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“No pueden matar impunemente”: Zaldívar propone penas más duras contra feminicidas

miércoles, julio 6th, 2022

Zaldívar destacó que no es una ley punitivista, sino que es una ley que busca prevenir, y una reparación integral, y establece también, esta ley, la obligación de emitir un Protocolo Nacional de Investigación de Feminicidios.

Ciudad de México, 6 de julio (SinEmbargo).– El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, presentó ante la Comisión Permanente del Congreso una iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio, la cual contemplan hasta 90 años de prisión contra quien cometa este delito.

Al presentar la agenda legislativa para la prevención de la violencia contra la mujer y el feminicidio en el Senado, Zaldívar dijo que su propuesta de Ley no se agota en el aspecto punitivo, sino que establece medidas de prevención, reglas especiales para la investigación y medidas de asistencia, protección y reparación integral.

“No pueden seguir matando impunemente a las niñas y mujeres mexicanas. Las autoridades no podemos seguir mirando hacia otro lado, tenemos un compromiso con la gente, sobretodo con las niñas y las mujeres de México. Ojalá todas y todos estemos a la altura de este momento histórico y podamos sumar esfuerzos para dar un estado donde nuestras niñas y mujeres puedan salir a la calle sin miedo”, dijo durante la presentación.

De acuerdo con el Ministro, esta iniciativa tomó como ejemplo la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Muerte Violenta de Mujeres y Niñas.

https://twitter.com/SCJN/status/1544721693503004675

“Esta Ley Modelo sirve de inspiración para este proyecto que estamos sometiendo a su consideración y queremos decir algo muy importante: esta ley no se agota en el aspecto punitivo, sino que establece, primero, medidas de prevención; segundo, reglas especiales para la investigación, así como medidas de asistencia, protección y reparación integral”, indicó.

Zaldívar destacó que no es una ley punitivista, sino que es una ley que busca prevenir, y una reparación integral, y establece también, esta ley, la obligación de emitir un Protocolo Nacional de Investigación de Feminicidios.

“La idea de este proyecto es reformar el Artículo 73, fracción XXI, inciso A, para agregar, a los delitos a que se refiere este artículo, aquellos delitos como secuestro, trata de personas, en los cuales, si bien son materia local, la Ley General establece el tipo y las sanciones que la Ley General establezca el tipo de feminicidio y las sanciones correspondientes. Obviamente, la investigación y los procesos serán a nivel local”, detalló el Ministro.

Cruces rosas en honor a mujeres víctimas de feminicidios fueron colocadas en las vallas de Palacio Nacional.

En México se matan al menos 11 mujeres al día. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

El Ministro mencionó que hizo llegar al Presidente este mismo proyecto para que también en la sede del Poder Ejecutivo se pueda valorar y ponderar si hacen suya esta iniciativa. DE la misma manera está disponible en la página de internet de la Suprema Corte para que toda la ciudadanía pueda conocerlo.

La propuesta también establece la obligación de emitir un protocolo nacional de investigación de feminicidios.

“En un asunto de tal gravedad que llena de dolor y sufrimiento a miles de familias mexicanas todos los poderes del Estado debemos de estar del mismo lado, aquí no debe haber intereses partidistas, no debe haber intereses personales, no debe haber ninguna otra razón sino simplemente avanzar en revertir este mal que no podemos seguir tolerando”, señaló.

La propuesta también establece la obligación de emitir un protocolo nacional de investigación de feminicidios. Foto: Cuartoscuro.

Los asesinatos de mujeres en México registraron en mayo récord histórico de 272 víctimas, un promedio de 8.7 muertes diarias, de acuerdo con el informe sobre violencia contra las mujeres publicado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Con las 272 muertes de mujeres, mayo superó a agosto de 2021, que tenía el récord de víctimas con 271.

Los estados con más víctimas mujeres de homicidio doloso, la mayoría de 18 años o más, son Guanajuato (115;), Michoacán (121), Baja California (109), Estado de México (89) y Chihuahua (74).

El próximo presidente de la SCJN “debe parecerse a Zaldívar”, de primera, dice AMLO

jueves, junio 30th, 2022

Arturo Zaldívar anunció desde el año pasado que no extendería su periodo como Ministro presidente del máximo tribunal del país, el cual culmina el próximo 31 de diciembre.

Ciudad de México, 30 de junio (SinEmbargo).- El Presidente Andrés Manuel López Obrador exhortó su deseo a que el próximo titular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haga un trabajo similar al realizado hasta el momento por Arturo Zaldívar Lelo de Larrea​.

“[El próximo presidente de la SCJN] debe parecerse al Ministro [Arturo] Zaldívar, [quien] ha hecho una buena labor a pesar de que, con todo respeto, ese Poder [Judicial] estaba y sigue estando muy echado a perder, desde jueces, magistrados, ministros”, dijo.

“Así como hay jueces rectos, con integridad, valor, que a pesar de las amenazas aplican la Ley, así hay otros que todo es dinero, que protegen a delincuentes, tanto a delincuentes comunes y corrientes como a delincuentes de cuello blanco. Eso pasa también con magistrados, y sucedió hasta con un Ministro que tuvo que renunciar [Eduardo Medina Mora]”, añadió.

López Obrador reconoció que Zaldívar es “de primera, es una gente íntegra, además, se conoce cuando una gente es honesta”.

Arturo Zaldívar dijo en agosto de 2021 que no ampliaría su mandato hasta el 2024, y aseguró que terminará su mandato el próximo 31 de diciembre de 2022.

“No estoy aquí por cargos, puestos ni privilegios, sino por convicciones y principios, así lo ha demostrado toda mi carrera. Ahí están mis votos, mis proyectos, mis debates. Siempre a favor de todas las personas, sobre todo los más vulnerables y he demostrado estar en contra del nepotismo y la corrupción”, explicó.

El Ministro Arturo Zaldívar anunció que no extendería su plazo como titular de la SCJN. Foto: Moisés Pablo, Cuartoscuro.

“De tal suerte que quiero informar que concluiré mi mandato como presidente el 31 de diciembre de 2022, cuando culmina el proyecto para el que me eligieron mis compañeros”, sostuvo.

Morena busca votos para llevar a la Corte Ley que privatiza agua en Querétaro

jueves, junio 16th, 2022

Andrea Tovar, Diputada de Morena en Querétaro, detalló que hasta el momento cuenta con cinco firmas seguras, las de sus compañeros de bancada para llevar la Ley de Aguas del Estado a la Suprema Corte. Ahora, dijo, la tarea será lograr que Polo Hospital, Chela Juárez y Juan Guevara del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Ricardo Astudillo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) firmen el documento antes del lunes 20 de junio, fecha en que vence el plazo para presentar el recurso de inconstitucionalidad.

Ciudad de México, 16 de junio (SinEmbargo).- La bancada local de Morena busca conseguir al menos tres votos de la oposición en el Congreso de Querétaro para poder llevar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Aguas que abre las puertas a la privatización de este derecho humano en el estado.

