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Al menos 200 mexicanas tras las rejas por abortos espontáneos, partos prematuros…

viernes, septiembre 10th, 2021

El caso más reciente de criminalización a mujeres por abortos involuntarios es el de tres adolescentes en Yucatán que están bajo un proceso por homicidio por tener un aborto espontáneo.

Ciudad de México, 10 de septiembre (SinEmbargo).– Al menos 200 mujeres fueron encarceladas en México injustamente por motivos relacionados con el aborto ya que se les imputaron delitos como homicidio que las mantienen privadas de su libertad, denunció el colectivo “Las Libres”.

Se trata de mujeres que tuvieron un aborto espontáneo, un parto prematuro o una emergencia obstétrica y que fueron acusadas, encarceladas y sentenciadas por homicidio en razón de parentesco, infanticidio, filicidio o por omisión de cuidados.

“Esas mujeres tienen que salir (de la cárcel). Nunca debieron haber estado porque ni siquiera quisieron abortar; pero consecuencia de sus condiciones de salud, pobreza, falta de información, de desmayarse y que se te venga el producto, están en la cárcel”, comentó en entrevista Verónica Cruz, directora del Colectivo Las Libres, que ha dado acompañamiento a mujeres que han sido acusadas por delitos relacionados con el aborto.

El caso más reciente de criminalización a mujeres por abortos involuntarios, comentó la activista, es el de tres adolescentes en Yucatán que actualmente están bajo un proceso por homicidio por tener un aborto espontáneo. “Nosotras estamos llevando el caso de una de ellas”, dijo la activista.

Cruz Sánchez aclaró que las tres jovencitas procesadas son aparte de las al menos 200 que ya fueron encarceladas. Además, explicó que esta cifra fue obtenida luego de realizar diversas solicitudes de información en cada entidad federativa sobre el número de mujeres privadas de la libertad desde el año 2000 hasta el 2017 por los delitos de parentesco, infanticidio, filicidio o por omisión de cuidados, casos que posteriormente estudiaron.

En lo que respecta al homicidio por parentesco, explicó que en estas solicitudes preguntaron por los casos de mujeres acusada por haber asesinado a sus hijos, ya que el homicidio por parentesco también contempla el de los padres. Al contar con esa información, después cuestionaron, sobre esos casos en especifico, qué edad tenían los hijos y descubrieron que eran productos en gestación.

“Cuando nos dijeron que eran hijos recién nacidos, nosotras preguntamos cuántas horas de nacidos vivos tenían y ellos mismos (las autoridades) nos contestaron que eran productos en gestación, entonces eso era un aborto, no homicidio y por eso encontramos esos datos”, comentó.

Al menos 200 mujeres fueron encarceladas en México injustamente por motivos relacionados con el aborto. Foto: Cuartoscuro.

La defensora de derechos humanos explicó que las mujeres que han sufrido algún parto prematuro o aborto espontáneo suelen ser criminalizadas ya que están en una condición de vulnerabilidad, marginalidad, pobreza y desconocimiento de sus derechos y a eso se le suma los estereotipos de género y creencias sobre el aborto.

“Son mujeres que no se van a defender, que no conocen sus derechos, que incluso no sabían que estaban embarazadas y también se cruza con que son productos de termino, es decir, mujeres que están en el último trimestre de embarazo, y entonces ahí se combina los estereotipos de género y las creencias del aborto”, detalló.

En estos casos, a las mujeres se les juzga y se les criminaliza desde los médicos, enfermeras o personal de salud que las atienden hasta los jueces que ven sus casos. Cruz comentó que esto se debe a un estereotipo de género debido a que se asume que debieron hacer hasta lo imposible por salvar el producto.

“Una de las características de estas mujeres es que no son madres primerizas y por eso se les sanciona, con la creencia de ‘si ya tuvo un hijo, ella ya sabía lo que hay que hacer’. Les parece que esa mujer debió sí o sí ser madre, que no debió haber practicado un aborto porque no entienden que no se lo practicó, que son consecuencias de sus condiciones de vida”, explicó.

