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SCJN falla a favor de la maternidad subrogada para extranjeros

miércoles, junio 9th, 2021

La determinación abrió la posibilidad para que empresas que operan como intermediaras, con personas que desean participar en esta técnica de reproducción, ofrezcan sus servicios a cualquier persona, incluidos los extranjeros.

Ciudad de México, 9 de junio (EFE).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México señaló este martes como inconstitucional impedir a los extranjeros el acceso a la maternidad subrogada (renta de vientres) al resolver un amparo promovido por la empresa Fertility Center en contra de diversos artículos del Código Civil del estado de Tabasco.

La determinación fue tomada por el Pleno de Ministros, de forma unánime y los artículos a los que hace referencia son los relativos al contrato de gestación asistida y subrogada, los cuales limitaban la participación de empresas privadas como gestoras en los contratos de maternidad subrogada.

La determinación abrió la posibilidad para que empresas que operan como intermediaras, con personas que desean participar en esta técnica de reproducción, ofrezcan sus servicios a cualquier persona, incluidos los extranjeros.

Además, la SCJN autorizó que los contratos sean llevados ante notario público y aprobados por un juez.

Pero la semana pasada, en medio del cierre de campañas de las elecciones del 6 de junio, la SCJN avaló la gestación subrogada tanto gratuita como paga e, incluso, invalidó las disposiciones de Tabasco que prohibían el acceso a parejas del mismo sexo y extranjeras.

Este martes, la Corte mexicana determinó que es inconstitucional que se prevea como requisito para la suscripción del contrato de gestación “que los contratantes sean ciudadanos mexicanos” ya que tal disposición “resulta violatoria de los principios de igualdad y no discriminación”.

Sobre la intervención de un notario público para la celebración del contrato de gestación, el Supremo mexicano dijo que dicho requisito “no resulta excesivo o irracional, ni constituye un obstáculo para el acceso a la justicia”.

El lunes, Suprema Corte de México exhortó este lunes al Congreso a atender de forma urgente y prioritaria la práctica de la gestación por sustitución (vientres de alquiler) en el Estado mexicano.

“Es de suma importancia que se exhorte al Congreso mexicano para que dentro de sus competencias regulen de manera urgente y prioritaria la materia de gestación por sustitución”, dijo el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Ese día, las feministas mexicanas protestaron contra la SCJN porque ha avalado los vientres de alquiler en medio de un prolongado y controvertido debate sobre la gestación subrogada.

La protesta ocurrió mientras el Supremo discutía la constitucionalidad del Código Civil de Tabasco, estado del sureste del país que en 1997 se convirtió en el primero en legalizar la práctica, que se permite también en Sinaloa, en el noroeste, desde 2013.

Pese a lo longevo de la legislación, la Corte estudia apenas ahora una acción de inconstitucionalidad que interpuso la extinta Procuraduría General de la República (PGR) tras una reforma de Tabasco en 2016 con el argumento de que “los estados no tienen facultades para legislar en la materia”.

El debate sobre todo los alcances de la reforma se ha alargado ante los desacuerdos de los ministros y un inusual análisis de aspectos puntuales de la ley por ser una discusión inédita en el Poder Judicial.

Prejuicios de autoridades impiden legislar maternidad subrogada, y generan riesgos y abusos: GIRE

sábado, agosto 12th, 2017

Desde 1997, en México, sólo un estado contempló en su legislación los lineamientos para practicar la maternidad subrogada y 20 años después, sólo Sinaloa integró la práctica a sus leyes.

En 1997, México fue un país vanguardista al respecto, pero ahora los prejuicios de las autoridades hacia la práctica han trabado el debate que a nivel internacional continúa avanzando. Esto, lejos de frenar este tipo de contratos, los ha plagado de irregularidades, discriminación y riesgo para las mujeres gestantes, los niños y los padres intencionales.

Ciudad de México, 12 de agosto (SinEmbargo).– Si en México sólo dos entidades tienen legislación para la maternidad subrogada se debe a que las autoridades tienen miedo y prejuicios sobre este tema, lo que incluye analizar y respetar los derechos de las personas del mismo sexo, de las personas solteras y de las mujeres que quieren subrogar su vientre a cambio de un beneficio económico, comentó al respecto el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

Con motivo de la publicación del primer informe que se elabora en el país sobre la maternidad subrogada, la organización sostiene que esta una práctica que ya se realiza en el país y por lo tanto es importante reconocerla para brindar las mejores condiciones posibles, particularmente para las partes más vulnerables, que son las mujeres gestantes y los niños y niñas que nazcan de esto.

