace unos días”, criticó Torres Espinoza.

Durante la votación para estas asignaciones, Alcalá Méndez se limitó a reconocer el desempeño del anterior secretario, José de Jesús Ramírez Sanchez, mientras que Del Río destacó la importancia de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Transparencia, que, recordó es “un espacio clave en el Sistema Nacional de Transparencia”, misma que se coordina bajo su Comisión, dijo.

El excomisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov. Foto: INAI

En el Twitter oficial del INAI se limitaron a informar sobre la aprobación de los titulares de las dos secretarías, sin dar mayores detalles de los funcionarios que se designaron. “Se aprueba el nombramiento del Titular de la Secretaría Ejecutiva del INAI” y “Se aprueba el nombramiento del Titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Transparencia en el INAI”, se indicó en las publicaciones.

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Transparencia, de la que Guerra Ford será el encargado, es una oficina que tiene la misión de coordinar los trabajos en materia de rendición de cuentas del INAI, y en la que también están involucrados todos los institutos de transparencia del país, así como el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el Archivo General de la Nación, y la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

En tanto, la Secretaría Ejecutiva del INAI, que encabezará Monterrey Chepov, está a cargo de coordinar diversas propuestas de políticas relacionadas con estrategias con las que se busca promover y vincular con la sociedad. Además de conjuntar a los diversos actores para ejecutar mecanismos para capacitar y promover programas en materia de derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, entre otras actividades relacionadas con este ejercicio democrático.

“Es una mala señal, justo en un momento en el que el Instituto garante de la transparencia y la protección de los datos personales debiera ser muy cuidadoso de sus procesos, sería tan absurdo como que Lorenzo Córdova y Ciro Murayama, mañana quisieran ser Secretario General y Director de Servicio Profesional Electoral, respectivamente en el Instituto Nacional Electoral, en el INE”, ejemplificó sobre los nombramientos Torres Espinoza, también director del Canal 44 de Televisión y de Radio U de G.

“No fue un proceso público, no fue un debate claro al respecto, y si el órgano que al resto de los sujetos obligados les pide que sean transparentes, no asume ese mismo compromiso en las decisiones que procesa a su interior, esto no lo fortalece, lo debilita”, añadió y expresó que, de acuerdo con los estatutos del organismo autónomo, el ingreso al INAI “debe ser por méritos, por concurso público de oposición, y haciendo una valoración frente a otras valoraciones de las trayectorias”.

Tras la designación de Guerra Ford y Monterrey Chepov, la también excomisionada Patricia Kurczyn Villalobos señaló a sus excompañeros de realizar prácticas deshonestas en el organismo autónomo:

“Antes usaron hicieron reparto de canicas entre sus ex jefes, cuates, recomendados y devolver favores. Luego despidieron a quienes no caían bien. Jugaron a bajar niveles, a burlar derechos laborales”, dijo Kurczyn Villalobos, quien se desempeñó de 2014 a 2020 en el INAI.

Sobre estas acusaciones, Torres Espinoza dijo que “son ciertas”.

“Ahí hay una ejecución patrimonialista de las actividades al interior del INAI, un reparto que me parece que raya en la ilegalidad de una distribución patrimonialista de áreas y de funciones que está entregada a los comisionados y que contradice al modelo de gobernanza del Instituto, que al ser un órgano colegiado debería procesar todos sus temas ahí, y no tener áreas, parcelas, específicamente dedicadas y para su fruto exclusivo de algún comisionado o comisionada”, sostuvo.

“Tiene repartidas las áreas y los trabajos, hay direcciones que son propiedad de cada comisionado y donde ellos hacen lo que se les da la gana, y ese proceder habría que discutirlo”, detalló el integrante del Consejo Consultivo INAI, y subrayó que esas prácticas viene de tiempo atrás, y salen a flote “en un momento en que hay serios cuestionamientos sobre la pertinencia y oportunidad de este órgano”. “Creo que muchos de estos cuestionamientos encuentran eco en actitudes y en prácticas que ocurrieron ayer 4 de mayo, y que están muy lejos de hacer honor al nombre que lleva ese instituto”, agregó.

Desde el inicio de su mandato, el Presidente Andrés Manuel López Obrador ha sugerido que los diversos organismos autónomos en el país, incluido el INAI deberían desaparecer. El 8 de enero de 2021, durante su conferencia matutina, anunció que sometería a revisión a estos organismos que dependen del Estado, debido a que, consideró, son caros y además no han operado “a favor del pueblo”.

“Vamos a hacer un análisis minucioso de lo que más conviene, desde luego, garantizando la transparencia porque es una regla de oro de la democracia. No significa tener transparencia el que haya un aparato burocrático creado con ese propósito. Se creó el aparato burocrático para la transparencia y no hubo transparencia”, dijo López Obrador en ese momento, en referencia al INAI.

Asimismo, señaló que en el Instituto “se reservaban los asuntos que no le convenían a las dependencias. Es decir, no les convenía que se supiera, que se dieran a conocer documentos, papeles. No había transparencia”, incluso acusó que tras su creación, durante el Gobierno de Vicente Fox, “se decidió mantener bajo reserva las condonaciones de los pagos de impuestos de las grandes empresas”.

“Son como tapaderas. Son como organismos alcahuetes. […] Para eso se crearon y cuestan mucho. No sirven, no benefician al pueblo, pero sí cuesta mucho mantenerlos. El Instituto de Transparencia como mil millones. Este otro Instituto de las Telecomunicaciones, mil 500 millones y van a ver cuando presentemos toda la estructura, todos los órganos que crearon”, agregó sobre estos organismos autónomos, de los que, según lo que ha planteado el Presidente, podrían ser absorbidos por las dependencias federales.

Así informó el INAI sobre los nuevos nombramientos. Foto: Captura de pantalla del Twitter oficial del INAI

Ante las intenciones expresadas por el mandatario federal, Torres Espinoza opinó que “el INAI debe atender puntualmente lo que dice la norma, y dejar de tener prácticas no escritas, acuerdos no explícitos, que ejecutan como si fueran una ley, eso es lo que le hace daño al instituto. Por supuesto no debe desaparecer, es fundamental la tarea de proteger los datos personales y de hacer posible a los ciudadanos el acceso a la información de naturaleza pública”.