“Ya está hecha la acción de inconstitucionalidad sin embargo, la Constitución nos pide que sea el 33 por ciento de los diputados para poder presentarla, entonces necesito tres firmas, porque somos cinco de Morena. La opinión en Queretaro, desafortunadamente sólo somos nueve diputados, entonces hay cuatro diputados que nos pueden ayuda a presentar esta acción de inconstitucionalidad”, dijo la legisladora en entrevista con Álvaro Delgado y Alejandro Páez en el programa Los Periodistas que se transmite por YouTube a través del canal de SinEmbargo Al Aire.

La Diputada local de Morena detalló que hasta el momento cuenta con cinco firmas seguras, las de sus compañeros de bancada. Ahora, dijo, la tarea será lograr que Polo Hospital, Chela Juárez y Juan Guevara del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Ricardo Astudillo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) firmen el documento antes del lunes 20 de junio, fecha en que vence el plazo para presentar la querella ante la SCJN.

Insignias contra privatización del agua en Querétaro. Foto: Facebook Bajo Tierra.

En mayo pasado, el Congreso de Querétaro aprobó en fast-track una Ley de Aguas que abre las puertas a la privatización de este derecho humano, como ya sucede total y parcialmente en Puebla, Quintana Roo, Veracruz, Coahuila y Aguascalientes, donde los ciudadanos han padecido de cobros arbitrarios, cortes por falta de pago y tandeos en manos de empresas sancionadas internacionalmente como Odebrecht o Acciona, y las francesas Suez y Veolia, han documentado académicos y colectivos.

El 19 de mayo los legisladores queretanos votaron a favor, sin parlamento abierto y en 48 horas, la “Ley que regula la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento”, la cual regula las concesiones del servicio público hídrico (una competencia federal de la Comisión Nacional del Agua) y no incluye una gestión sustentable de la cuenca ante el cambio climático.

“La iniciativa aprobada fortalece la concesión del servicio público del agua a entes privados, en contrasentido de las necesidades de la realidad hídrica del estado”, observaron organizaciones como Agua para Todxs, Freshwater Action Network y Bajo Tierra Museo del Agua. “Querétaro necesita una Ley de Aguas, pero no es esta”.

Los artículos 6, 32 y 127 de esta Ley abordan que la Comisión Estatal de Aguas está facultada para otorgar concesiones para la prestación, total o parcial, de los servicios hídricos, pero ningún artículo define quiénes son o cómo se componen los concesionarios ni si será una concesión total (como sucede en Puebla y municipios de Quintana Roo) o parcial (como en Saltillo).

Manifestación de queretanos contra la Ley de Aguas recién aprobada. Foto: Facebook Bajo Tierra.

La Diputada Andrea Tovar indicó que la Ley, impulsada y aprobada por legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) no especifica de manera clara la manera en que se desarrollará y cómo el gobierno otorgará las concesiones a las empresas privadas.

“En primer lugar, los diputados del PAN consideran que no es privatizadora. También en tribuna, ninguno de mis compañeros diputados pudo responderme quién va a garantizar el derecho al acceso al agua y además esta iniciativa se escondió en otra que prohíbe los macromedidores”.

Ante las protestas de activistas y comunidades indígenas en Querétaro por la aprobación de la Ley, las cuales terminaron en agresiones y detenciones de policías contra los manifestantes, la Diputada de Morena indicó que el gobierno estatal está empeñado en desacreditar el movimiento

“Hemos tenido contacto con ambientalistas y con personas que se están manifestando en contra de esta Ley, desafortunadamente con el partido a nivel nacional no hemos tenido contacto porque aquí en Querétaro lo que ha sucedido es que politizan las manifestaciones de la sociedad civil, entonces si ven a alguien de Morena, es un tema de Morena y que nosotros queremos desestabilizar al Gobierno”.

El pasado 10 de junio, una manifestación pacífica de activistas y comunidades indígenas de Querétaro en contra de la polémica aprobación de la Ley de Aguas terminó en agresiones y detenciones de policías contra los manifestantes.

Los manifestantes acusaron a la administración del Gobernador Mauricio Kuri González de detener a tres ciudadanos, uno de ellos miembro de la comunidad otomí de la Ciudad de México, y enviar granaderos a la protesta que se realizó la Avenida 5 de Febrero, una de las vialidades principales de la capital queretana.

A través de videos difundidos en redes por periodistas y manifestantes se observa cómo los policías se acercan a los manifestantes y en un intento para retirarlos de la avenida detienen a algunos para subirlos por la fuerza a una camioneta.

En la manifestación había indígenas, mujeres y estudiantes que fueron convocados a la protesta pacífica.

Primera Sala de la SCJN pospone nuevamente controversias contra García Cabeza de Vaca

miércoles, junio 8th, 2022

La primera controversia constitucional fue presentada contra la resolución de la Cámara de Diputados, que el 30 de abril de 2021, erigida en Jurado de Procedencia, ordenó retirar el fuero al Gobernador.

Ciudad de México, 8 de junio (SinEmbargo).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó este miércoles el análisis de las controversias constitucionales sobre el desafuero y la orden de aprehensión del Gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca.

Esta no sería la primera vez que la SCJN pospone la discusión de las controversias constitucionales promovidas sobre el desafuero del Gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, debido a que el 1 de junio también hubo un retraso.

La primera controversia constitucional fue presentada contra la resolución de la Cámara de Diputados, que el 30 de abril de 2021, erigida en Jurado de Procedencia, ordenó retirar el fuero al Gobernador. La segunda también fue presentada por el Congreso local contra la posibilidad que tendría la FGR de detener al Gobernador por los delitos diversos que motivaron el juicio de procedencia.

La Primera Sala de la Corte admitió a trámite las controversias del Congreso de Tamaulipas desde julio de 2021. El resultado ayudaría a resolver si son o no inatacables las decisiones que la Cámara de Diputados tome sobre declaratorias de procedencia.

El Gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca. Foto: Cuartoscuro.

CABEZA DE VACA SIGUE EN MÉXICO

El Gobernador Cabeza de Vaca, publicó dos videos desde Ciudad Madero, esto en medio de rumores que se difundieron en redes sociales y apuntaban a que el mandatario salió del país previo a la discusión que tenía prevista para la SCJN.

Los videos, aunque pueden constituir un delito electoral por promocionar obra a unos días de las elecciones, intentaron reducir los rumores de que dejaría el país para no enfrentar su posible arresto: la Fiscalía General de la República podría ir por él, posteriormente, si es que la Suprema Corte decide que ya no existe ningún impedimento.

Cabeza de Vaca mencionó en uno de los videos que fue invitado por la Secretaría de Marina; en el mismo se le ve junto al Alcalde de Ciudad Madero, Adriano Oseguera, en un evento por los festejos del 80 aniversario de la Marina.

Usuarios de redes sociales, entre ellos la reportera Martha Olivia López, informaron sobre un rumor que apuntaba a que el mandatario dejó el país el 31 de mayo.

“Sr @fgcabezadevaca trascendió que usted habría ingresado a las 21:15 horas a Estados Unidos procedente de #CdVictoria en un intento de escapar de la justicia mexicana ante un fallo en su contra, mañana, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ¿Es cierto?”, cuestionó en redes la reportera. Como ella, otros comunicadores plantearon esa interrogante.

La Primera Sala de la SCJN había agendado para la resolución de dos impugnaciones con las que el Congreso de Tamaulipas intentó evitar el desafuero del Gobernador y, con ello, impedir que la Fiscalía General de la República (FGR)lo detuviera por las investigaciones que mantiene en su contra por delincuencia organizada y lavado de dinero.