En entrevista con SinEmbargo, Isabel Fulda Graue, coordinadora de Investigación de GIRE, explicó que en México, y en Tabasco en particular, lleva permitiendo estos contratos desde 1997, por lo que el país pudo ingresar a los debates desde entonces porque incluso fue vanguardista al respecto.

Pero actualmente la legislación en el país ya no está a la altura del debate internacional y es en gran parte por el miedo de las autoridades sobre el tema y los prejuicios que existen con respecto a las personas del mismo sexo, a las personas solteras y respecto a que una mujer pueda decidir sobre su vientre.

La gestación subrogada es un contrato a través del cual una mujer acepta gestar para una persona o pareja que tiene la intención de fungir como padre(s) o madre(s) del niño producto del embarazo.

“Es un tema complejo, controversial, pero en México está plagado de prejuicios por parte de servidores públicos”, dijo Fulda Graue en entrevista con este diario digital.

En México, sólo dos entidades federativas permiten este tipo de contratos: Tabasco y Sinaloa. En ambos casos la legislación atiende temas de orden civil, pero la regulación de la gestación subrogada implica también cuestiones sanitarias, que son materia de salubridad general y, por lo tanto, competencia de la Federación.

El informe “Gestación subrogada en México. Resultados de una mala regulación” explica que la ausencia de una regulación sobre reproducción asistida en México afecta las condiciones en las que se llevan a cabo estos contratos. Mientras ésta no exista, las partes involucradas seguirán desprotegidas, vulnerables a diversas violaciones a sus derechos humanos, como el derecho a la no discriminación, el derecho a la seguridad jurídica y el derecho a la identidad.

“El Estado debe encontrar la forma de proteger a las personas que desean ser padres y madres, a las mujeres que deciden gestar para otras familias y a las niñas y niños que nacen por este tipo de acuerdos”, puede leerse en el informe que se enfoca en el caso de Tabasco.

GIRE documentó las violaciones a los derechos humanos que se están llevando a cabo principalmente después de las reformas al Código Civil que hubo en enero de 2016, que incluye un nuevo capítulo que establece más restricciones, pero no se dejó claro lo que iba a pasar con los contratos firmados antes de la nueva legislación, por lo que estas personas que quedaron en el limbo han enfrentado diferentes problemas, como la negativa a entregar actas de nacimiento a los niños que nacen de estos acuerdos y los padres son extranjeros.

“Antes se podía que padres intencionales extranjeros firmaran estos acuerdos y ahora ya no. Lo que hace Tabasco es negar el acta de nacimiento a esos bebés, lo cual es una violación a los derechos de los niños, dado que ellos nacen en México y tienen derecho al acta de nacimiento y al pasaporte. La principal violación o la más grave que hemos encontrado es hacia las mujeres gestantes, respecto a su acceso a los servicios de salud, discriminación y discriminación”, agregó Isabel Fulda.

Contó el caso de una mujer que hizo un acuerdo con un padre intencional extranjero y ahora está siendo acusada de tráfico de menores. La base de la acusación es que hizo un acuerdo de gestación subrogada con una persona extranjera, pero cuando lo hizo cuando era enteramente legal y la ley lo permitía.

A nivel nacional, la perspectiva puede ser más complicada. Fulda Graue explicó que algunos de los acuerdos se llevan de acuerdo en Tabasco conforme a la ley, pero también existen acuerdos informales que se hacen de manera clandestina en el resto del país. A veces los acuerdos se llevan a cabo en otros estados y después se transportan a los bebés ya nacidos o a las mujeres embarazadas a Villahermosa.

“La postura de GIRE es que la prohibición no sería una respuesta; es un tema que se debe legislar. Es complejo y tienen que participar diferentes autoridades para proteger los derechos de las partes y prevenir abusos, pero la prohibición no es una medida efectiva. La experiencia ha demostrado que prohibir este tipo de prácticas sólo la lleva a un mercado negro en el que las consecuencias son aún peores”, agregó.

