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Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, primera Magistrada de Sala Superior del TEPJF, muere

sábado, septiembre 4th, 2021

La Magistrada formó parte de la primera integración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de 1996 a 2006, y fue la primera mujer en ocupar el cargo de juez de Distrito en México.

Ciudad de México, 3 de septiembre (SinEmbargo).– La Magistrada en retiro Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, la primera integrante femenina de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, murió este viernes, informó el órgano en sus redes sociales.

“El TEPJF expresa su más sentido pésame por el triste deceso de la Mgda. en retiro Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, quien fue la primera mgda. de la Sala Superior, integrante del TEPJF de 1996 a 2006 y la primera jueza de distrito en ascender a una magistratura de circuito”, señaló el Tribunal Electoral en su cuenta de Twitter.

El Magistrado José Luis Vargas Valdez, expresidente de la Sala Superior, también expresó su más sentido pésame. “Lamento profundamente el fallecimiento de la Magistrada en retiro Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, primera mujer que formó parte de la integración del TEPJF de 1996 a 2006, y primera mujer en ocupar el cargo de juez de Distrito en México. Descanse en paz”, escribió en sus redes sociales.

En abril de 2019, la Magistrada en retiro había aseverado que “el juzgador tiene que ser valiente y enfrentarse”. “El juzgador que no es valiente en su actuar no sirve para juzgar”, dijo al participar en las “Tertulias académicas por la mañana” organizadas en aquel momento por el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

“La valentía es algo innato que debe llevar el juzgador dentro de sí y una de esas principales características es ser imparcial, no dejarse amedrentar por ninguna persona para que se resuelva un asunto o se comporte el juzgador en determinado sentido”, manifestó Navarro Hidalgo en aquel momento.

Alfonsina Berta Navarro Hidalgo formó parte de la primera integración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de 1996 a 2006, y fue la primera mujer en ocupar el cargo de Juez de Distrito en México.

El Magistrado Felipe de la Mata agradeció a Alfonsina Berta Navarro Hidalgo su formación como magistrado y ejemplo como Juez que le dio no sólo a él, sino a una generación de secretarios formados junto a ella. Le otorgó un reconocimiento a nombre del TEPJF.

La Magistrada en retiro consideró que el derecho electoral mexicano es un ejemplo para muchos países y el TEPJF siempre se ha caracterizado por ser garantista. “En materia electoral no sólo somos pioneros, somos un verdadero ejemplo a seguir”, asentó.

Al compartir anécdotas de su experiencia como juzgadora, recordó que en 1996 se dieron importantes reformas constitucionales que incorporaron al Tribunal Electoral al Poder Judicial de la Federación. “Se creó un sistema integral de justicia electoral; sin embargo, no está concluido, se necesita trabajar en las inquietudes de la ciudadanía tras cada proceso electoral”, explicó Navarro Hidalgo.

Por último, en aquel momento manifestó que la ética judicial debe permear en todos los juzgadores, ya que la imparcialidad, autonomía e independencia llevan a la excelencia y “la excelencia es la cúspide del ejercicio del Juez”.

TEPJF anula diputación del PAN por no acreditar que pertenece a comunidad indígena

domingo, agosto 29th, 2021

El TEPJF asignó a dos mujeres para sustituir los nombramientos revocados, mientras que el PVEM sustituyó su fórmula integrada por hombres por una de mujeres, logrando la paridad de género en el órgano legislativo.

Ciudad de México, 29 de agosto (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la diputación federal a Óscar Daniel Martínez Terrazas y la de su suplente, Raymundo Bolaños Azocar, del Partido Acción Nacional (PAN).

Con cuatro votos a favor y tres en contra, los integrantes de la Sala Superior revocaron la asignación a ambos por no acreditar que pertenecen a la comunidad indígena de San Juan Tetelcingo, del municipio Tepecoacuilco de Trujano, Guerrero.

Por lo anterior, se determinó asignar a Ana Laura Valenzuela Sánchez como propietaria y a Mariana Beatriz Sabanero Zarzuela como suplente, quienes forman parte de lista correspondiente a la cuarta circunscripción del PAN lo que tendrá un impacto paritario en la integración final del Congreso de la Unión.