Iglesia llama “miope” a la SCJN por avalar aborto para menores víctimas de violación

domingo, mayo 29th, 2022

La iglesia expuso que la Ley General de Salud, en donde señala que los menores de edad no pueden estar solos, no fue tomada en cuenta por la mayoría de los ministros.

Ciudad de México, 29 de mayo (SinEmbargo).- La iglesia mexicana consideró este domingo como “un retroceso” que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló una Norma Oficial Mexicana (NOM) que obliga a los hospitales públicos a practicar abortos en casos de violación, incluso a niñas entre 12 y 17 años, sin que se necesite el permiso de sus padres o una denuncia penal ante el Ministerio Público.

“Dicen que la justicia es ciega, pero en este caso parece más bien miope, pues con una mirada desenfocada -que no alcanza a ver toda la problemática que implica dar mensajes erróneos a una población que sufre por la violencia-, la Corte cree que garantizar el aborto a una víctima es lo máximo que se espera para tener una vida digna y libre de violencia”,expuso la Iglesia en uno de sus editoriales en la publicación “Desde la Fe”.

Además, expuso que dicha decisión “fomenta la impunidad y revictimiza a la mujer violentada, pues facilita el aborto sin necesidad de que la persona que lo solicita presente denuncia alguna contra su agresor sexual; es decir, el mismo agresor podría ser incluso quien lleve a la mujer a abortar”.

Marcha Nacional a Favor de la Vida rumbo al Ángel de la Independencia. Foto: Imagen ilustrativa, Moisés Pablo, Cuartoscuro.

Agregó que la Ley General de Salud, en donde señala que los menores de edad no pueden estar solos, no fue tomada en cuenta por la mayoría de los ministros.

El pasado 24 de mayo, se llevó a cabo la votación en el pleno, donde 10 ministros contra uno determinaron que las controversias constitucionales interpuestas por Aguascalientes y Baja California sobre la NOM son infundadas, pues los criterios de prevención y atención que prevé dicha normatividad fue reformada en 2016 por la Secretaría de Salud (Ssa) para ajustarla a lineamientos de la Ley General de Víctimas (LGV) de 2013.

La NOM prevé que el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no necesitará verificar el dicho de la solicitante con respecto a la violación, pues la LGV ordena proveer estos servicios, así como de anticoncepción de emergencia, a toda víctima de abuso sexual, independientemente de su edad, y únicamente contempla el consentimiento de los padres si la niña o persona gestante tiene menos de 12 años.

FALLOS DE LA SCJN SOBRE EL ABORTO

En septiembre del año pasado, la Suprema Corte sentó otro precedente para el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en México.

En ese momento, el máximo órgano judicial declaró inconstitucional el artículo 196 del estado de Coahuila que criminaliza el aborto en cualquier etapa del embarazo, lo que sienta una jurisprudencia y obliga a los jueces del país a fallar a favor de las mujeres.

El acceso al aborto seguro es un indicador más de desigualdad, discriminación, misoginia y racismo. Foto: Fernando Vergara, AP

“A la luz de la Constitución, que no prohibe el aborto, ¿puede el Estado castigarlo?”, cuestionó la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat al compartir el proyecto del Ministro Luis María Aguilar. “En 2008 hubo una sentencia en favor de la mujer y en 2012 la Corte Interamericana resolvió que no es procedente otorgar el estatus de persona al embrión”.

La Ministra señaló que un Tribunal no puede sustentar sus decisiones en creencias personales porque no constituyen principios universales. “Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman la decisión de abortar. Nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar. Los abortos clandestinos son una realidad, se calcula que en México se realizan hasta un millón de abortos al año y de éstos una tercera parte se complica”.

Además del estigma de abortar, añadió, enfrentar una sanción penal es demasiado para una mujer, por esta razón, dijo, “me inclinó a no penalizar la interrupción voluntaria del embarazo”.

Al momento, el aborto sólo ha sido despenalizado en ocho de los 32 estados del país: Guerrero, Ciudad de México, Hidalgo, Veracruz, Oaxaca, Baja California, Sinaloa y Colima.

Médicos privados debe ser vacunados en mismas condiciones que los públicos, dice SCJN

jueves, mayo 26th, 2022

La SCJN señaló que las autoridades encargadas de aplicar la vacuna contra la COVID-19 deben suministrar las dosis correspondientes a médicos del sector privado, ya que, en términos de la Ley General de Salud, todos forman parte del Sistema Nacional de Salud.

Ciudad de México, 26 de mayo (SinEmbargo).- La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el personal médico del sector privado debe ser vacunado contra la COVID-19 “en las mismas condiciones y tiempo” que el sector público.

A través de un comunicado, la SCJN explicó que las autoridades encargadas de aplicar la vacuna deben suministrar las dosis correspondientes a médicos del sector privado, ya que, en términos de la Ley General de Salud, todos forman parte del Sistema Nacional de Salud.

Esto debido a que las vacunas contra la COVID-19 que comenzaron a circular en México desde diciembre de 2020 fueron destinadas para el personal médico de primera línea y a las personas mayores de 60 años.

En esta imagen del 2021, personal médico acudió al Palacio de Gobierno para exigir que sean tomados en cuenta primero y se les aplique la vacuna contra la COVID-19. Foto: Gabriela Pérez, Cuartoscuro.

Sin embargo, algunos doctores y trabajadores de clínicas y consultorios particulares no pudieron tener acceso a ella, lo cual generó preocupación en el gremio, pues personal de salud que trabajan en hospitales, y que no estaban considerados COVID-19, a diario atendían a pacientes con sospecha de portar la enfermedad.

“Cuando médicos del sector privado que se encuentran dentro de la primera línea de contacto con pacientes infectados del virus o médicos cirujanos que prestan de manera cotidiana la atención médica a dichos pacientes, reclaman la omisión de las autoridades responsables de vacunarlos contra el virus SARS-CoV-2, la suspensión del acto reclamado debe ser abordada de oficio y de plano, y debe ser concedida la medida cautelar”, señaló la sala.

En el caso, un par de tribunales colegiados de circuito llegaron a conclusiones discrepantes al analizar si la suspensión debe ser abordada de oficio o a petición de parte y si se debe conceder la medida cautelar en los casos en que se reclama la omisión de las autoridades de vacunar contra la COVID a médicos del sector privado.

Ante ello, la sala determinó que, sin importar si los médicos pertenecen al sector público o privado, debe priorizarse la vacunación, ya que la omisión de vacunar a médicos del sector privado constituye un acto violatorio de la dignidad humana por ser discriminatorio respecto de sus pares que laboran en el sector público.

Al no estar vacunados, destacó, los médicos prestan sus servicios sin la protección inmunológica necesaria para disminuir las posibilidades de contagio o evitar desarrollar formas graves de la enfermedad.

“La omisión de vacunar contra el virus SARS-CoV-2 a médicos del sector privado en las mismas condiciones y tiempos que las establecidas para sus iguales del sector público se ubica en el supuesto del artículo 126 de la Ley de Amparo, porque conlleva peligro de contagio y, en consecuencia, de pérdida de la vida por la prolongada exposición directa a altas cargas virales”, añadió.