Coahuila y Querétaro han incluido artículos en sus códigos civiles que desconocen explícitamente cualquier acuerdo de gestación subrogada y establecen que siempre se presumirá la maternidad de la mujer gestante y que no se podrá hacer válido ningún acuerdo que diga lo contrario. En el resto del país, la práctica permanece desregulada.

Una de las críticas a la reforma de Tabasco de 2016 expuestas en el informe, es que se impuso un requisito de acceso discriminatorio para participar en los contratos como la nacionalidad y la edad, y no otros como que las mujeres gestantes tengan buena salud o ver que a los niños sí los puedan cuidar sus futuros padres.

LA EVIDENCIA EN EL CASO TABASCO

“Durante décadas, el debate en torno a la gestación subrogada se ha dividido entre quienes consideran que es una práctica inherentemente deplorable y coercitiva y, por lo tanto, debe ser rechazada en todas sus formas, y quienes piensan que, si bien existen protecciones importantes a considerar para asegurar el consentimiento de las partes y evitar abusos, el respeto a los derechos humanos —en particular la agencia de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo— obliga a reconocerla y aceptarla”, explica el informe.

En todos los casos, los padres intencionales se hacen cargo al menos de los gastos relacionados con el embarazo, y es requisito que los padres intencionales sean una pareja casada o en concubinato, conformada por un hombre y una mujer.

El número de personas y parejas de otros países que viajaban a Tabasco a realizar

contratos de este tipo aumentó de manera considerable a partir de 2012 cuando India —el entonces mayor destino de gestación subrogada en el mundo— modificó su legislación para imponer restricciones a personas extranjeras y parejas del mismo sexo. Le siguió Tailandia y entonces, Tabasco se hizo destino, razón por la que los problemas con su normativa comenzaran a hacerse visibles.

De acuerdo con esa ley, parejas del mismo sexo y de nacionalidad extranjera quedan imposibilitados para participar en un contrato, así como las mujeres menores de 25 años y mayores de 40; tampoco las que hayan participado en un contrato en más de dos ocasiones.

El informe precisa que en la actualidad, el gobierno del estado de Tabasco exige requisitos integrados a partir de la reforma al código civil a las partes de contratos de gestación subrogada, suscritos antes de la publicación de la nueva legislación. Es decir, que quienes firmaron un contrato de este tipo antes de enero de 2016 encuentran obstáculos para el registro de sus hijos, por no cumplir con los nuevos requisitos. Por esta razón habría ya once niños sin actas de identidad por —supuestamente— no cumplir con los requisitos de la legislación actual.

“Lisa tiene 33 años, es casada y madre de dos hijos. Nunca firmó un contrato, pero le dijeron que la apoyarían para continuar sus estudios y conseguir trabajo, y que recibiría una compensación económica mensual de 10 mil pesos. Conoció a Eduardo, una de las personas para quien estaba gestando —residente en California— en una visita que realizó a Tabasco. [Luego] descubrieron que ella no había recibido el dinero que él había pagado mes con mes a la agencia. Ambos convinieron abandonar a la agencia y continuar con su acuerdo de manera independiente. En octubre de 2015, con siete meses de gestación, nació el niño con complicaciones respiratorias y de circulación, lo que implicó costosos cuidados especiales. El niño requería una cirugía urgente, pero Eduardo y su pareja no se hicieron cargo. Dijeron que el bebé tendría que sobrevivir por sus propias fuerzas y que sólo cuando estuviera bien de salud ellos asumirían la paternidad”, dice uno de los casos incluidos en el informe.

“El caso de Lisa refleja un patrón de ausencias y abusos en la práctica de la gestación subrogada en el país. Su historia es, en primer lugar, una de abuso por parte de una agencia que le retuvo los pagos que los padres intencionales le enviaban mes a mes al tiempo que obstaculizó su comunicación con ellos. Pero no bastó con eliminar a la agencia que actuaba como intermediaria para resolver el problema. De hecho, continuar con el embarazo mediante un acuerdo verbal con la pareja la dejó en una situación de mayor desprotección, en especial porque no existe ningún tipo de regulación internacional de la práctica: los padres intencionales pudieron simplemente abandonarla junto con el bebé y volver a su país sin ninguna consecuencia”, se agrega sobre el caso en el documento.