Integrantes de la comunidad de San Juan Tetelcingo señalaron que los diputados electos por el PAN, no pertenecen a la comunidad indígena referida, señalando que no pudieron combatir la postulación al momento del registro por la falta de transparencia de los registros de las candidaturas.

“No se podía advertir cuáles fueron las candidaturas que se registraron bajo la acción afirmativa para personas indígenas ni cómo fue acreditada dicha adscripción calificada”, argumentaron ante el TEPJF.

La Sala Superior validó que la postulación a través de la acción afirmativa para personas indígenas es equiparable a un requisito de elegibilidad y debe analizarse en la etapa de asignación, particularmente cuanto un grupo en situación de vulnerabilidad lo desconoce como parte de su comunidad y cuestionan su falta de representatividad.

En ese sentido, las y los magistrados decretaron que los integrantes de la comunidad guerrerense exhibieron pruebas suficientes para desvirtuar la pertenencia de ambos candidatos asignados y que de haber sido así, el resultado sería la nulificación de la representatividad de las personas indígenas y su invisibilización en la toma de decisiones en la Cámara de Diputados.

HABRÁ PARIDAD EN SAN LÁZARO

Por otro lado, la Sala Superior del TEPJF determinó ajustar la fórmula del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) integrada por hombres para sustituirla por una conformada por mujeres, logrando la paridad en la Cámara de Diputados.

Las y los magistrados resaltaron la importancia de alcanzar la paridad total con 250 hombre y 250 mujeres en esta nueva configuración histórica de la Cámara Baja.

La resolución se basó en la impugnación realizada por un grupo de mujeres contra el acuerdo INE/CG1443/2021 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que se efectuó el cómputo total, se declaró la validez de la elección de diputaciones por el principio de representación proporcional y se asignó a los partidos políticos nacionales las diputaciones que les corresponden para el periodo 2021-2024.

A través del recurso legal, el grupo de inconformes pretendía modificar la asignación de los partidos políticos PRI, PAN y PT a fin de que iniciara con una fórmula de mujeres, demandando que la autoridad responsable dejó de observar el principio de alternancia de géneros, vulnerando el principio de paridad y la protección de los derechos humanos de las mujeres.

No habrá representantes de partidos en casillas de consulta popular, confirma TEPJF

jueves, julio 22nd, 2021

La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el oficio del INE, que en su momento respondió a Morena que la ley impide que sus representantes y los de cualquier organización política puedan estar presentes durante el ejercicio ciudadano.

Ciudad de México, 22 de julio (SinEmbargo).– El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los partidos políticos no podrán tener representantes en las mesas que se instalarán para llevar a cabo la consulta popular sobre “actores políticos del pasado” del próximo 1 de agosto.

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del TEPJF confirmó el oficio emitido por el director ejecutivo de la Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), en el que respondió a Morena que los partidos políticos con registro nacional no podrán nombrar representantes ante cada una de las casillas receptoras que se instalarán el día de la consulta.

En sesión pública no presencial, por videoconferencia, los magistrados concluyeron que, contrario a lo que señalaba Morena, las direcciones ejecutivas del INE sí tienen facultades para dar respuesta a las consultas que les formulen los partidos políticos, máxime si en dicha respuesta solamente se le señalan al partido las disposiciones aplicables respecto a su solicitud.

Aunado a ello, desestimaron la inconstitucionalidad que, se argumentaba, había en la adenda a los lineamientos establecidos para la consulta del próximo 1 de agosto, porque no se impugnó en su momento.

Durante la sesión, la Sala Superior también resolvió por unanimidad de votos, rechazar, como lo establecía el acuerdo del INE, la solicitud del Instituto de Educación de Aguascalientes para que ocho de sus campañas estuvieran exentas de las reglas de suspensión de propaganda gubernamental por la consulta popular.