[pdf-embedder url=”https://www.sinembargo.mx/wp-content/uploads/2022/05/COMUNICADO_PERSONAL_MEDICO_DEL_SECTOR_PRIVADO_DEBE_SER_VACUNADO.pdf” title=”COMUNICADO_PERSONAL_MÉDICO_DEL_SECTOR_PRIVADO_DEBE_SER_VACUNADO”]

Lo anterior, dijo, “no sólo afecta el ámbito personal de los médicos al estar conscientes de las consecuencias de no contar con dicha protección inmunológica, sino que también trasciende al interés general de la sociedad por ser indispensables para hacer frente a la pandemia y, por ende, para que el Estado esté en posibilidad de garantizar el derecho a la salud y la vida de la población.

En 2021, cifras de la Unión Interdisciplinaria de Farmacias, Clínicas y Consultorios (Unifacc) de México revelaron que a principios de ese año, al menos 136 médicos y 28 trabajadores de farmacias agremiados al organismo fallecieron por causa del coronavirus.

A principios de la vacunación en el país, el personal de salud del sector privado, que también ha estado en riesgo al seguir dando consultas durante la pandemia en México, dijo sentirse excluido, ignorado y relegado de la prioridad gubernamental. Ante ello, médicos y enfermeras realizaron diferentes manifestaciones en la Ciudad de México y otras entidades desde que en algunas partes se les había pedido esperar para ser inmunizados.

–Con información de Daniela Barragán.

La SCJN avala constitucionalidad de los “superdelegados” creados por Gobierno de AMLO

lunes, mayo 23rd, 2022

Los superdelegados no iban a ser declarados inconstitucionales, ya que se necesitan al menos ocho votos para tumbarlos, pero la votación en favor de la Ministra Loretta Ortiz permitió al pleno tener la mayoría de 6-5 necesaria para declararlos constitucionales.

Ciudad de México, 23 de mayo (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes la constitucionalidad de los “superdelegados“, figura creada en la administración de Andrés Manuel López Obrador, luego de finalizar la votación pendiente desde la semana pasada.

En la sesión del pleno de hoy se contó el último voto que faltaba por expresarse: el de la Ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien votó en contra del proyecto y a favor de desechar la impugnación presentada por legisladores opositores, al argumentar que la figura del superdelegado no es contraria a la Constitución del país.

El martes pasado, la sesión del pleno donde comenzó el estudio de esta impugnación había sido pospuesto, ya que los 10 ministros presentes dieron un empate a cinco votos sobre el proyecto que declaraba como inválidas a las llamadas Delegaciones de Programas para el Desarrollo, adscritas a la Secretaría de Bienestar. Con la votación de Ortiz Ahlf, se rompió el empate, que finalizó 6-5.

Los superdelegados no iban a ser declarados inconstitucionales, ya que se necesitan al menos ocho votos, pero la votación en favor de la constitucionalidad permitió al pleno tener una mayoría mínima, aunque mayoría al fin, para declararlos constitucionales.

El proyecto del Ministro Luis María Aguilar, desechado por 6-5 votos, proponía que los artículos 17 Ter y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal (APF), que fueron reformados en noviembre de 2018, violan el principio de legalidad al no delimitar las atribuciones de los superdelegados claramente.

La figura, que existe desde el primer día del sexenio de López Obrador, fue impugnada por senadores de oposición, quienes argumentan que “se salta” a la figura del Gobernador electo para imponer una figura cercana a la Presidencia y que violaba el principio de federalismo, algo que la Corte rechazó este lunes con su apretada votación.

SCJN financia serie documental sobre feminicidios para concientizar problemática

jueves, mayo 19th, 2022

La producción Caníbal. Indignación total tratará sobre el caso de Andrés Mendoza Celis, conocido como “El Caníbal de Atizapán”; constará de cinco capítulos y será transmitido por Justicia TV, el Canal de las Estrellas y otros medios públicos.

Ciudad de México, 18 may (EFE).- El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) de México, Arturo Zaldívar, anunció este miércoles el estreno de una serie documental, financiada por la institución, que aborda el delito del feminicidio en el país.

La serie, llamada Caníbal. Indignación total, tiene como guía el caso de Andrés Mendoza Celis, conocido como “El Caníbal de Atizapán”, feminicida serial al que se le acusa del asesinato de al menos 19 mujeres.

“Esta serie tiene como objetivo mover conciencias, evidenciar que no podemos seguir investigando los casos de las mujeres muertas y desaparecidas con una enorme frivolidad e ineficiencia, que no podemos seguir revictimizando a las familias, que no podemos seguir pensando que simplemente son estadísticas”, dijo Zaldívar en una conferencia de prensa.

La serie, que se estrenará el próximo 27 de junio, está integrada por cinco capítulos y se transmitirá por los canales de televisión Justicia TV, el Canal de Las Estrellas y otros medios públicos.

El magistrado agregó que la producción se hizo con “seriedad y cuidado” y dijo además que “no busca generar morbo, sino provocar reflexión, y no busca señalar culpables, sino apuntar a soluciones”.

En México, en promedio, más de 10 mujeres son asesinadas cada día y en 2021 sumaron más de mil feminicidios, según cifras oficiales.

Andrés “N”, el feminicida serial, de 72 años de edad, cumple actualmente una sentencia. Foto: Fiscalía Edomex

OTRAS MEDIDAS A FAVOR DE LAS MUJERES PRESAS

Zaldívar también anunció medidas para responder a la grave situación que enfrentan las mujeres en reclusión, luego de su visita al penal femenino de Santa Martha Acatitla, el pasado 11 de mayo.

Entre ellas, dijo, están “una defensa efectiva, inmediata, de calidad para 200 internas” de Santa Martha Acatitla, a cargo del Instituto de la Defensoría Pública Federal (IDPF).

Además de la revisión de la prisión preventiva en los casos donde la persona acumule más de dos años recluida.

Otra medidas serán la defensa de mujeres y hombres indígenas que están en prisión y recordó que actualmente se tiene un programa piloto en los estados de Oaxaca y de Chiapas “para determinar cuál es la situación de las personas indígenas en procesos locales”.

El presidente de la SCJN aseguró que la mayoría de estas medidas tienen una dimensión nacional que buscan hacer una diferencia en la vida de la gente.

“Espero que estas medidas sean la punta de lanza para que nos tomemos en serio una reflexión a nivel legislativo y a nivel de la sociedad sobre un cambio de paradigma en relación con la prisión preventiva oficiosa y justificada”, finalizó.

“No tenemos nada qué ocultar”: AMLO sobre resolución de la SCJN por compra de vacunas

miércoles, mayo 18th, 2022

Durante su intervención, López Obrador se comprometió a transparentar toda la información referente a los contratos de la compra de vacunas contra la COVID-19.

Por Antonio Magallán

Saltillo, Coahuila, 18 de mayo (Vanguardia).- El Presidente Andrés Manuel López Obrador informó que respeta la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre reservar los contratos de la compra de vacunas contra la COVID-19, sin embargo, el Gobierno de México no se negará a informar sobre estos datos, porque “no tiene nada qué ocultar”.

“Aunque sea legal y nos pidan a nosotros información no la vamos a negar. Todo, no tenemos nada qué ocultar”, indicó AMLO en su conferencia mañanera desde Palacio Nacional.