Por estereotipos mujeres con aborto involuntario han sido criminalizadas. Foto: Cuartoscuro

¿Y LA LEY DE AMNISTÍA?

La reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con respecto a declarar inconstitucional la penalización del aborto no impactaría a las mujeres que se encuentran en estos supuestos porque fueron procesadas por otros delitos, se trata de encarcelamientos de manera injusta o porque son personas en condición de vulnerabilidad que no pudieron tener acceso a una justicia con perspectiva de género. Estos casos, abundó Verónica Cruz, deberían ser resultos por medio de la Ley de Amnistía o la Ley de Ejecución de penas, ambas legislaciones vigentes.

“Esas mujeres no deberían nunca de haber estado en la cárcel porque no cometieron ningún delito; pero más aún, el Presidente hace dos años declaró la Ley de Amnistía y esas mujeres ya deberían de estar afuera, pero nadie las ha encontrado, a nadie le han importado y por eso siguen en prisión”, detalló la activista.

El Gobierno de Andrés Manuel López Obrador planteó desde su campaña presidencial que haría una La Ley de Amnistía. Sin embargo, su análisis y aprobación se agilizó frente a la crisis del coronavirus con la intención de despresurizar los centros penitenciarios en el país.

El 20 de abril de 2020, el Senado de la República aprobó esta legislación en un contexto en el que el país se decretó la Fase 3 de la pandemia por la COVID-19, es decir, como una respuesta frente a la pandemia en los penales.

La Ley contempla la liberación de personas consideradas en vulnerabilidad, a las que agrupa en diversos supuestos: aborto, en cualquier modalidad cuando sea cometido por la mujer embarazada o por médicos o parteros con consentimiento de la mujer; delitos contra la salud que hayan sido cometidos por personas en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, por tener una discapacidad permanente, o cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada; para personas que hayan cometido robo simple y sin violencia; a pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.

Verónica Cruz detalló que en esta Ley también se contemplaba a mujeres que fueran acusadas de homicidio en razón de parentesco, sin embargo, afirmó que hasta la fecha ninguna ha sido beneficiada con dicha legislación.

“En este caso ya debieron de hacer salido porque hasta hubo una Ley de Amnistía expreso para eso, y mira, ninguna se ha beneficiado. Pero, no sabemos exactamente dónde están esas mujeres,  lo que sí estamos seguras es que son mujeres que no decidieron abortar y que fueron encarceladas”, comentó.

En esta imagen del año 2010 se observan a dos mujeres quienes estuvieron presas acusada por abortar en el estado de Guanajuato. Foto: Cuartoscuro.

Para aplicar la Amnistía se instaló una Comisión creada por la Secretaría de Gobernación (Segob) en conjunto con la Fiscalía General de la República (FGR), el Poder Judicial e integrantes del Poder Legislativo y las personas privadas de la libertad que entren en estos supuestos de vulnerabilidad, podrán enviar una solicitud a dicha Comisión para ver si son proclives a ser beneficiados.

Un informe del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado reveló el pasado 14 de agosto que el Gobierno mexicano sólo ha liberado a cinco personas tras más de un año de aplicación de la Ley de Amnistía que propuso el Presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Consolidar a la amnistía como mecanismo de reparación a las injusticias de las que han sido objeto diversos grupos vulnerables y de pacificación del país, demanda ir más allá de la implementación de los mandatos de la Ley de Amnistía”, consideró el reporte.

El informe se publicó más de un año después de que el Gobierno de López Obrador promulgara la Ley de Amnistía para liberar a unas 6 mil personas condenadas o en prisión preventiva por delitos como aborto, pequeños robos o posesión de drogas, con el fin de despresurizar las cárceles.