Los magistrados confirmaron la decisión del INE, en el sentido de que estos programas (Beca de Permanencia; Apoyo a la Gestión Escolar; Beca Universitario al 100; Creciendo Juntos; Tutor al 100; Que Nadie se Vaya de la Educación y Uniformes Escolares) no cumplen con los criterios de necesidad y generalidad, pues están dirigidos a un sector en específico de la población, además de que tienen que ver con la entrega de recursos a la ciudadanía.

El TEPJF rechazó la propuesta de Morena de que hubiera representantes partidistas en casillas de la consulta popular. Foto: Cuartoscuro

La Sala Superior recordó que es la Constitución la que reconoce el derecho de la ciudadanía de votar en las consultas populares, con la clara precisión de que la promoción de éstas tiene que ser imparcial. Además, establece que deberá suspenderse la difusión de toda propaganda de cualquier orden de Gobierno, salvo la que tenga que ver con autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

La consulta popular fue propuesta por el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, y aprobada en ambas Cámaras del Congreso, donde Morena, su partido, tiene mayoría. Luego, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que era un ejercicio constitucional, pero decidió cambiar la propuesta de preguntar a la ciudadanía sobre si se debería “enjuiciar a expresidentes”.

La pregunta definida por la Corte que se hará a los electores el domingo 1 de agosto es: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminados a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”.

La pregunta no contendrá el nombre de ningún expresidente sino que se referirá a “actores políticos del pasado”. Foto: Cuartoscuro

Sin embargo, el oficialismo ha hecho campaña asegurando que se trata de un ejercicio para definir si exmandatarios como Enrique Peña Nieto, Felipe Calderón, Vicente Fox, Ernesto Zedillo y Carlos Salinas de Gortari deben ser juzgados por posibles actos de corrupción, entre otros.

La consulta popular, incluso ya modificada por la Corte, ha sido motivo de duras críticas, incluso de organismos internacionales como Human Rights Watch, que argumentan que el Gobierno de México y las autoridades correspondientes deben investigar y en su caso procesar a cualquier funcionario que haya podido cometer algún delito sin necesidad de consultar a la ciudadanía.

Sin embargo, los defensores del ejercicio, el primero de este tipo desde la creación de la Ley Federal de Consulta Popular en 2014, es la posibilidad de ejercer “democracia directa” para los ciudadanos, debido a que las autoridades y las mismas leyes no han estado a la altura en la persecución de estos delitos en el país.

TEPJF obliga a partidos a aplicar la paridad de género en 2021; deben postular 7 candidatas a gubernaturas

jueves, diciembre 24th, 2020

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó que, durante el actual proceso electoral para elegir gubernaturas en 15 estados del país, los partidos políticos deban postular a siete mujeres para cumplir con el principio de paridad.

Ciudad de México, 23 de diciembre (SinEmbargo).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los partidos políticos deberán de postular a siete mujeres a gubernaturas durante las elecciones de 2021.

Por medio de un comunicado, las autoridades del TEPJF informaron que la Sala Superior decidió que la paridad en las elecciones del próximo año sí deberá cumplirse.

La aprobación del resolutivo cuarto se dio con mayoría de votos en la Sala Superior.

Debido a esto, los partidos políticos deberán de postular a candidatas para competir por las gubernaturas en juego durante el actual proceso electoral, para cumplir con el principio de paridad.

Por lo que, se deberá informar al Instituto Nacional Electoral (INE), a mas tardar el próximo miércoles 30 de diciembre, las entidades donde se presentarán a siete mujeres a candidatas a gobernadoras y las ocho en las que se presentarán varones.

Luego de la sentencia del pasado lunes 14 de diciembre, las y los magistrados realizaron el engrose respectivo durante la sesión pública no presencial, realizada de manera virtual.

Después de esto, se concluyó que “se acumulan los medios de impugnación precisados en la sentencia: se revoca el acuerdo impugnado y se vincula al Congreso de la Unión, así como a los congresos locales a regular la paridad en gubernaturas antes del inicio del próximo proceso electoral que siga de manera inmediata al proceso 2020-2021”.