López Obrador destacó que aunque la Corte haya resuelto reservar la información, su Gobierno entregará toda la información, pues aún así la debe entregar a la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

“Aunque legalmente la Corte haya resuelto, nosotros no tenemos problema en dar a conocer la información, son vacunas que se compraron con farmacéuticas y se entrega todo. Además lo tenemos que hacer en nuestro informe a la Auditoría de la Federación, entonces sin problema”, expresó AMLO.

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INAI respetará fallo de la SCJN que sella contratos de vacunas anticovid hasta 2025

lunes, mayo 16th, 2022

Más temprano de este lunes, la SCJN resolvió en el pleno mantener reservada la información sobre la compra de vacunas contra la COVID-19 hasta diciembre de 2025.

Ciudad de México, 16 de mayo (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) respondió a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de este lunes de mantener reservada la información sobre la compra de vacunas contra la COVID-19, a lo que dijo “respetará” las sentencias.

“El INAI respetará las sentencias de la SCJN emitidas en los recursos de revisión en materia de seguridad nacional interpuestos respecto de las resoluciones de los expedientes RRA 1899/21 y RRA 2391/21 en contra de la Secretaría de Salud (SSa), relacionadas con la entrega de documentos para la adquisición de vacunas”, emitió el comunicado del INAI.

En la primera resolución, el Pleno del INAI determinó por unanimidad “revocar la reserva de la información invocada por la SSa” y le ordenó “entregar versiones públicas de los contratos para la adquisición de vacunas contra COVID 19, celebrados con las farmacéuticas Pfizer, AstraZeneca, CanSino, Sputnik, Serum y Sinovac”.

El INAI detalló que en la segunda resolución, pidió a la SSa “confirmar, a través de su Comité de Transparencia, la clasificación de los comprobantes de pagos para la adquisición de vacunas contra COVID-19 como información reservada y confidencial”.

Más temprano de este lunes, la SCJN resolvió en el pleno mantener reservada la información sobre la compra de vacunas contra la COVID-19, argumentando que afectaría a la seguridad nacional, como aseguró el Gobierno federal.

Con una mayoría de ocho votos, los ministros tumbaron la decisión del INAI de transparentar la información.

Ya en diciembre de 2020, cuando el Gobierno federal comenzó con el proceso de la compra de vacunas anticovid, la Secretaría de Salud (SSa) reservó la información por cinco años, pero el INAI había reducido el plazo a dos años. Con la decisión de hoy, el máximo Tribunal del país extenderá de nuevo a cinco años el plazo de reserva, que es el máximo que permite la ley.

Es decir, la información dejará de estar reservada en diciembre de 2025. Sin embargo, la Corte aclaró que su decisión no implica que se puedan generar versiones públicas con la información de los contratos que sí se pueda divulgar.

En mayo de 2021, el Gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador presentó una plataforma digital que permite consultar parte de los contratos de adquisición de las vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Pfizer, AstraZeneca, CanSino y Sinovac.

El Gobierno mexicano contrató Pfizer, AstraZeneca, CanSino y Sinovac para vacunar a la población. Foto: Matthias Schrader, AP

La plataforma, publicada en la página web de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, da un seguimiento actualizado de las vacunas contra la COVID-19 que ha recibido el país. También expone las versiones públicas de los contratos de compra de las vacunas de Pfizer, AstraZeneca, CanSino y Sinovac, así como de la plataforma Covax de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La SCJN reserva 5 años la información sobre compra de vacunas por seguridad nacional

lunes, mayo 16th, 2022

La información dejará de estar reservada en diciembre de 2025, a pesar de que el INAI había resuelto que la reserva culminaría a finales de este año. Se trata de los contratos con Pfizer, AstraZeneca, Sputnik y CanSino.

Ciudad de México, 16 de mayo (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en el pleno este lunes mantener reservada la información sobre la compra de vacunas contra la COVID-19, argumentando que afectaría a la seguridad nacional, como aseguró el Gobierno federal.

Con una mayoría de ocho votos, los ministros tumbaron la decisión del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) de transparentar la información.

Ya en diciembre de 2020, cuando el Gobierno federal comenzó con el proceso de la compra de vacunas anticovid, la Secretaría de Salud (SSa) reservó la información por cinco años, pero el INAI había reducido el plazo a dos años. Con la decisión de hoy, el máximo Tribunal del país extenderá de nuevo a cinco años el plazo de reserva, que es el máximo que permite la ley.

Es decir, la información dejará de estar reservada en diciembre de 2025.

Los contratos reservados son los de Pfizer, AstraZeneca, Sputnik y Cansino. Sin embargo, la Corte aclaró que su decisión no implica que se puedan generar versiones públicas con la información de los contratos que sí se pueda divulgar.

La SCJN argumentó además que, debido a que la compra de las vacunas incluyó también un desbalance a nivel mundial debido a que países ricos acapararon mayores dosis, y la dificultad para negociar este tipo de acuerdos con las compañías es un contexto suficiente para justificar el argumento de la seguridad nacional.

En el segundo caso analizado, la SCJN determinó que los comprobantes de pago respectivos a las vacunas anticovid deben ser clasificados como información reservada por un periodo de cinco años, pues su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional por la misma razón precisada en el caso anterior.

En mayo de 2021, el Gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador presentó una plataforma digital que permite consultar parte de los contratos de adquisición de las vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Pfizer, AstraZeneca, CanSino y Sinovac.

El Gobierno mexicano ha aplicado más de 205 millones de dosis anticovid. Foto: Cuartoscuro

“Si ustedes revisan, son poquísimos los países que han publicado algo así. Debemos sentirnos francamente satisfechos de poder presentar a la opinión pública esta información”, expresó el Canciller Marcelo Ebrard, encargado de comprar vacunas en el exterior, durante el evento de presentación.

No obstante, los contratos aparecen parcialmente censurados en algunas partes, como los precios de adquisición o el cronograma de llegada de dosis.

La plataforma, publicada en la página web de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, da un seguimiento actualizado de las vacunas contra la COVID-19 que ha recibido el país. También expone las versiones públicas de los contratos de compra de las vacunas de Pfizer, AstraZeneca, CanSino y Sinovac, así como de la plataforma Covax de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La resolución de este lunes de la Corte es la segunda en apenas unos días que tumba una decisión del INAI. La semana pasada, la SCJN decidió invalidar la resolución RRA 9481/19, emitida en contra de la Fiscalía General de la República. “El fallo mina el derecho de acceso a la información y sienta un mal precedente para la inatacabilidad de las resoluciones de este organismo garante”, escribió el INAI desde su cuenta de Twitter en aquel momento.

Comisionados del INAI.

La SCJN ha resuelto y varios expedientes en contra de decisiones del INAI. Foto: INAI/Cuartoscuro

El INAI lamento la decisión, que protege los nombres y cargos del personal de la Fiscalía General de la República (FGR).

Asimismo, el comisionado Francisco J. Acuña empleó la misma red social para unirse a la preocupación del Instituto ante la resolución de la máxima autoridad judicial del país. ” Si impera el peligrosismo para proteger información pública se derrotará el derecho a saber”, expresó.