Pero el IBD citó que, en el último informe de la Secretaría de Gobernación (Segob), apenas había mil 115 casos para dictaminar, de los que 942 eran hombres y 173 mujeres. De ese total, ahondó, 67 son personas indígenas y sólo se precisó que 760 son delitos contra la salud, como se llama en México a los crímenes relacionados con las drogas.

Con información de EFE

Evelia, indígena maya, estuvo 10 años presa por aborto. Ya libre, teme salir de casa y pide justicia

sábado, junio 20th, 2020

Hace 10 años, Evelia, mujer maya originaria de Yucatán, fue acusada de homicidio en razón de parentesco. Al igual que ella, otras mujeres en todo el país han sido acusadas de distintos ilícitos por tener abortos espontáneos, partos fortuitos o emergencias obstétricas.

Por Lilia Balam y Katia Rejón

Ciudad de México, 20 de junio (SinEmbargo).– Nayi no podía creer a sus familiares cuando le dijeron que su tía Evelia, mujer maya de 39 años, estaba a punto de ser liberada del Centro de Reinserción Social (CERESO) de Tekax, en mayo del 2019, tras pasar ahí 10 años injustamente, acusada de homicidio en razón de parentesco.

El día de la liberación, junto con su hijo, primas, madre y abuela, preparó un pastel, huevos con frijol y escabeche. En cuanto Evelia pisó nuevamente su casa, Nayi salió a su encuentro y no escatimó en gritos de emoción, llanto y abrazos.

“Fue un momento de paz. Lloramos pero no de tristeza, sino de alegría. Cuánto tiempo yo venía de trabajar desde Cancún y cada fin de semana la iba a ver al penal un rato. Al principio me acompañaba mi hijo, pero cuando creció venía yo sola porque el pasaje es mucho. Y cuando ella lo vio ese día no podía creer que mi hijo ya estuviera tan grande”, contó.

Esos momentos no podían ser más diferentes a los recuerdos de Nayi de la última vez que vio a Evelia en libertad. Aquel sábado de julio del 2009 la joven estaba preparándose para irse a trabajar a Playa del Carmen, Quintana Roo, cuando uno de sus parientes le avisó de un incidente en casa de su tía.

PROTESTA-A-FAVOR-DEL-ABORTO

De acuerdo con el informe de GIRE, de enero del 2007 a diciembre del 2016 las secretarías de Seguridad Pública de todo el país reportaron 83 personas en prisión preventiva por el delito de aborto. Foto: Alberto Roa, Cuartoscuro.

Evelia se había desmayado tres veces y aunque para ella todo lo que ocurrió después sigue siendo borroso. Su madre le contó que se cayó boca abajo y “salió un bebé”. De acuerdo con lo que la propia mujer relató, desconocía estar embarazada tras haber sido víctima de violación.

En medio del caos, las familiares solicitaron a un amigo que las llevaran al Hospital Comunitario de Peto con todo y el producto.

Cuando la madre de Evelia llegó al nosocomio le dijeron que su hija “era una asesina”, había “matado a su bebé” y por ello fue trasladada al Ministerio de Tekax. Acompañada por algunos familiares, se movió a ese recinto, pero al llegar el personal negó tener documentos sobre el caso y aseguró que Evelia no estaba ahí.

“Mi abuela ya estaba desesperada, no le habían dicho dónde estaba su hija. Regresaron a la casa a comer algo y unos judiciales [vestidos de civiles], vinieron a decir que mi abuela tenía que ir a firmar un papel para que dieran de alta a Evelia. Mi abuela, sin comer nada, se fue a Peto. Pero no dejaron que nadie más que ella, esos señores y el doctor que la atendió pasaran. Firmaron unos papeles, agarraron los dedos de mi abuela y los pusieron en los papeles. Ahí decía que aceptaba la culpabilidad de Evelia, pero esos señores dijeron que se iban a llevar a mi abuela para firmar unos papeles y que su hija saliera”, detalló Nayi.