El 28 de abril de 2021, el Jefe del Ejecutivo federal retomó el tema y anunció que promovería una reforma para todos los organismos autónomos.  En ese momento, López Obrador afirmó que todos los organismos autónomos en México fueron constituidos para “defender a los grupos de interés” y “amparar a las minorías”, por lo que anunció que promovería en el Congreso una reforma administrativa para “ajustar los organismos administrativos, los organismos del Gobierno, del Estado, a la nueva realidad, a las nuevas circunstancias”, explicó.

Aunque a casi cuatro años de su Gobierno, el Presidente no ha concretado su propuesta, no ha dejado de insistir en que estos organismos autónomos deben de desaparecer. El 15 de febrero de este año explicó que su propuesta requiere una reforma constitucional, por lo que sería difícil llevarla a cabo en lo que resta de su mandato ante la falta de apoyo de la oposición, que, reprochó, “no aprueba nada“.

“Viendo lo de las propuestas para que se mantengan estos órganos, ya no nos dará tiempo a nosotros y además genera mucha polémica, se requiere reforma constitucional y los del bloque conservador no aprueban nada, son organismos que deberían desaparecer, ahora que estoy haciendo este oficio para la transparencia a ver con qué salen”, explicó López Obrador en su conferencia desde Palacio Nacional.

“Lo mejor sería que no existieran, no sólo nos ahorramos muchos recursos, sino que se fortalece el Estado nacional porque esas funciones las puede llevar a cabo el Poder Legislativo, el Judicial, el Ejecutivo”, reiteró.

“Algunas preocupaciones de esta expresión del Jefe de Estado mexicano devengan de la forma en que operan ciertos órganos constitucionalmente autónomos, este tipo de señales, no hacen sino confirmar que hay problemas ahí, y que no se atienden, que a pesar de la crítica y del momento en que vive el país, este tipo de actitudes patrimonialistas, clientelares, continúan en un órgano que debiera estar buscando transformar esas inercias, que vienen de mucho tiempo, pero que el país no aguanta más, hay que cambiarlas”, concluyó el integrante del Consejo Consultivo INAI.

– Con información de AP

INAI rinde informe de labores; SCJN e IMSS recibieron más solicitudes de información

martes, abril 5th, 2022

En el rubro de datos personales del sector público, en el periodo que fue reportado, los sujetos obligados recibieron más de 43 mil solicitudes. El IMSS se mantuvo como el sujeto obligado que recibió la mayor cantidad de solicitudes, y según sus declaraciones, fue seguido por el Infonavit y por el ISSSTE.

Ciudad de México, 5 de abril (SinEmbargo).- Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), presentó el informe anual de labores ante el Senado de la República y dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la Secretaría de Salud y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) fueron los sujetos obligados con mayor número de solicitudes recibidas entre octubre de 2020 y septiembre de 2021.

“El informe que se presenta comprende el periodo de octubre de 2020 a septiembre de 2021, donde el entorno nacional y global se caracterizó por la presencia de la crisis sanitaria y múltiples efectos adversos. A pesar de estas circunstancias, el INAI emprendió diversas estrategias atender nuestras responsabilidades constitucionales y legales, cuyos resultados hemos hecho llegar previamente a esta soberanía”, detalló Ibarra Cadena en la presentación del informe.

Posteriormente mencionó que la comunicación entre los sujetos obligados y el INAI permitió que el tiempo promedio de respuesta de las solicitudes fuera de sólo 13.1 días en el periodo que se informa. Entre los rubros más consultados en las solicitudes se encuentran: información generada por los sujetos obligados, que incluye temas como trámites, servicios, estadísticas y resultados y encuestas con un 43.4 por ciento; actividades de la institución, la relacionada con programas de trabajo, resultados de actividades sustantivas, agenda de los servidores públicos, entre otras, con 18.9 por ciento; y la información sobre contratos, que abarca obras públicas, bienes adquiridos, servicios contratados, bienes arrendados y licitaciones, con un 6.7 por ciento.

“Destaca que la SCJN, el IMSS, Cofepris, Secretaría de Salud y el ISSSTE fueron los sujetos obligados con mayor número de solicitudes recibidas en este periodo”, declaró.

Recalcó que se durante los primeros años del INAI se han “desplegado una serie de acciones orientadas a estrechar nuestra vinculación con la sociedad y con los poderes del Estado, con el objetivo de que los unos se empoderen con la información pública y vean cristalizados sus derechos; y, los otros, aumenten su legitimidad, cercanía e impacto social”.

En el rubro de datos personales del sector público, en el periodo que fue reportado, los sujetos obligados recibieron más de 43 mil solicitudes. El IMSS se mantuvo como el sujeto obligado que recibió la mayor cantidad de solicitudes, y según sus declaraciones, fue seguido por el Infonavit y por el ISSSTE.

“Estas cifras muestran la conciencia de la ciudadanía sobre la importancia de la protección y adecuado tratamiento de los datos personales en un México globalizado”, explicó.

En materia de acceso a la información, las cifras acumuladas de 2003 hasta el cierre del informe reportaron más de 2.5 millones de solicitudes ingresadas, de las cuales, 285 mil corresponden al periodo de octubre a septiembre de 2021.

“Debe destacarse el repunte que ha tenido este rubro. Pues el registro de solicitudes de información no solamente se incrementó en más de 20 puntos porcentuales con relación al periodo anterior, sino que también supera los niveles previos a la crisis sanitaria, colocándose como el nuevo máximo histórico”, dijo.

Asimismo expresó la recepción de más de 17 mil medios de impugnación en materia de acceso a la información, lo que representó un incremento del 19.2 por ciento en comparación con el periodo anterior.

El INAI logró resolver 18 mil medios de defensa en la materia y en el 77.3 por ciento de todas aquellas resoluciones de recursos con revisión de estudio de fondo, se ordenó, modificó o revocó la respuesta del sujeto obligado.

“En este contexto, en el periodo reportado, recibimos más de 17 mil medios de impugnación en materia de acceso a la información, lo cual implica un incremento del 19.2 por ciento comparado con el periodo anterior. Además, en este periodo resolvimos más de 18 mil medios de defensa en la materia. Se enfatiza que, en el 77.3 por ciento de las resoluciones de recursos de revisión con estudio de fondo, se ordenó, modificó o revocó la respuesta del sujeto obligado”.

Respecto a la materia de datos personales, casi 2 mil 500 medios de impugnación fueron interpuestos, lo que fue un incremento del 33.5 por ciento en comparación al periodo anterior.

“En el 92.8 por ciento de los casos, con estudio de fondo, se modificó, revocó u ordenó la entrega de la información o el acceso, rectificación, cancelación u oposición de los datos personales”, comentó.