Hasta la semana pasada y desde el 24 de diciembre de 2020, han sido suministrados 205 millones 629 mil 496 biológicos contra COVID-19 a 85 millones 923 mil 271 personas, informó la Secretaría de Salud en su último informe semanal.

El Informe Técnico, reporta que se han aplicado 52 millones 940 mil 036 dosis de refuerzo a personas mayores de 18 años, lo que representa 66 por ciento de avance en la cobertura.

Al INAI le preocupa la resolución de la SCJN sobre protección de personal de la FGR

viernes, mayo 13th, 2022

El Instituto de Transparencia señaló que el fallo de la Suprema Corte de Justicia “mina el derecho de acceso a la información y sienta un mal precedente para la inatacabilidad de las resoluciones de este organismo garante”.

Ciudad de México, 13 de mayo (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) lamentó la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para proteger los nombres y cargos del personal de la Fiscalía General de la República (FGR).

“Preocupa al INAI la determinación de la SCJN de invalidar la resolución RRA 9481/19, emitida en contra de la FGR; el fallo mina el derecho de acceso a la información y sienta un mal precedente para la inatacabilidad de las resoluciones de este organismo garante”, escribió el INAI desde su cuenta de Twitter.

Asimismo, el comisionado Francisco J. Acuña empleó la misma red social para unirse a la preocupación del Instituto ante la resolución de la máxima autoridad judicial del país. ” Si impera el peligrosismo para proteger información pública se derrotará el derecho a saber”, expresó.

Durante la sesión de este jueves, la SCJN ordenó reservar los nombres de todo el personal administrativo, así como aquellos en ministerios públicos, peritos y policías federales ministeriales de cuatro subprocuradurías de la FGR.

La sentencia se da después de que un ciudadano solicitara, por medio del INAI, los nombres y cargos del personal sustantivo y administrativo de las subprocuradurías especializadas en Control Regional, Derechos Humanos; en investigación de Delitos Federales y Delincuencia Organizada.

En un primer momento, la FGR entregó los nombres del personal administrativo de todas las áreas solicitadas excepto los de SEIDO bajo el argumento de seguridad como motivo para reservar el resto de la información.

Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Imagen ilustrativa. Foto: Cuartoscuro

Ante la falta de datos, el peticionario tramitó un recurso de revisión y el INAI ordenó a la FGR entregar los nombres de los ministerios públicos de todas las subprocuradurías excepto de los SEIDO, así como el personal administrativo de estos últimos, y la denominación correcta de los cargos de todos los agentes del Ministerio Público federal, la Policía Federal Ministerial, peritos y analistas.

Los ministros determinaron que las instrucciones del INAI afecta las atribuciones constitucionales de la FGR para investigar y perseguir delitos federales, pues revela su capacidad de despliegue y reacción. El Ministro Javier Láynez argumentó en el proyecto que, según la teoría mosaico, se puede recopilar y combinar información aparentemente inofensiva y aislada para descubrir vulnerabilidades estratégicas que son susceptibles de explotación para dificultar la procuración de justicia o actos de contra inteligencia.

SCJN quita padrón de datos biométricos en celulares; Panaut es inconstitucional, dice

lunes, abril 25th, 2022

El INAI, uno de los organismos que impugnó la legislación aprobada en el Congreso, festejó la decisión, asegurando que el pleno de la Corte había salvaguardado con su votación “la privacidad, la intimidad y los datos personales de las mexicanas y mexicanos”.

Ciudad de México, 25 de abril (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este lunes que el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), aprobado por el Congreso mexicano y que obligaría a los usuarios a entregar sus datos biométricos para poder hacer uso de celulares, es inconstitucional.

Una mayoría de nueve ministros, los suficientes para definir la inconstitucionalidad de una norma, votaron a favor del proyecto de la Ministra Norma Piña, para tumbar de forma definitiva el Panaut, debido a que consideraron que violenta el derecho a la protección de datos y a la intimidad.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) felicitó inmediatamente la decisión de la Corte. “El Pleno del INAI reconoce la determinación de la Suprema Corte sobre la Acción de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada 86/2021, que declara la invalidez del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil”, señaló.

La SCJN revisó las acciones de inconstitucionalidad promovidas por varios organismos autónomos. Foto: Cuartoscuro.

Con esta votación, añadió el INAI, se salvaguardan “la privacidad, la intimidad y los datos personales de las mexicanas y mexicanos”.

En la resolución, la Ministra Piña propuso declarar “la invalidez de la totalidad del sistema normativo que integra el Decreto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”. Ocho ministros se sumaron a esta postura, incluido el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.

“No haber cumplido con esta exigencia somete a los derechos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales a un riesgo que no puede ser avalado”, añadió Piña Hernández en su proyecto.

Zaldívar, durante su argumentación a favor, reconoció que se trataba de un instrumento que conjugaba una gran cantidad de información sensible de los ciudadanos y que no había explícitamente forma de velar por su seguridad ni su mal uso.

El martes la SCJN analizará qué efectos tendrá la declaratoria de inconstitucionalidad del Panaut. Foto: Graciela López, Cuartoscuro

La creación de un padrón nacional de este tipo hubiera obligado a los 129.8 millones de usuarios que tienen una línea telefónica a en México proporcionar sus datos personales y biométricos. El Panaut fue diseñado para inhibir la comisión de delitos que explotan esta tecnología para chantajear, amenazar o secuestrar, pero para el proyecto aprobado no es la medida más adecuada.

El Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ha defendido el padrón con el argumento de que combatirá las extorsiones y al crimen organizado. Pero desde el 27 de abril de 2021 la reforma estaba suspendida de forma indefinida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, que consideró que la norma “viola derechos de usuarios y no disminuirá los delitos”.

Luego, en junio, la SCJN suspendió el Panaut tras la impugnación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Este lunes, al término de la sesión, el Ministro Zaldívar adelantó que mañana martes el pleno analizará cuáles serán los efectos de que se haya declarado inconstitucional el Panaut.

Malova y Labastida respaldaron planta de amoniaco en Sinaloa. Yoremes lo revierten

sábado, abril 23rd, 2022

Al conceder un amparo a los yoremes de la bahía Ohuira, Sinaloa, por falta de consulta indígena, la Corte dejó sin efecto los permisos de la empresa Gas Petroquímica de Occidente para una planta de fertilizantes obtenidos a partir de irregularidades del entonces Gobernador Mario López Valdés y el Senador Francisco Labastida Ochoa. Deberá empezar desde cero.

Ciudad de México, 23 de abril (SinEmbargo).- Al norte del estado granero de Sinaloa, el entonces Gobernador Mario López Valdés y el Senador sinaloense Francisco Labastida Ochoa le facilitaron en 2013 a la empresa Gas Petroquímica de Occidente (GPO) instalar una planta de fertilizantes en el puerto de Topolobambo, donde está la bahía de Ohuira que forma parte de un sitio ramsar, donde habita la nación mayo-yoreme, comunidad que ganó un amparo ratificado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que, antes de continuar con las obras que ya talaron 25 hectáreas de manglar, se les respete su derecho a una consulta indígena adecuada.