Sin tener certeza de lo que ocurriría, la madre, hermanas y sobrina de Evelia abordaron un vehículo que las llevó al CERESO de Tekax. En la puerta permanecieron esperando bajo la lluvia.

“Y entonces vimos que la llevaron esposada, sin sandalias. Ella acababa de pasar por todo y estaba lloviendo, y así la bajaron. Mi abuelita se quitó sus sandalias y se las dio, pero las mujeres policías dijeron que no, que era una asesina y no merecía nada. No le dejaron ponerle las sandalias”, contó Nayi.

No supieron nada de Evelia en los siguientes nueve días. Cuando por fin pudieron verla, notaron marcas y moretones en sus brazos. Además, no hablaba para nada.

Buscaron explicaciones para reparar la situación legal de la mujer, pero nadie les brindaba información sobre el caso. Incluso una persona se presentó en el domicilio familiar bajo el argumento de ser un “licenciado” de Tzucacab que les asesoraría para conseguir la libertad de Evelia. En cada visita exigía sumas de dinero para realizar “trámites”, pero nunca se vieron avances en el caso.

El colmo fue cuando el sujeto les pidió 15 mil pesos para seguir el proceso. “Dijo que si no teníamos el dinero vendiéramos algo, pero no teníamos nada más que las hamacas y la ropa”, comentó Nayi.

No reunieron el dinero y desistieron en los esfuerzos para intentar liberarla. En el 2014, Evelia presentó una apelación y le redujeron dos años y medio de cárcel.

Le notificaron dos días antes de concretarse la liberación. Lo primero que hizo fue regresar a la casa familiar. Aunque fue complicado, un par de meses después consiguió trabajo, pero solo duró un par de semanas ahí. Después una mujer que trabajaba en el reclusorio la localizó y le ofreció empleo, un puesto en el que está contenta.

PROTESTA-A-FAVOR-DEL-ABORTO-MÉXICO

En el 2016 se abrieron 538 expedientes de investigación por el delito de aborto; en el 2017, fueron 547; en el 2018, la cifra subió a 604; en el 2019, a 691 y hasta abril del 2020 habían 217 carpetas. Foto: Andrea Murcia. Cuartoscuro.

Evelia no ha pensado en sus planes a futuro. Tampoco sale de su casa. “Me acostumbré a estar encerrada”, externó. Para su sobrina, ese comportamiento se debe al miedo, pues solamente abandona la vivienda para ir a trabajar o realizar algún mandado y no lo hace sola: siempre está acompañada.

Los acontecimientos rompieron la vida no solo de Evelia, sino de toda su familia. Sus parientes a la fecha no comprenden cómo ocurrió todo: no saben quién acusó a Evelia, no saben de dónde salió la versión de que pretendía dejar al producto para que se lo comieran los perros en el patio de su casa, como señaló la sentencia emitida por el Juzgado Penal del Segundo Departamento Judicial del Estado. Ni siquiera saben cómo pudo ocurrir la violación que causó el embarazo.

Lo único que saben con certeza es que se cometió una injusticia. “La trataron de lo peor, no es justo que tantos años pasó en el CERESO por una injusticia cuando hay miles de casos más y peores. Si hay leyes, que se respeten y que se pongan pruebas para acusar a una persona. No suponer, porque la suposición no existe. Lo que le pasó a ella fue una gran injusticia”, puntualizó Nayi.