Asimismo, la Comisionada dijo que en la gran mayoría de los asuntos, las resoluciones tienen una instrucción para los sujetos obligados, pues “estas decisiones permiten a la sociedad mexicana ejercer libremente otros derechos que fortalece su incorporación a la vida democrática de nuestro país”.

Mientras que en la verificación correspondiente a 2021, los sujetos obligados en el ámbito federal consiguieron un cumplimiento del 95.7 por ciento, a la par que el Poder Legislativo y el Judicial de la Federación obtuvo un índice de cumplimiento del 100 por ciento.

Además, arriba del promedio nacional también se ubican los órganos autónomos con el 98 por ciento y el Poder Ejecutivo tiene el 96 por ciento. El Grupo de Sindicatos fue el único que se posicionó por debajo del promedio al reportar un 85.5 por ciento.

CNDH denuncia intereses políticos en caso Mario Aburto; anuncia batalla legal vs INAI

miércoles, marzo 23rd, 2022

Luis Donaldo Colosio, del entonces hegemónico Partido Revolucionario Institucional (PRI), recibió dos balazos el 23 de marzo de 1994 mientras saludaba a la multitud en un mitin en el popular barrio de Lomas Taurinas, en la fronteriza Tijuana.

Ciudad de México, 23 de marzo (SinEmbargo/EFE).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) afirmó que México tiene derecho a saber la verdad sobre el asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta, ocurrido el 23 de marzo de 1994 en Lomas Taurinas, barrio ubicado en Tijuana, Baja California. Y aseguró que iniciará una batalla legal contra el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para lograr que en todas las resoluciones se imponga la prevalencia de los derechos humanos.

A través de un comunicado, la CNDH destacó que mantiene acciones continuas para dar total seguimiento de la recomendación 48VG/2021, emitida el 25 de octubre de 2021 y aceptada por la Fiscalía General de la República (FGR) y por el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) en diciembre de 2021, donde están concentrados actos violatorios contra Mario Aburto Martínez, señalado como el responsable de crimen, así como su familia.

Entre los principales puntos recomendatorios, se encuentran: primero la apertura de una investigación seria y apegada a derecho sobre los hechos que provocaron la detención de “la víctima” el 23 de marzo de 1994 a raíz del asesinato del candidato presidencial.

“Los reiterados actos violatorios de derechos humanos que tuvieron lugar en afectación de este y de su familia, derivados de aquellos hechos. Y, desde luego, en afectación de la familia del candidato asesinado y de toda la sociedad mexicana, que a pesar del transcurrir de los años y de los esfuerzos por ocultarla, tienen derecho a conocer la verdad”, se lee en el documento.

Además, se pide la sustanciación y conclusión de la demanda de Mario Aburto por actos de tortura, que data desde agosto de 1994, hecho que se archivó y actualmente radicaba en la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales de la FGR, “lo que abonaría también al esclarecimiento de los hechos y a la comprobación de que la investigación oficial fue manipulada”.

Por lo que, señaló la CNDH, mientras no se logre el cumplimiento de esos dos puntos, el traslado del agraviado a un reclusorio cercano a su familia, no es posible, y cumplió 28 años de no tener ningún contacto presencial con su familia.

A esto se agrega la tramitación del registro de las víctima en el Renavi, que está gestionando ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

“Es de señalar que la CNDH ha advertido interferencias de personas particulares, no de funcionarios, en el seguimiento de la recomendación; actuaciones que pueden poner en riesgo el cumplimiento de la misma, e incluso hasta la integridad de las víctimas, por intereses claramente políticos, pero también por otros burdamente comerciales, por lo que llama a la responsabilidad a quienes pretenden haber tenido un papel protagónico en los trabajos de la CNDH, que nunca tuvieron, y declara que la investigación de los hechos no puede ser materia de entrevistas aparentemente ‘reveladoras’ o series televisivas, sino de actuación de la justicia, que es lo único en que estamos comprometidos”, dijo la Comisión.

Mario Aburto Martínez fue presentado como actor material del asesinato de Luis Donaldo Colosio.

Mario Aburto Martínez fue presentado como actor material del asesinato de Luis Donaldo Colosio. Foto: Ricardo Reyes, Cuartoscuro

La CNDH calificó como “extraña” la actuación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en el resguardo de éste y todos sus expedientes, por lo que, dada la trascendencia del asunto, se interpusieron dos recursos de protección de la información, relativa a la investigación del caso, toda vez que la protección de las víctimas es una prioridad.

“A través del INAI se ha estado pretendiendo que la CNDH dé cuenta de elementos de prueba que serían clave en la apertura de una investigación de los hechos sucedidos el 23 de marzo de 1994, por lo que vamos a iniciar una batalla legal para lograr que en todas las resoluciones de ese Instituto se imponga la prevalencia de los derechos humanos, es decir, el interés de aquellas personas que tienen la calidad de víctimas”.

Asimismo, la Comisión reclamó respeto a la calidad garante de los derechos humanos porque “no puede ni debe” haber contradicción entre unas y otras tareas, pero “tampoco es posible” que el INAI pretenda poner en riesgo un caso que a pesar del paso de los años aún no esta resuelto, y “extrañamente pretende obligar a la CNDH a exponer los intereses, y en este caso incluso, el debido proceso de una víctima, que además se encuentra en esa calidad, debido a una recomendación”.

“Daremos la batalla para lograr la apertura de una investigación que garantice el esclarecimiento de los hechos del 23 de marzo de 1994, y también para defender los derechos de las víctimas, incluso recurriendo a amparos o aquellos recursos que sea menester, convocando respetuosamente al Congreso de la Unión a hacer lo propio, y alinear la legislación en la materia, a los principios básicos de los derechos humanos”, finalizó la CNDH.

El magnicidio del candidato presidencial mexicano Luis Donaldo Colosio hoy hace 28 años sacude todavía la política del país, un caso que aún levanta interrogantes y que el actual mandatario, Andrés Manuel López Obrador, pretende reabrir en un momento en que el hijo del político asesinado asume su popular legado.

En la foto, el funeral de Luis Donaldo Colosio que se llevó a cabo en la sede de su partido.

En la foto, el funeral de Luis Donaldo Colosio que se llevó a cabo en la sede de su partido. Foto: Eloy Valtierra, Cuartoscuro

Colosio, del entonces hegemónico Partido Revolucionario Institucional (PRI), recibió dos balazos el 23 de marzo de 1994 mientras saludaba a la multitud en un mitin en el popular barrio de Lomas Taurinas, en la fronteriza Tijuana.