La obra de 20 mil millones de pesos, que forma parte de un proyecto petroquímico de amoniaco, urea y metanol con conexión a una terminal de Pemex y un gasoducto de CFE, fue blindada por el Acuerdo Nacional de Inversión e Infraestructura impulsado por el sector empresarial. Desde septiembre de 2018, la empresa solicitó a la Semarnat hacer “improcedente” este derecho a ser consultados. Pero, determinó la Corte, ahora no podrá avanzarse antes de realizarse la consulta libre e informada.

“Nunca hemos negado la necesidad que puedan tener los agricultores de fertilizantes, lo que siempre se ha sostenido es que Topolobampo -un sitio ramsar (2009), una categoría internacional para protección de humedales y una área sagrada para los yoremes donde habitan delfines, tortugas y aves migratorias protegidas por la NOM-059- no es el lugar indicado. Como pescadores y miembros de los pueblos originarios defenderemos nuestra Bahía, si es necesario con la vida”, afirman los yoremes, académicos y locatarios que conforman el colectivo “Aquí No”.

Un yoreme danza con máscara y sonaja. Foto: Gobierno de México.

Ante el resolutivo de la Corte (528/2018), los yoremes de Lázaro Cárdenas, Paredones y de Ohuira adelantaron sus celebraciones de la Semana Mayor, una mezcla entre la Semana Santa y sus hábitos tradicionales de pueblo originario, donde avientan cohetes, danzan, preparan el camino para Jesucristo y comen pescado frito, frijoles, tortillas de harinas y el típico guacabaqui, una cazuela de carne con vegetales que también es tradicional de su pueblo hermano, el Yaqui, del sur de Sonora. Pero este año no recibieron apoyo gubernamental, lo que atribuyeron a “represión” por ganar el amparo.

“El fallo de la Corte, por unanimidad, dejó sin efecto todos los permisos que la empresa haya obtenido durante el Gobierno de Mario López Valdés, que tenía a Francisco Labastida Gómez de la Torre como Secretario de Desarrollo Económico y antes como Coordinador de Proyectos Estratégicos. Era un conflicto de interés porque su papá, Francisco Labastida, entonces Senador de la Comisión de Energía, era el gestor de la empresa. Ahora la empresa debe de empezar de cero”, dijo Rosendo Castro, miembro del Consejo Ciudadano de Ecología para Sinaloa.

El diario Noroeste publicó que el exgobernador de Sinaloa y exsecretario de Energía en los ochenta, Francisco Labastida Ochoa, dirige el despacho de Consultores en Desarrollo, Economía y Finanzas (Codefi), que gestionó la planta de amoniaco de la empresa GPO, cuyo dueño inicial, el líder atunero Leovy Carranza Beltrán, es amigo de Labastida. Tras dejar el Senado, el excandidato presidencial viajó en 2013 a Alemania y a Trinidad y Tobago, donde la suizo-alemana Proman, inversora del proyecto, tiene plantas.

“Buscamos que se vinieran para acá”, relató Labastida al diario local, “les llevamos los estudios de preinversión que habíamos hecho, y los estudios decían que era competitivo producir en Sinaloa para todo el Pacífico Norte: Baja California y llegar hasta Chile para producir fertilizantes y en su caso exportar”.

Negó que en la zona de operación haya manglar y compartió que el Gobernador Mario López Valdez, que rechazó relocalizar la planta, le pidió que promoviera con la Comisión Federal de Electricidad (CFE) un gasoducto para que llegara a Sinaloa gas natural, la materia prima para producir amoniaco. El puerto tiene acceso al muelle de una terminal de Pemex.

Vista de la Bahía Ohuira con la terminal de Pemex. Foto: Manifestación de Impacto Ambiental – Planta de Amoniaco, Topolobambo.

Aves migratorias. Foto: MIA- Planta de amoniaco, Topolobambo.

El amparo ganado por los yoremes fue interpuesto contra la Secretaría de Medio Ambiente (Semarnat) por autorizar el proyecto sin previamente informarles sobre sus efectos. Aunque la Comisión Nacional de Áreas Protegidas (Conanp) dictaminó que la planta no era viable por estar en un sitio ramsar, dos semanas después, el 7 de marzo de 2014, el entonces Secretario de Medio Ambiente Juan José Guerra Abud se reunió con representantes de la empresa; con Francisco Labastida; con el Gobernador Mario López Valdez y con el Alcalde de Ahome Arturo Duarte García. Un mes después, la Conanp dio luz verde.

“La zona del proyecto, además de estar en el polígono de un sitio ramsar, es una laguna costera de baja profundidad porque las aguas residuales agrícolas arrastran grandes cantidades de sedimento que se han ido depositando; la renovación del agua es pobre y cualquier contaminante se queda ahí mucho tiempo. Aun así mantiene sus servicios ambientales”, aseguró Diana Cecilia Escobedo Urías, directora del Centro Interdisciplinario de Investigación para el Desarrollo Integral Regional del Instituto Politécnico Nacional.

Justo por esos servicios ambientales, además del amparo ganado por los yoremes por la falta de consulta indígena, comunidades de miles de pescadores de Paredones y restauranteros de Mariviri se ampararon (358/2019, 630/2019, 603/2019) por el posible impacto a su fuente económica: la pesca de camarones, peces y jaibas que anidan en los manglares, que enmarcan a la bahía, rompen maremotos y almacenan dióxido de carbono. La empresa GPO pidió a la Corte que atraiga y analice el recurso. Hasta el momento, ningún ministro ha presentado un proyecto al respecto y la obra está parada.

A la par, luego de la denuncia de una cooperativa pesquera de Paredones, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) abrió en diciembre pasado una investigación por las irregularidades en los terrenos federales donde se planea construir la planta para producir 2 mil 200 toneladas diarias de amoniaco.

El 31 de mayo de 2017, la Semarnat otorgó a la empresa GPO la concesión de 12 mil metros cuadrados para uso de protección no para construcción, pero se modificó la superficie a 36 mil metros cuadrados para cercar con malla y colocar postes de iluminación, carretera y la instalación del paso de tuberías de la red contra incendio. Para ello, se removió vegetación forestal y rellenaron playas marítimas.

Cinco años después, la Semarnat de la actual administración, debe organizar la consulta indígena en coordinación con el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).

Tipo de suelo alrededor del proyecto petroquímico, incluyendo mangle. Imagen: MIA – Planta de amoniaco, Topolobambo.

CONSULTA CIUDADANA E INDÍGENA

En noviembre pasado, la Secretaría de Gobernación (Segob) y el Gobernador Rubén Rocha Moya realizaron una consulta ciudadana no vinculante en Ahome, Guasave y El Fuerte, en la cual pudo participar hasta el exgobernador Mario López Valdés.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que quienes se manifiestan en contra de que se instale la planta de fertilizantes en la Bahía de Ohuira, protegida y sagrada para los yoremes, “tienen el negocio de la distribución de fertilizante y no quieren competencia”.

“Acaba de hacerse una consulta para que en Sinaloa se pueda instalar una planta para producir fertilizantes en el puerto de Topolobampo. Nosotros estamos de acuerdo, porque se le consultó a la gente y los agricultores de Sinaloa y de Sonora requieren del fertilizante. Aun así, no vamos a lograr la autosuficiencia, pero ya vamos a tener más abasto de fertilizante”, declaró en Palacio Nacional el mes pasado.