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Como Evelia, otras mujeres mexicanas han sido encarceladas por la criminalización del aborto. El hecho de que el aborto esté contenido en la legislación penal “es una amenaza y un castigo para las mujeres que desacatan el imperativo tradicional de ser madres”, expresó Karen Luna Rodríguez Bueno, coordinadora del área de investigación del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

La criminalización de la interrupción del embarazo materializa la idea de que la maternidad es una “función obligatoria de las mujeres” y afecta “de manera concreta a mujeres condenadas a perder años de su vida en prisión y sentenciadas sin que existan pruebas suficientes para acreditar su responsabilidad”, pues los estereotipos sobre la maternidad “influyen en los razonamientos de algunos jueces, quienes condenan como homicidas a mujeres que tuvieron partos fortuitos en los patios o letrinas de sus casas y cuyos recién nacidos mueren sin que ellas puedan auxiliarlos debido a que tampoco hubo quien las auxiliara a ellas”, precisa el informe “Maternidad o castigo”, elaborado por GIRE.

Como no solo se ha castigado a mujeres que interrumpen sus embarazos de manera voluntaria, todavía no se conoce con exactitud la dimensión de este problema, aseveró Verónica Cruz Sánchez, activista mexicana de la asociación civil guanajuatense Las Libres.

“Hay carpetas abiertas, procesos y sentencias a mujeres por el delito de aborto, pero no van a ir a prisión. Las que sí están en prisión, que son los casos más graves, son las acusadas por delitos relacionados: mujeres que tuvieron abortos espontáneos, partos prematuros o emergencias obstétricas, pagando sentencias por homicidio en razón de parentesco, infanticidio u omisión de cuidados”, aclaró.

Incluso las integrantes de la agrupación han detectado casos de mujeres que tenían derecho a la interrupción legal del embarazo porque fueron víctimas de violación y las sentenciaron por homicidio en razón de parentesco, como en el caso de Evelia.

De acuerdo con el informe de GIRE, de enero del 2007 a diciembre del 2016 las Secretarías de Seguridad Pública de todo el país reportaron 83 personas en prisión preventiva por el delito de aborto: 44 mujeres y 39 hombres; así como 53 con sanción de cárcel definitiva por ese ilícito: 19 mujeres y 34 hombres.

En Yucatán ninguna persona recibió la pena de prisión preventiva en ese período. En el caso de la sanción definitiva, la información fue declarada “inexistente”.

Durante esos nueve años, se presentaron 51 denuncias por otros delitos relacionados con la interrupción del embarazo, principalmente por infanticidio u homicidio en razón de parentesco. Se realizaron 43 juicios penales, los cuales derivaron de 32 sentencias contra 25 mujeres y cuatro hombres. En tres casos no se especificó el sexo.

Fueron cinco las mujeres yucatecas que enfrentaron juicios penales por los ilícitos relacionados con el aborto, tres fueron sentenciadas.

Por los mencionados delitos, 13 mujeres fueron encarceladas en distintos estados del país de manera preventiva. 22 mujeres y seis hombres recibieron sanciones de prisión definitiva.

Sin embargo Las Libres, con base en solicitudes de transparencia, estima que en México hay alrededor de 200 mujeres en prisión por delitos relacionados con el aborto, aunque ninguna de ellas cometió algún ilícito, pues ni el aborto espontáneo, ni el parto prematuro ni las emergencias obstétricas son crímenes.

“La que menos, tiene una pena de 8 años y la que más, una pena de 40 años. Conocemos 200 mujeres, puede que haya más pero nadie sabe cuántas son ni dónde están”, explicó.

Hay varios puntos en común en los casos: generalmente se trata de mujeres en situaciones económicas precarias, con escaso acceso a los servicios de salud o que han atravesado situaciones de violencia. Y en la mayoría de los incidentes, no hubo una investigación contextual para determinar si se cometió un delito.

“Al principio pensábamos que se les iniciaba una investigación por aborto y luego se reclasificaba a homicidio y no necesariamente pasa así. En realidad nadie sabe a ciencia cierta a qué se debe. Nadie se ha interesado desde el gobierno, pero es muy difícil porque tienes que conocer caso por caso, la historia de cómo ocurrió, conocer sus experiencias: la verdad jurídica y la verdad histórica. Qué pasó y qué hay en los expedientes”, detalló Cruz Sánchez.