“El magnicidio implicó un momento importante, una crisis del sistema político mexicano que ya estaba presente de otras maneras antes del asesinato de Colosio hace 28 años”, expone a EFE el investigador Flavio Meléndez, autor del libro México río revuelto. Del crimen de Estado al Estado del crimen.

Aunque aún no era Presidente, los candidatos del PRI ganaban las elecciones de forma orgánica hasta la transición en 2000, por lo que su asesinato se considera el magnicidio más grave en México desde 1928, cuando mataron al Presidente electo Álvaro Obregón, quien ya había presidido el país entre 1920 y 1924.

Colosio, nacido en el norteño estado de Sonora en 1950, “era un candidato que simbolizaba la ruptura del viejo régimen priista hacia un nuevo modelo más democrático, mayormente plural, más participativo y de base social”, según Corona.

Su figura trasciende, añade el académico, por ser un líder “carismático, honesto, sencillo y bonachón”, que supo manejar el concepto de unidad nacional e integrar la vida familiar a la política.

En la foto, el entonces candidato Luis Donaldo Colosio durante un recorrido de campaña por Hidalgo.

En la foto, el entonces candidato Luis Donaldo Colosio durante un recorrido de campaña por Hidalgo. Foto: Eloy Valtierra, Cuartoscuro

Justo por esa figura de ruptura que representaba Colosio han surgido teorías de la conspiración, expone Meléndez.

La más común de ellas es que el entonces Presidente, Carlos Salinas de Gortari (1988-1994), lo mandó matar y otra es que Mario Aburto, su asesino confeso, es en realidad inocente y los verdaderos responsables lo utilizaron como “chivo expiatorio”, narra Meléndez.

INAI presentará controversia ante la SCJN contra acuerdo para blindar obras federales

miércoles, diciembre 8th, 2021

Por unanimidad, el pleno del INAI determinó presentar una controversia constitucional ante la SCJN “en contra del Acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional e interés público los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno”.

Ciudad de México, 8 de diciembre (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el acuerdo presidencial con el que se pretende blindar las obrar y proyectos federales.

A través de un comunicado, se anunció que, por unanimidad, el pleno del INAI determinó presentar una controversia constitucional ante la SCJN “en contra del Acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional e interés público los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno”.

El organismo argumentó que dicho Acuerdo, que se publicó el pasado 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), “transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad”.

Lo anterior, ahondó, tras un análisis, en el que también se llegó a la conclusión que “existe una posible violación al artículo 6º de la Constitución mexicana”, ya que para determinar de seguridad nacional y de interés público, lo que deriva en la reserva de la información y la clasificación de la misma, serán los sujetos obligados los que acrediten caso por caso, con los fundamentos correspondientes “y cumpliendo los requisitos de la prueba de daño”.

El INAI afirmó que también se “constató que el Acuerdo vulnera los principios de inatacabilidad, definitividad y vinculatoriedad de las resoluciones del Pleno, al precisar que la información será de seguridad nacional”, lo que permite que el acuerdo sea impugnado, “mediante el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, de las resoluciones en que se ordene la entrega de la misma información”.

Al respecto, la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena sostuvo que el Acuerdo representa un obstáculo para que se aplique el principio de máxima publicidad, ya que “dificulta la difusión y entrega de información relacionada con proyectos de infraestructura”, y elimina la posibilidad de llevar a cabo una valoración caso por caso, que se relaciona de manera directa con las obligaciones del Instituto.

“El Acuerdo referido se aleja del régimen constitucional, pues da lugar a que toda la información de las obras de infraestructura tenga el carácter de reservada, de manera general, previa y dogmática (…) En este órgano colegiado estamos convencidas y convencidos de que la mejor manera de velar por la transparencia y el acceso a la información, es buscar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre los problemas de inconstitucionalidad que hemos detectado”, reiteró.

Por su parte, a Comisionada Josefina Román Vergara indicó que el Acuerdo impactaría en el proceso de los asuntos que son del conocimiento del INAI, ya que “no define el alcance de lo que debe conocerse como interés público o seguridad nacional, es decir, se desconoce la normativa”.

“Esto es muy importante, porque a pesar de que, a primera vista, el tema de transparencia no se menciona en el Acuerdo de manera explícita, las implicaciones que tendría serían importantes porque los conceptos, justamente de interés público y seguridad nacional, sí son definiciones que ocupamos en materia de derecho de acceso a la información y, sobre todo, para la apertura de la información, o bien, la reserva de la información”, expresó.

En tanto, el Comisionado Adrián Alcalá Méndez dijo que el acuerdo emitido por el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, afecta significativamente el principio de máxima publicidad. Asimismo, enfatizó que “no puede haber acuerdos por encima de la Ley, de la Constitución y de los derechos humanos”, ya que se intenta volver a la excepción una regla, lo que también pone en riesgo la transparencia de la información sobre las obras públicas.

“Se está olvidando lo que establece la Ley General de Transparencia en su artículo 108, el cual indica que los sujetos obligados no podrán emitir acuerdos de carácter general ni particular que clasifiquen documentos o información como reservada, además de que, en ningún caso se podrán clasificar documentos antes de que se genere esta información”, resaltó.

La Comisionada Norma Julieta del Río Venegas recordó que el marco normativo “en materia de acceso a la información prohíbe explícitamente la clasificación previa de la información”, además, los sujetos obligados tienen la responsabilidad de “realizar un análisis caso por caso para clasificarla”.

También subrayó que el Acuerdo sólo está dirigido a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por lo que “no puede ser considerado vinculante a organismos fuera del Ejecutivo Federal”.

“Este Instituto cuenta con la autonomía constitucional y es la última instancia en materia de acceso a la información para los sujetos obligados, aun cuando el Ejecutivo cuenta con un recurso especial tratándose de seguridad nacional, pero será la propia Suprema Corte de Justicia la que resolverá cualquier situación al respecto de esta controversia que se presentará; quiero manifestar mi voto a favor de que se interponga dicha controversia para garantizar el derecho de acceso a la información”, añadió.

El Comisionado Oscar Guerra Ford refirió que en la Constitución mexicana se estableció “que toda la información de los sujetos obligados es considerada pública”, por lo que en Acuerdo existe una presunta afectación a este derecho con relación a las “autorizaciones, dictámenes, permisos, licencias, licitaciones públicas y disposición de recursos, relacionados con todos los proyectos y obras del Gobierno de México”.

