30% de los desaparecidos del país, más de 6 mil, son menores de edad, dice un nuevo cálculo

Defensores de derechos humanos, funcionarios y expertos de la ONU y UNICEF, coincidieron en que la ley general sobre desaparición de personas en México debe contemplar un apartado dedicado a los menores de edad, quienes representan el 30 por ciento de los casos en el país, especialmente de 12 a 17 años de edad.

Jesús Peña Palacios, representante adjunto del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Derechos Humanos en México (OACUNDH), dijo  que en México han desaparecido más 6 mil menores de edad de 2006 a 20014. Foto: Cuartoscuro

Jesús Peña Palacios, representante adjunto del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Derechos Humanos en México (OACUNDH), dijo que en México han desaparecido más 6 mil menores de edad de 2006 a 20014. Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México, 20 de enero (SinEmbargo).- Jesús Peña Palacios, representante adjunto del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Derechos Humanos en México (OACUNDH), dijo durante una sesión en el Senado que en el país han desaparecido más 6 mil menores de edad de 2006 a 20014, por lo que exhortó al Estado a incluir en la nueva legislación un apartado específico sobre este tema.

Durante su participación en el Foro Desapariciones en México de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Jesús Peña aseguró que el 30 por ciento de las personas desaparecidas en el país en ese lapso corresponden menores de 18 años, casos que pudieron ser responsabilidad del crimen organizado.

Jesús Peña dijo que la desaparición de menores es considerada de extrema violencia, por lo que, aseguró, el Estado debe garantizar medidas adicionales para evitar que participen sus agentes.

Por su parte, Juan Martín Pérez García, director ejecutivo de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), dijo que de acuerdo con datos del año 2006 a 2014 de la Secretaria de Gobernación, se puede confirmar que en el tema de la desaparición de personas no es un asunto de adultos, toda vez que tiene un fuerte impacto en niñas, niños y adolescentes, ya que en el registro de 23 mil casos, 6 mil 700 personas son menores de 18 años de edad.

Alertó que de 2012 a 2014, creció en un 200 por ciento la desaparición de mujeres adolescentes, por lo que consideró que la respuesta a este fenómeno por parte del Estado “no ha estado a la altura de la problemática”.

Por ello, destacó la urgencia de que el nuevo proyecto legislativo que se está debatiendo, incorpore un capítulo sobre el impacto en la niñez y adolescencia e incluya un protocolo de búsqueda distinto, pues no es suficiente con el actual, como la Alerta Amber o el Protocolo Alba.

El Comité de Derechos de infancia subrayó su preocupación por la desaparición de niñas y niños . Foto: @derechoinfancia

El Comité de Derechos de infancia subrayó su preocupación por la desaparición de niñas y niños . Foto: @derechoinfancia

Alison Sutton, representante adjunta de UNICEF en México, detalló a su vez que del 30 por ciento de los menores desaparecidos son en su mayoría niñas, especialmente de 14 años de edad.

Recordó que el Comité de Derechos de la Infancia de la ONU, en sus conclusiones a México en 2015, señaló “su preocupación por la violación de los derechos de niños, niñas y adolescentes: asesinatos, desapariciones y violaciones y recomendó establecer una política pública”.

Ismael Eslava, primer visitador de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), resaltó por su parte que en la Ley General en esta materia que discutirá próximamente el Senado de la República, se debe dar prioridad a la búsqueda de menores, niños, niñas y adolescentes, y se debe redactar un tipo penal que agrave la sanción cuando el desaparecido sea menor de 18 años.

Planteó que en esta ley debe existir un apartado dedicado a la niñez, víctima directas o indirectas de este problema y se debe disponer de la creación de áreas y protocolos especializados en la desaparición de menores para la sistematización de los datos obtenidos en cada región del país.

Apuntó que esta legislación debe transversalizarse con la Ley de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes en lo que respecta al Sistema Nacional de Protección, a los sistemas DIF, a las normas que rigen los centros de asistencia social, los sistemas de información y la situación que guardan los derechos de los menores.

Tags: , ,

Leave a Reply