Karen Luna Rodríguez Bueno, coordinadora del área de investigación de GIRE, coincidió en que una parte importante de estas sentencias corresponden a casos que no están completamente probados. Personal de enfermería, parteras, familiares, doctoras o doctores tienden a asumir que la mujer quiso deshacerse del producto, aunque pudo tratarse de un aborto espontáneo o un parto fortuito.

Por esa línea delgada es que Las Libres ha agrupado sus informes en casos de abortos y relacionados, en los cuales incluyen abortos espontáneos, partos fortuitos y emergencias obstétricas.

“Técnicamente siempre son abortos porque el delito de aborto en los 33 códigos penales del país es muy claro: dice que el aborto es la muerte del producto en cualquier momento de la preñez. Si una mujer está embarazada, le programan una cesárea pero un día antes tiene al producto, entonces es aborto espontáneo”, aclaró Cruz Sánchez.

Otra constante encontrada es que los jueces emiten sentencias con base en estereotipos de género, y se basan en la posible infidelidad de la mujer, aunque ésta tampoco sea un delito.

En muchos casos, los ilícitos de omisión de cuidado y en razón de parentesco, se vinculan con la idea de que una madre tiene un “sexto sentido” y si está pariendo, lo primero que debe hacer es auxiliar al bebé.

“No está en el imaginario la pobreza, que la mujer se está desangrando, que no sabe qué hacer, que no sabe español, que no tiene dinero para ir a servicios de salud. Nadie quiere entender eso”, agregó la activista.

Incluso en situaciones de mujeres indígenas, sin educación sexual, sin atención integral de la salud, en medio de un parto fortuito en condiciones adversas y sin ayuda de nadie, el razonamiento general es que las madres deben hacer todo lo posible por salvar al producto.

“Nadie tiene la certeza, nadie tiene un examen donde diga que efectivamente la mujer fue a hacerse una prueba de embarazo y sabe efectivamente que está embarazada, y cuánto tiempo de gestación tenía, si fue a una supervisión y si estaba en perfectas condiciones. O si tuvo un desprendimiento natural y de todas maneras no se iba a lograr, si el producto nació vivo y no tuvo auxilio porque ella se desmayó. O si le vino en el baño y obviamente se fue en la letrina. A veces ni siquiera las mujeres lo recuerdan”, detalló.

En algunas entidades sí realizan una prueba para saber si el producto nació vivo o muerto. Se llama docimasia pulmonar, procedimiento utilizado por los médicos hace varios siglos y que ha sido desacreditado por la comunidad científica en los últimos años.

El examen consiste en cortar los pulmones del feto en cuatro partes y meterlos en agua. Si flotan, significa que el producto nació vivo. La coordinadora de GIRE explicó que este procedimiento tiene un margen de error importante y es una falla basarse en pruebas sin respaldo científico para determinar la responsabilidad de la mujer.

“No hay manera de saber si el producto estaba vivo cuando nació. Muchas veces los ministeriales dicen: ella dice que lo escuchó llorar. ¿Cómo lo va a escuchar si estaba desmayada? Esas son las pruebas que tenemos que debatir. Por eso, en teoría es muy fácil defender a las mujeres criminalizadas por aborto o por homicidio porque en general no va a haber pruebas, sino estereotipos de género”, comentó Cruz Sánchez.

La criminalización no es solo una condena, sino todo el castigo impuesto arbitrariamente a las mujeres que acuden a un centro de salud e inmediatamente son tratadas como sospechosas, indicó Rodríguez Bueno.

 “Aunque al final se les dicte una sentencia absolutoria, ya pasaron por algo por lo que no tenían que pasar. Sobre todo en casos de abortos espontáneos u otras cuestiones de salud que están fuera de sus manos”, dijo.

En esos casos, en realidad se juzga la idea de que la mujer debería ser madre como fuera, coincidieron ambas especialistas.