Mencionó que entre estos se encuentran los proyectos del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, de la Refinería Dos Bocas, en Tabasco, y el Tren Maya, que podrían ser considerados como de interés público y seguridad nacional.

“Estoy de acuerdo en que el INAI presente ante la SCJN, en ejercicio de su autonomía y de sus facultades constitucionales y legales, la referida controversia constitucional, y que sea la Corte la que determine los alcances del acuerdo referido y si estamos o no frente a un acto de vulneración de las competencias del INAI y del derecho humano de acceso a la información, ya que como también lo he sostenido en otras ocasiones, el que pregunta no se equivoca”, indicó.

Para el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas la decisión de interponer una controversia constitucional responde a “un riesgo inminente y evidencias en la interpretación directa e indirecta de este acto de autoridad del Poder Ejecutivo Federal”, con el que se podría menoscabar del derecho de acceso a la información pública que está a cargo del INAI.

“Estamos llevando ante la Suprema Corte la preocupación fundada que tenemos de que ocurran interpretaciones que vengan a impedir el ejercicio pleno de este derecho”, consideró Acuña Llamas.

“Nosotros tutelamos un derecho fundamental y jamás un derecho fundamental puede ser limitado, interrumpido o aplazado, salvo por norma constitucional o norma superior como los tratados y, en un caso dado de reserva de ley, por una ley correspondiente; en este caso, las leyes atinentes son la Ley General de Transparencia y la Ley Federal de Transparencia, que son las que nosotros invocamos para ejercer nuestra autoridad”, agregó .

Es importante señalar que los comisionados Del Río Venegas y Guerra Ford apoyaron la presentación de la controversia con un voto particular, al no estar de acuerdo en las partes en las que se señala que “el acuerdo impugnado realiza una clasificación expresa o explícita de la información como reservada por seguridad nacional”.

INAI ordena que la FGR haga pública la carpeta de investigación del caso Odebrecht

miércoles, noviembre 17th, 2021

El INAI exhortó a la Fiscalía General de la República que dé a conocer los nombres de funcionarios y exfuncionarios que han sido llamados a declarar y enfrentan acusaciones ligadas al caso Odebrecht.

Ciudad de México, 17 de noviembre (SinEmbargo).– El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) hacer pública la carpeta de investigación del caso Odebrecht en un hecho considerado “histórico”.

Durante la sesión del INAI, el instituto resolvió que la Fiscalía debe de publicar la información en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) con respecto al caso Odebrecht, así como los nombres de los funcionarios y exfuncionarios que han sido llamados a declarar y enfrentan acusaciones con respecto a la investigación, y que los datos sean actualizados cada tres meses.

En el Pleno del @INAImexico aprobamos, por unanimidad, revocar la respuesta de la FGR, a efecto de que entregue los documentos que den cuenta de los nombres de funcionarios y exfuncionarios que han sido llamados a declarar y enfrentan acusaciones, ligados al caso Odebrecht”, indicó la Comisionada Presidenta Blanca Lilia Ibarra por medio de su cuenta de Twitter.

La FGR, ante la primera solicitud del INAI de transparentar la información, había respondido que era “clasificada” debido a que su divulgación “causaría un perjuicio la relación bilateral entre el Estado mexicano y la autoridad extranjera; perjudicaría el procedimiento judicial en trámite, en el que la FGR es parte: y, menoscabaría las facultades de investigación del Ministerio Público de la Federación, al afectar las líneas de investigación pendientes”.

Sin embargo, el instituto determinó que el caso Odebrecht ha sido sujeto de numerosas solicitudes de información y recursos de revisión, de tal manera que se amerita que se considere una obligación de transparencia.

Durante la sesión, el Comisionado Óscar Guerra Ford explicó que en 2019 se solicitó el acceso de declaración de funcionarios y exfuncionarios de Petróleos Mexicanos (Pemex), pero el sujeto obligado -la FGR- entregó una versión pública en copia simple y certificada, cuyo costo de reproducción ascendía a 81 mil 551 pesos por copia simple, pero al ponerse en disposición en copia certificada “esto implicaría un cobro o un pago más bien de un millón 794 mil pesos”, lo que imposibilita la entrega de la información.

Se trata de una resolución sin precedentes, puesto que es la primera vez que el INAI ejerce su facultad para que un caso de particular se convierta en una obligación de transparencia.

Persisten resistencias de poderes al acceso a la información: Comisionada del INAI

martes, septiembre 28th, 2021

El INAI indicó que el acceso a la información de grupos vulnerables y minorías se dificulta cuando el Estado de Derecho y las instituciones públicas tienen una presencia débil en la sociedad o son omisos.

Ciudad de México, 28 de septiembre (SinEmbargo).– El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aseguró que persisten persisten resistencias y obstáculos que debilitan el derecho de acceso a la información.

En el marco de la Semana Nacional de Transparencia 2021, la Comisionada Presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena advirtió que “las dificultades y obstáculos de diversa naturaleza que inhiben el ejercicio del derecho humano de acceso a la información por parte de los grupos, en general, y de las personas vulnerables y discriminadas, en particular, suelen acentuar su complejidad, dureza y resistencia en entornos en los que hay una presencia y actuación débil u omisa por parte de las instituciones públicas y el Estado de Derecho”.

Por su parte, el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), insistió que la transparencia es una obligación de todos, así como la rendición de cuentas. En este sentido, la presencia de los medios de comunicación disponible hace que más personas puedan tener acceso a la información, además que permite a las instituciones públicas “una oportunidad sin precedentes” para dialogar de manera franca y transparente con la población.

Asimismo, la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas resaltó que es importante descentralizar los trabajos hacia cada región del Sistema Nacional de Transparencia (SNT) para identificar a nivel local los problemas sociales que llevan a la exclusión y desigualdad en el uso del acceso a la información.

“Esta edición de la Semana Nacional de Transparencia es innovadora en su temática al considerar al derecho de acceso a la información de las minorías y grupos vulnerables; con esto, las Comisionadas y los Comisionados del INAI y del SNT buscamos incorporar nuevos temas en esta agenda de la transparencia y avanzar en la gran tarea de fortalecer el ejercicio de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales, y con ello contribuir al fortalecimiento de la participación ciudadana, como pilares de un sistema democrático”, resaltó en su turno el Comisionado Adrián Alcalá Méndez.