No obstante, la Segunda Sala de la Suprema Corte pidió a la Semarnat una consulta indígena previa, libre e informada antes de continuar con la primera fase, la planta de amoniaco, como está previsto en la Constitución y en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo.

“Cuando se trate de planes de desarrollo o de inversión con un impacto dentro del territorio indígena, el Estado no sólo tiene la obligación de consultar, sino de obtener el consentimiento libre, informado y previo de las comunidades indígenas según sus costumbres y sus tradiciones”, determinó.

Deflines nadando en la bahía Ohuira. Foto: MIA – Planta de amoniaco, Topolobambo.

Sin embargo, Rosendo Castro, del Consejo Ciudadano de Ecología de Sinaloa, observó que la Semarnat y el INPI llevarán a cabo una consulta indígena sobre un proyecto “ya cuestionado ambientalmente y por la propiedad de los terrenos”.

Los agricultores de Ahome que cultivan papa, trigo, frijol, garbanzo, soya, caña de azúcar, y demás, serán beneficiados por los fertilizantes. Pero el ambientalista planteó que la tala de los manglares y las aguas residuales de la planta impactarán a las cooperativas pesqueras, por lo que cuestionó que la empresa GPO presente una Manifestación de Impacto Ambiental por fases, sin considerar los impactos acumulativos del proyecto petroquímico.

“Donde la empresa piensa succionar el agua para desalinizarla, enfriar maquinaria y regresarla, alterando el calor del agua, es donde se encuentran las larvas de camarón, que son de exportación. Los pobladores van y sacan mantarraya, el caracol burro y la almeja café. Ellos ya se vieron impactados desde el cercado del terreno”, dijo sobre los 300 miembros de cooperativas pesqueras que denunciaron ante la Profepa a la empresa GPO por los daños derivados sólo de la preparación del terreno para la planta.

“Pongan la empresa en otro lugar. Hay otras lagunas en Sinaloa que no son sitio ramsar, que no tienen población indígena y que no son tan vulnerables como la Bahía Ohuira que es poco profunda y cerrada por lo que tarda mucho en limpiarse (de aguas residuales agrícolas y negras de los Mochis). Tenemos cientos de kilómetros de costa, en algún lugar la pueden poner”, aseguró el ambientalista.

Ministra de la SCJN propone invalidar Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

miércoles, abril 20th, 2022

La creación de un padrón nacional obligaría a los 129.8 millones de usuarios que tienen una línea telefónica a proporcionar sus datos personales y biométricos.

Ciudad de México, 19 de abril (SinEmbargo).- La Ministra Norma Lucía Piña Hernández de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propuso declarar inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) por poner en riesgo la información privada de los usuarios de teléfonos celulares.

En la resolución, la Ministra propuso declarar “la invalidez de la totalidad del sistema normativo que integra el Decreto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.

“No haber cumplido con esta exigencia somete a los derechos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales a un riesgo que no puede ser avalado”, añadió Piña Hernández.

Norma Lucía Piña Hernández es mi Ministra que propuso invalidar el Panaut. Foto: TEPJF

La creación de un padrón nacional obligaría a los 129.8 millones de usuarios que tienen una línea telefónica a proporcionar sus datos personales y biométricos.

El Panaut fue diseñado para inhibir la comisión de delitos que explotan esta tecnología para chantajear, amenazar o secuestrar, sin embargo, la Ministra Piña señala que no es la medida más adecuada.

El pasado 15 de junio, la SCJN concedió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la suspensión solicitada del Panaut.

El Panaut fue diseñado para inhibir la comisión de delitos en Internet. Foto: Moisés Pablo, Cuartoscuro.

La suspensión de la obligación de instalar, operar, regular y mantener el Panaut se decretó al considerar que con su implementación “existe una inminente afectación presupuestaria del IFT, que puede poner en peligro su autonomía constitucional”.

En un comunicado, el IFT recordó que el 26 de mayo presentó un recurso constitucional en contra de las diversas disposiciones contenidas en el padrón.

En aquella ocasión, el IFT expuso que “no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del Panaut con cargo a su presupuesto”.

El Panaut es el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. Foto: Moisés Pablo, Cuartoscuro.

Señaló que la totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021 “están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador.

Además, indicó que este ordenamiento legal “contraviene su autonomía presupuestal” consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.

-Con información de EFE

La SCJN tumba impugnación de Colima, la última contra Ley de la Industria Eléctrica

martes, abril 19th, 2022

La impugnación de Colima fue la última contra la LIE, que quedó firme en su constitucionalidad de acuerdo con los ministros de la Corte.

Ciudad de México, 19 de abril (SinEmbargo/EFE).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó este martes la impugnación presentada por el Gobierno de Colima contra la Reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), la última controversia presentada en su contra, por lo que las modificaciones han sobrevivido la prueba de constitucionalidad final.

“Lo anterior, debido a que el decreto impugnado no afecta la esfera de competencias de la entidad actora [el Gobierno colimense], cuya tutela es precisamente el objeto de este tipo de medios de control constitucional”, detalló la SCJN en un comunicado.

Fue el mismo razonamiento que usó la Corte el lunes para descartar la controversia de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). La impugnación de Colima fue la última contra la LIE, que quedó firme en su constitucionalidad de acuerdo con los ministros de la Corte.

LA POLÉMICA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA

El pasado 7 de abril, la SCJN de México declaró constitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que busca fortalecer la estatal Comisión Federal de Electricidad (CFE) al darle prioridad en el orden de despacho de la energía, así como otros importantes asuntos.

El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica de 2014 fue publicado en marzo de 2021 tras su aprobación en el Legislativo, pero fue impugnada.

La reforma elimina el criterio económico para despachar primero las plantas de la CFE, incluidas las de combustibles fósiles, sobre las privadas de renovables.

La Corte decidió de nuevo a favor de la constitucionalidad de los cambios a la LIE. Foto: Adolfo Vladimir. Cuartoscuro

Además, revisa de forma retroactiva los contratos, cambia las reglas de los Certificados de Energías Limpias (CEL) para favorecer a plantas viejas de la CFE y contempla revocar permisos de autoabastecimiento obtenidos “en fraude a la ley”, entre otros puntos.

Aunque en el Supremo hubo muchas objeciones a la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, no se alcanzaron los ocho votos necesarios para que fuera considerada inconstitucional, aunque los analistas prevén que el alud de amparos protegerán al sector privado de la aplicación efectiva de la nueva normativa.

Esta votación del 7 de abril fue solamente sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por los senadores, por lo que la Suprema Corte debía resolver sobre una controversia constitucional de la Comisión Federal de Competencia Económica (que se sobreseyó este lunes) y la controversia constitucional interpuesta por el estado de Colima, que se desechó este martes.

El pasado 7 de abril, la SCJN de México declaró constitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica. Foto: Margarito Pérez, Cuartoscuro

Además, este martes, la Suprema Corte de Justicia confirmó que, tras revisar la sesión del organismo del 7 de abril, se mantiene vigente la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica.

“El pleno de la SCJN aprueba por unanimidad de votos el acta de la sesión del 7 de abril”, remarcó el Alto Tribunal en otro breve boletín.

Los anuncios del sobreseimiento de estas controversias constitucionales se producen tras el fracaso el domingo en el Legislativo de la reforma eléctrica impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.