“A los médicos también se les mueren los productos con asistencia, con ocho doctores y especialistas, con anestesiólogos y pediatras. O nacen vivos pero se mueren en unas horas porque no eran viables, o nacen muertos ya. Y esos médicos no los tenemos en prisión porque se entiende que no había posibilidades. Pero a las mujeres solas sí, ¿cuál es la diferencia? Que es mujer y no hizo nada según quien la juzgó. No podemos decidir si es aborto espontáneo o parto prematuro. En realidad nadie tiene la certeza de si es una cosa u otra pero siempre pudo haber sido un aborto espontáneo mientras estaba en proceso de gestación”, agregó Cruz Sánchez.

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“Ella se traumó con todo esto. Imagina todo lo que te dicen. Yo la comprendo, porque ella no supo nada. Hasta ahorita le preguntas algo y como que ella no se acuerda. No hay perdón de Dios para lo que le hicieron”, afirmó Nayi, refiriéndose a su tía.

Aunque ya tiene empleo, Evelia ya no sale de su casa y recordar lo acontecido sigue siendo delicado para ella. La reparación del daño a la que tiene derecho tanto ella como su familia, requiere otro proceso por el cual la mayoría de las mujeres en su situación no desean volver a pasar.

“En nuestra experiencia, las mujeres, después de pasar años en la cárcel, lo que menos quieren es volver a un tribunal. Y es entendible. Es posible pero es muy difícil porque tienen que luchar ellas. Las Libres las representaríamos y seguramente ganaríamos, pero son procesos largos que implican la fortaleza de las mujeres cuando ellas solo quieren salir y no saber nada del asunto”, explicó Cruz Sánchez.

Sin embargo, además de la vía civil, es necesaria una reconstrucción completa de la vida personal, familiar y comunitaria de las mujeres que han sido encarceladas por el delito de aborto o ilícitos relacionados, así como terapia psicológica o psiquiátrica, o procesos como divorcios y custodia de los hijos e hijas, aspectos que las políticas públicas no contemplan.

Una de las formas de acceder a la reparación integral del daño es a través del Centro de Atención a Víctimas, pero la institución actualmente se encuentra rebasada pues no solo atiende a víctimas de derechos humanos sino de otros delitos, informó Rodríguez Bueno. Pero lo más complicado es acceder a medidas de no repetición:

“La parte económica, desde las experiencias de GIRE, ha salido un poco más rápido, pero nos interesa impulsar las medidas de no repetición que es lo que hace que no haya otras víctimas. Por ejemplo, en el caso de mujeres víctimas de violación sexual a las que no se les permitió un aborto, las medidas de no repetición tendrían que ser que todo el personal de salud conozca el marco legal y conozca que no debe negar el acceso del aborto en estos casos. Y eso es muy difícil”.

Las medidas, coincidieron ambas, deberían incluir apoyos educativos, becas para retomar proyectos de vida, empleo o autoempleo, reparación simbólica, resarcimiento de gastos médicos y de justicia, y que las autoridades responsables reconozcan lo que hicieron y den una disculpa pública.

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El 2018 fue significativo para la lucha por la despenalización del aborto a gran escala: mientras la “marea verde” se consolidaba en Argentina, en México se llevaba a cabo el proceso electoral más grande de la historia.

Aunque durante la campaña, el ahora Presidente Andrés Manuel López Obrador se mantuvo ambiguo sobre el tema, al resultar electo y anunciar como parte de su gabinete a la ex ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero, soplaron vientos de cambio en el tema de la criminalización del aborto.

De hecho, antes de asumir el cargo de Secretaria de Gobernación, Sánchez Cordero declaró en diversos medios de comunicación y foros, que buscaría promover la despenalización de la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas en todo el país. Fue contundente al asegurar que no estaba a favor del aborto pero tampoco de la criminalización de las mujeres por haberse practicado un aborto.