El INAI ordena a la Secretaría de Salud entregar las estadísticas de defunciones en 2019 y 2020

domingo, noviembre 1st, 2020

Luego de que un ciudadano lo solicitara mediante una solicitud de transparencia, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pidió que la Secretaria de Salud entregue las estadísticas de defunciones de los 2019 y 2020.

Ciudad de México, 1 de noviembre (EFE).- La Secretaría de Salud de México debe entregar los datos contenidos en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED) de 2019 y 2020, determinó este domingo el organismo de transparencia de México.

Además deberá entregar una versión pública en la que, además de los datos ya proporcionados en la respuesta inicial, incluya datos de año, mes, estado, captura, fecha de información y actualización y tipo de hoja, señaló el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Mediante un comunicado, el INAI informó que un ciudadano solicitó a la Secretaría de Salud la versión pública de la base de datos del SEED y todos los registros del 1 de febrero al 1 de julio de 2020.

En su respuesta, Salud de México le dijo que, “si bien tiene información en los términos que le fueron solicitados, no se cuenta con información de 2019 y 2020”.

Francisco Javier Acuña Llamas, comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), señaló que el tema de defunciones cobra relevancia en el contexto de la pandemia de COVID-19. Foto: Moisés Pablo, Cuartoscuro

Ante la respuesta, el ciudadano presentó un recurso de revisión al INAI por medio del cual señaló que el sujeto obligado “no entregó la información solicitada y tampoco determinó la inexistencia de la información de los años 2019 y 2020”.

A presentar el asunto, el comisionado del INAI, Francisco Javier Acuña, señaló que el tema de las defunciones cobra especial relevancia en el contexto de la emergencia sanitaria en México, sobre todo porque las cifras oficiales han sido cuestionadas.

En respuesta a la solicitud, la Secretaría de Salud expresó que no contaba con la información de los años 2019 y 2020, aunque si tenía la información en los términos que le fueron solicitados. Foto: Imagen de referencia, Luis Torres, Cuartoscuro

“Las cifras oficiales que desde el comienzo de la pandemia por COVID-19 se han dado por contagios y por defunciones han resultado muy polémicas, muy cuestionables (…), y se tiene que esclarecer porque estos datos se sabrán tarde o temprano, ojalá que más temprano que tarde”, señaló.

Además, el comisionado consideró “absolutamente importante que todos estemos enterados de cuál ha sido la mecánica. La explicación oficial respecto de las defunciones, y naturalmente dentro del periodo 2019-2020”.

Dijo que estos datos “son imprescindibles para comparar que de un año a otro en estos meses haya habido una muy importante, probable y considerable suma de aumento de defunciones, que algunas de ellas podrían ser clave para entender y disipar los mitos que se han creado sobre las cifras y las estadísticas oficiales sobre el tema del covid”.

Explicó que lo procedente es revocar la respuesta de la Secretaría de Salud “porque es imperfecta, porque no satisfizo, porque tiene flecos que permiten mejorar esa respuesta en términos de información que debe de estar en las manos de aquel que lo solicitó y para beneficio de la credibilidad pública de un país”.

Las autoridades sanitarias de México reportaron el sábado un total de 91 mil 753 fallecidos y 924 mil 962 casos confirmados por la COVID-19 tras ocho meses de la pandemia en el país.

El Gobierno mexicano ha defendido su estrategia contra la enfermedad, pero políticos opositores, organismos y especialistas la han criticado y han señalado un subregistro de contagios y defunciones.

Los hospitales públicos y privados están obligados a contar con aviso de privacidad ante COVID-19: INAI

lunes, abril 20th, 2020

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dio a conocer que obligará a que todo centro de salud(público o privado) cuente con avisos de privacidad de pacientes que estén infectados por el COVID-19.

Ciudad de México, 20 de abril (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) obligará a los hospitales públicos y privados a contar con avisos de privacidad durante la pandemia del COVID-19.

Por medio de un comunicado, las autoridades federales advirtieron que el tratamiento de los datos personales de pacientes diagnosticados con el nuevo coronavirus debe ser informado y el titular “debe conocer en todo momento las finalidades para las cuáles serán recabadas y usados sus datos personales”.

Además, indicó que “previo a la obtención y/o utilización de los datos personales, el responsable deberá poner a disposición del titular el Aviso de Privacidad”, en el cual se debe precisar cómo, cuáles, con qué finalidad y con quién se compartirán los datos personales, y como ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO).

El INAI señaló que uno de los elementos fundamentales para ejercer la protección de los datos personales es que los particulares conozcan el Aviso de Privacidad, por lo cual consideró importante la exigencia de éste, ante las instituciones de salud del sector público y privado.

“Los hospitales, consultorios, farmacéuticas y clínicas están obligadas a contar con dicho documento para informar a los particulares cómo serán resguardados sus datos personales”, expresó el Instituto.

Esta disposición gira entorno a Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) que indica que toda persona física y moral tiene la obligación de informar a los ciudadanos que datos recaban de ellos y con que fines, mediante un documento que se debe poner a la disposición por medio impreso, digital, visual, sonoro o por medio de otra tecnología.

Por otro lado, este Aviso de Privacidad debe contener, al menos, “identidad y domicilio del responsable; finalidades del tratamiento de los datos; opciones y medios para que la persona limite el uso o divulgación de sus datos, los mecanismos para ejercer sus derechos ARCO, las transferencias que se efectúen; así como el procedimiento o medio para comunicar los cambios en dicho documento”.

Por último, señalaron que, ante cualquier duda, orientación o asesoría relacionada con los datos personales, y el ejercicio del derecho a la protección de los mismos, puede ser atendida mediante el TEL INAI (800 835 4324), en un horario de atención de lunes a jueves, de 9:00 a 18:00 horas, y los viernes, de 9:00 a 15:00 horas, o vía correo electrónico, a la dirección [email protected]

El INAI designa a Ana Laura Magaloni y José Roldán Xopa miembros de Comité que elegirá a consejeros del INE

miércoles, febrero 19th, 2020

Los dos elegidos tendrán la encomienda de elegir a los cuatro nuevos consejeros del INE que serán dados a conocer el próximo 3 de abril y el 4 de abril tomarán sus cargos en los lugares de Marco Antonio Baños, Enrique Andrade, Pamela San Martín y Benito Nacif para concluir en 3 de abril de 2029.

Ciudad de México, 19 de febrero (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) designó a Ana Laura Magaloni Kerpel y a José Roldán Xopa como integrantes del Comité Técnico que estará a a cargo de la elección de los nuevos consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE).

