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Niño de Yucatán podrá llevar los apellidos de sus dos papás, falla la SCJN a favor de pareja gay

jueves, noviembre 22nd, 2018

El Registro Civil de Yucatán había rechazado la posibilidad de registrar al menor, ya que consideró inexistente el vínculo biológico entre los padres al ser del mismo sexo.

Ciudad de México, 22 de noviembre (SinEmbargo).- De forma unánime, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha otorgado un amparo a una pareja homoparental para que el Registro Civil de Yucatán registre a su hijo de tres años de edad y pueda llevar los apellidos de ambos padres.

La iniciativa del ministro José Ramón Cossío Díaz, fue avalada por los miembros de la Sala, quienes coincidieron en que la concesión de dicho amparo garantiza el derecho a una identidad y a una filiación, además de respetar la vida privada de la pareja.

“El menor requiere para su desarrollo contar con todos los derechos derivados de la filiación, como los alimentarios, sucesorios, así como a recibir cuidados, educación y afecto“, señaló el fallo.

Otro factor que encausó la decisión en favor de la pareja homosexual, es que la madre biológica no considera la posibilidad de hacerse cargo del pequeño, según el expediente.

“Lo más conveniente en este caso es que sea cuidado por las personas que desean hacerse cargo de él y lo han hecho desde su nacimiento.”, indicaron en la Sala.

Por su parte, el Registro Civil de la entidad, rechazaba la posibilidad de afiliar al niño, toda vez que no existe relación consanguínea entre é y alguno de los dos papás, ya que uno de ellos, únicamente fungió como donador de esperma.

Otro argumento que complicó el registro del infante, es que la legislación de Yucatán no considera la filiación de niños concebidos a través de técnicas de reproducción asistida, debido a que el nombre procede del parentesco por consanguinidad.

El menor fue concebido gracias al método conocido como maternidad subrogada o renta de vientre, en el que una mujer gesta a un hijo para otra pareja. En México, sólo las legislaciones de San Luis Potosí y Tabasco preven la reproducción asistida.