Varias legisladoras manifestaron estar de acuerdo con esa medida. De hecho la senadora perredista María Leonor Noyola presentó una iniciativa para reformar la Constitución y permitir la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación.

En septiembre del 2019, Oaxaca se convirtió en el segundo estado en el país en permitir el aborto antes de la semana 12, gracias a la iniciativa de las diputadas de Morena, Laura Estrada Mauro e Hilda Graciela Pérez Luis.

En lo que va del 2020, al menos otras tres entidades han intentado despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo: en marzo, el Congreso de Querétaro rechazó ampliar las excepciones por las cuales no se sanciona el aborto, después de haber desechado una iniciativa de despenalización completa presentada por la diputada de Morena, Laura Patricia Polo.

En mayo, las legislaturas de Guanajuato y San Luis Potosí discutieron las reformas propuestas por las respectivas bancadas morenistas para no sancionar el aborto hasta la semana 12. Todas fueron rechazadas.

Pese al discurso y los intentos, a dos años de iniciada la gestión de López Obrador, no se vislumbran muchos cambios en materia legislativa para el aborto.

De acuerdo con Rodríguez Bueno, la administración no ha estado “demasiado preocupada” por el tema, ni hay expectativas de mayor cambio.

“Nos preocupa que en tiempo de campaña se dio un lenguaje más de acuerdo con las demandas de los sectores feministas. Esta administración no ha tenido ni un lenguaje ni acciones completamente conformes a las necesidades y demandas que hemos tenido las mujeres por décadas”, precisó.

Para Cruz Sánchez, el gabinete de Andrés Manuel “sí entró con ganas de despenalizar”, pues traía bajo el brazo iniciativas como la de la Ley de Amnistía, la cual específicamente fue relacionada con las mujeres encarceladas por interrumpir sus embarazos.

Sin embargo, desde el 2016 han aumentado las carpetas abiertas por ese tipo de incidentes, según datos del Secretariado Nacional de Seguridad Pública.

En el 2016 se abrieron 538 expedientes de investigación por el delito de aborto; en el 2017, fueron 547; en el 2018, la cifra subió a 604; en el 2019, a 691 y hasta abril del 2020 habían 217 carpetas.

En Yucatán, fueron ocho las carpetas abiertas en el 2016, 15 en el 2017 y 16 en el 2018, informó la Fiscalía General del Estado (FGE), a través de una solicitud de transparencia. “Se está registrando el delito de aborto y ha aumentado”, apuntó la activista.

En cuanto a la Ley de Amnistía, la cual ya fue aprobada, se sabe que no beneficiaría a ninguna mujer castigada por haber abortado, pues la legislación abarca delitos federales y el aborto es un ilícito sancionado a nivel local. Es decir, para aplicarla en ese ámbito, tendrían que existir 33 leyes de amnistía estatales.

¿Qué políticas públicas podrían promoverse para acabar con la criminalización de las mujeres? En primera instancia, eliminar de los 33 códigos penales estatales el delito de aborto acabaría con el problema “de golpe”, puntualizó Cruz Sánchez.

 “En tanto haya marcos legales restrictivos, habrá mujeres criminalizadas o interrupciones de embarazos en condiciones poco seguras”, corroboró la coordinadora del área de investigación de GIRE, quien agregó que también se requieren protocolos para otorgar abortos expeditos y seguros.

Otra medida importante es cumplir al pie de la letra con la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046. A la fecha, la mayoría de las mujeres no sabe que tiene ese derecho ni el personal médico sabe que tiene esa obligación, indicó Rodríguez Bueno.

En el caso de los delitos relacionados, como el de homicidio en razón de parentesco e infanticidio, si se dejara de emplear la prueba de docimasia pulmonar como prueba, y se analizaran los contextos en que ocurrieron los incidentes para saber si efectivamente se cometió o no un delito, se contribuiría a reducir la criminalización de mujeres.