“El Pleno del INAI designó, por mayoría de votos, a la investigadora Ana Laura Magaloni y, mediante insaculación, al investigador José Roldán Xopa”, informó el INAI en un comunicado.

El INAI estableció un procedimiento y reglas para designar a dos de los ocho integrantes del Comité Técnico de Evaluación, entre los que se encontraban Ana Laura Magaloni Kerpel, Irma Méndez De Hoyos, Lourdes Morales Canales, Soledad Loaeza Tovar, José Roldán Xopa, José Gutiérrez Vilchis, Hugo Concha Cantú, Arturo Sánchez Gutiérrez.

Los dos elegidos tendrán la encomienda de elegir a los cuatro nuevos consejeros del INE que serán dados a conocer el próximo 3 de abril y el 4 de abril tomarán sus cargos en los lugares de Marco Antonio Baños, Enrique Andrade, Pamela San Martín y Benito Nacif para concluir en 3 de abril de 2029.

SCJN ordena transparentar información de fosas clandestinas en Colinas de Santa Fe, Veracruz

miércoles, septiembre 11th, 2019

En una sesión celebrada este martes, la Segunda Sala del Máximo Tribunal del país falló a favor de una ciudadana al concederle un amparo contra el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pues la dependencia aseguraba que la apertura de estos datos comprometía la seguridad pública.

Ciudad de México, 1 de septiembre (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que toda la información sobre las fosas clandestinas ubicadas en Colinas de Santa Fe, en Veracruz, deberá de ser entregada.

En una sesión celebrada este martes, la Segunda Sala del Máximo Tribunal del país falló a favor de una ciudadana al concederle un amparo contra el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pues la dependencia aseguraba que la apertura de estos datos comprometía la seguridad pública.

El Ministro de la Segunda Sala, Javier Laynez indicó que no es válido el argumento de la difusión de dicha información comprometa la seguridad pública y sea un obstáculo para la prevención o persecución de delitos.

“La autoridad responsable no demuestra en momento alguno por qué habría de negársele el carácter de violación grave de derechos humanos o delitos de lesa humanidad a los hechos relacionados con la información solicitada por la quejosa, es decir, a la existencia de fosas clandestinas”, explicó Layez.

Por su parte, el Colectivo Solecito (quienes han buscado restos humanos en ese predio desde 2016) indicaron que fueron encontradas 256 fosas clandestinas con 289 cráneos y casi 23 mil restos óseos.

El 17 de abril del año 2017, una ciudadana presentó una solicitud de acceso a la información dirigida a la Policía Federal pidiendo todos los expedientes, inventarios, bases de datos, fotografías y videos en los que se pudiera percatar de los zapatos, ropa, osamenta, credenciales y otros indicios recabados en dichas fosas ubicadas en Colinas de Santa Fe, Veracruz.

Ante la solicitud, un mes después, la Policía Federal se negó, argumentando que la difusión de la información podría indicar un riesgo de comprometer a la seguridad pública y obstruir el desarrollo de la investigación de los delitos, por lo que se interpuso un periodo de reserva a la información de cinco años.

El particular interpuso un recurso de revisión, mismo que el INAI concluyó que la apertura de la información representaba un riesgo real, pues podría entorpecer la prevención y persecución de delitos, así como la investigación correspondiente.

INAI: La Comisión Nacional de Búsqueda debe publicar los formularios hechos a familiares de desaparecidos

domingo, septiembre 8th, 2019

Durante su ponencia del caso ante el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Comisionado Joel Salas Suárez enfatizó que hacer del conocimiento público la información acerca de la búsqueda de personas permite iniciar procesos de investigación bien fundamentados, además de ser una herramienta de rendición de cuentas para las familias de las víctimas de desaparición.

Ciudad de México, 8 de septiembre (SinEmbargo).- La Comisión Nacional de Búsqueda de Personas de la Secretaría de Gobernación (Segob) deberá dar a conocer una versión pública de los formularios realizados a familiares de personas desaparecidas, a los cuales hace referencia en su Informe de Labores de los Primeros 100 días, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Dicho ordenamiento se da derivado de un recurso de revisión interpuesto por una particular ante el INAI luego de que la Comisión Nacional de Búsqueda no respondió en el tiempo establecido por la ley a una solicitud de información en la que le solicitaba diera a conocer dichos cuestionarios.

Según lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley Federal de Transparencia, las dependencias a las que les sea requerida información contarán con veinte días para responder a la solicitud, plazo que podría extenderse hasta diez días mas en caso de que existan razones fundadas.

Considerando lo anterior, debido a que la solicitud fue presentada el 29 de mayo de 2019, la Comisión Nacional de Búsqueda tenía como plazo hasta el 26 de junio del presente año para atender la petición de información, sin embargo, la dependencia no emitió respuesta alguna.

En consecuencia, el Pleno del INAI determinó ordenar a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas de la Secretaría de Gobernación dar cumplimiento a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y dar a conocer los formularios realizados a familiares de personas desaparecidas, a los que hace referencia en su Informe de Labores de los Primeros 100 días en el apartado “Certificación y Capacitación del Personal de la CNB”.

Durante su ponencia del caso, el Comisionado Joel Salas Suárez enfatizó que hacer del conocimiento público la información acerca de la búsqueda de personas permite iniciar procesos de investigación bien fundamentados, además de ser una herramienta de rendición de cuentas para las familias de las víctimas de desaparición.

“La información pública cobra importancia en dos vías: la primera, para iniciar procesos de investigación robustos y bien fundamentados, para constituir causas ante los poderes judiciales del país; y la segunda, para rendir cuentas de que los compromisos se cumplen con efectiva coordinación interinstitucional, intergubernamental y con las familias de las víctimas. Garantizar el acceso a la información pública sobre desapariciones y otras violaciones graves a derechos humanos es la manera de demostrar con evidencia la renovada voluntad del Estado Mexicano contra la impunidad”, recaló.

Finalmente, Salas Suárez aseguró que el Gobierno Federal dio un gran paso al admitir “la crisis humanitaria y de violación a los derechos humanos” que existe en México.

“Es un avance que se realice un diagnóstico nacional y un programa nacional para la búsqueda de personas desaparecidas. La información es indispensable para el acceso a la verdad, a la justicia y a la reparación del daño. Esto abre la oportunidad para terminar con el ciclo de la impunidad que padecen las familias de las víctimas y por supuesto la memoria de los desaparecidos”, resaltó.

Peña gastó millones de pesos del erario en empresas extranjeras para posicionarse en las redes

domingo, mayo 19th, 2019

#MetaDatos: IMM Internet Media México, AdsMarket Media y DGLNT, con sedes en España, Estados Unidos e Israel, fueron las trasnacionales favoritas de la Estrategia Digital Nacional (EDN) durante el sexenio pasado.

Entre las tres recibieron 30 millones 425 mil pesos por servicios de publicidad, según información obtenida vía transparencia. Una de ellas investigada en 2015 por el empleo de “empresas pantalla” y otra sancionada en México por mal uso de datos personales.

Ciudad de México, 19 de mayo (SinEmbargo).– El Gobierno del ex Presidente Enrique Peña Nieto gastó una suma millonaria en promocionar su imagen en las redes sociales. En el proceso, dio preferencia a tres empresas extranjeras que acumularon contratos en las principales secretarías y dependencias del Gobierno federal. Más tarde extendieron su alcance a municipios y organismos públicos descentralizados a pesar de que al menos una de ellas fue acreedora de una sanción ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

IMM Internet Media México, AdsMarket Media y DGLNT aprovecharon a su favor el nicho que abrió la Estrategia Digital Nacional (EDN) al impulsar el mercado de la publicidad gubernamental en redes sociales como en ningún otro sexenio, pero sobre todo, se beneficiaron de la preferencia que la federación les dio sobre otras agencias nacionales que difícilmente compitieron con las acreditaciones con las que contaban.

Entre los años 2012 y 2018, IMM Internet Media México, AdsMarket Media y DGLNT fueron contratadas por al menos 23 dependencias federales consultadas vía transparencia.

La suma de los contratos que recibieron estas tras trasnacionales es de 30 millones 425 mil pesos por difusión en Twitter y Facebook, sobre todo de las reformas estructurales. Los montos que el Gobierno federal pagó a estas empresas terminó en España, Estados Unidos e Israel.

De acuerdo con información obtenida vía transparencia tres compañías extranjeras acumularon contratos en Gobierno federal por servicios de publicidad en redes sociales. Gráfico: Elaboración propia con información obtenida vía el INAI.

MILLONES PARA CATALUÑA

En el 2016 los logros de la Reforma Educativa fueron difundidos en Facebook por la agencia DGLNT, S.A. de C.V., una compañía de capital español que a partir de la conformación del holding ISP Digital y su éxito en con el Gobierno de México, incrementó su mercado en Latinoamérica.

DGLNT es una de las agencias con más contratos concertados desde los escritorios de la EDN. Sus servicios se enfocaron en Facebook, en donde se encargó de segmentar y medir las interacciones que generaron las campañas solicitadas por Aurelio Nuño, entonces titular de la Secretaría de Educación (SEP), según respondió esta dependencia a través del folio 0001100008419.

DGLNT fue fundada en Boston, EU y de acuerdo con su registro de marca, aun mantiene su dirección en esta ciudad. Sin embargo, esta empresa es la parte final de un corporativo que ha sido señalado por no transparentar sus operaciones financieras y por utilizar empresas pantalla para llevar a cabo compraventas inmobiliarias y por concentrar su capital en La Haya, Holanda para reducir sus pagos tributarios.

En la última década DGLNT, S.A. ha cambiado tres veces su razón social: ADKMX, S.A. de C.V, Digilant y Rebold aparecen en diferentes contratos celebrados por esta empresa con instancias de gobierno.

DGLNT es una empresa de marketing propiedad de la familia Rodés, originaria de la región de Cataluña, en España y es la última pieza de un holding en el que la empresa ISP Digital controla a las compañías: Acceso Group, Antevenio, Anagram y Digilant, empresa que en 2018 se fusionó y cambió de nombre a Rebold, según indica la página web de la empresa.

La ramificación de este corporativo es característica de la estructura con la que la familia Rodés opera sus negocios. De acuerdo con una investigación de Eldiario.es, en diciembre del 2015, las autoridades españolas encontraron que este corporativo habría empleado “empresas pantalla” para concretar transacciones inmobiliarias en las que estaría implicado el empresario Oleguer Pujol.

Derivado de esta investigación Eldiario.es señala que la familia Rodés mantiene a La Haya, Holanda como sede de sus operaciones financieras, de las cuales es difícil seguir el rastro por la organización que mantienen las sociedades que crean.

Si se siguen las ramificaciones de este corporativo, el último paso conduce a su fundador, Leopoldo Rodés, fallecido en el año 2015, quien en sus últimos años fue miembro del consejo del Grupo Financiero Inbursa.

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IMM, MULTADA POR EL IFAI

IMM Internet Media México, es otra de las trasnacionales favoritas de la EDN, esta agencia pertenece al grupo IMS Latam, que a su vez es filial de Sony Pictures Television Network.

IMM, fundada en 2010 por Gastón Taratuta, tiene su sede en Estados Unidos y a esta agencia la EDN pagó 12 millones 909 mil pesos por sus servicios de difusión.

Mientras DGLNT difundió en Facebook los logros de la Reforma Educativa, IMM hizo lo mismo pero en Twitter. De acuerdo con información solicitada vía transparencia la trasnacional estadounidense llevó en su totalidad campañas en la plataforma de la red fundada por Jack Dorsey.

IMM fue multada en el 2014 con 4 millones 79 mil pesos por el mal uso de datos personales. De acuerdo con el expediente PS.0005/14, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IFAI), la empresa norteamericana no solo acumuló datos y los administró mal, también negó mantener estos datos en su base.

LA AGENCIA DE ISRAEL 

Facebook fue también el campo de trabajo de otra trasnacional: Adsmarket media, de nombre comercial Matomy según se indica en facturas por servicios que algunas dependencias gubernamentales contrataron, es una de las compañías de maketing digital con mayor presencia en Europa. No obstante, su capital es de Israel, según indica su registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI).

Esta agencia colaboró junto a DGLNT en la difusión de campañas en la red social de Mark Zuckerberg. Adsmarket difundió las reformas estructurales a través de contenido promocionado en esta plataforma.

Vía transparencia, se encontró que esta compañía recibió por lo menos un millón 957 mil pesos por sus servicios.

De acuerdo con la factura ADS 8121 emitida por la compañía Adsmarket Media, S.A. de C.V. su nombre comercial es Matomy Media Group, compañía que tiene su sede en Israel de acuerdo con el registro 1393898 del IMPI. Foto: Especial