Al menos 16 bebés, algunos de padres extranjeros, permanecen en Tabasco sin que su identidad sea reconocida

domingo, febrero 5th, 2017

Tabasco es, junto con Sinaloa, el único de los estados mexicanos cuya legislación contempla este tipo de gestación, desde los años 90. Sin embargo, la reforma del Código Civil del 13 de enero de 2016 puso ciertos límites, dejando fuera a parejas homosexuales, solteros y extranjeros. En este contexto, al menos 16 bebés, algunos de ellos de padres españoles, estadounidenses o argentinos, permanecen en el estado sin que su identidad sea reconocida, en medio de una batalla legal desatada por los cambios en la regulación sobre maternidad subrogada.

Entre los padres que ahora están a la espera de que se les concedan las actas de nacimiento de sus bebés se encuentran personas de nacionalidad mexicana, española, estadounidense, argentina e italiana. Foto: Archivo Cuartoscuro

Por Isabel Reviejo

México, 5 feb (EFE).- Al menos 16 bebés, algunos de ellos de padres españoles, estadounidenses o argentinos, permanecen en el estado de Tabasco sin que su identidad sea reconocida, en medio de una batalla legal desatada por los cambios en la regulación sobre maternidad subrogada en esa región del sur de México.

Tabasco es, junto con Sinaloa, el único de los estados mexicanos cuya legislación contempla este tipo de gestación, desde los años 90. Sin embargo, la reforma del Código Civil del 13 de enero de 2016 puso ciertos límites, dejando fuera a parejas homosexuales, solteros y extranjeros.

Entre los padres que ahora están a la espera de que se les concedan las actas de nacimiento de sus bebés se encuentran personas de nacionalidad mexicana, española, estadounidense, argentina e italiana.

Todos firmaron contratos para el procedimiento de maternidad subrogada antes de la fecha de la reforma.

Sin embargo, al acudir al Registro Civil, a partir de finales del pasado año, se encontraron con la negativa de los funcionarios para registrar a los bebés, dado que las transferencias embrionarias se produjeron después de enero de 2016.

Los diferentes abogados que respaldan a las familias involucradas en el conflicto se han visto obligados a interponer amparos para que los bebés sean reconocidos, alegando que no se puede aplicar una ley de manera retroactiva.

Los procedimientos de amparos puede extender la espera todavía más semanas, porque no es “un trámite rápido”, dice a Efe el abogado Edgar Fragoso.

En este sentido, comenta que, entre sus clientes, los que tienen este proceso más avanzado, una pareja argentina, están citados a la audiencia del juicio de amparo a mediados de marzo.

La clave en este problema, de acuerdo con el abogado, es que a finales del año pasado “cambiaron a la directora del Registro Civil”.

La actual directora, Patricia del Carmen Osorio, “entra sin saber nada y está influenciada por el coordinador de Asuntos Jurídicos de Tabasco”, Juan José Peralta, dice Fragoso, quien señala a este funcionario como el principal opositor de que se concedan las actas de nacimiento a los bebés.

En todo esto, el abogado percibe un “tema de homofobia”, por la restricción que ha supuesto el cambio de normativa a las parejas del mismo sexo, aunque el gobierno estatal -señala- ha manejado mediáticamente el asunto centrándose a lo relativo a los extranjeros.

Las autoridades de Tabasco, con su negativa, no están teniendo en cuenta factores como que “un procedimiento de fecundación in vitro no tiene necesariamente que terminar en un embarazo”, afirma a Efe el abogado León Altamirano, especializado en los casos de maternidad subrogada.

El proceso, continúa, abarca un periodo de tiempo incierto porque está condicionado por diversas variables, como cuántos embriones resulten de la fecundación o de si estos tienen una cierta calidad para ser transferidos.

Los abogados mencionan que en mitad de este conflicto legal, las autoridades del estado dieron la orden de localizar y “asegurar” a los bebés nacidos por la figura de la maternidad subrogada tras la reforma.

Ante esto, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Tabasco “presentó un comunicado en el que dijo que no están autorizados para realizar ningún tipo de aseguramiento y no tiene derecho para dar en adopción a bebés que tienen papás”, relata Altamirano.

Un padre de origen griego pero de nacionalidad estadounidense se vio afectado por esta medida. Su bebé fue resguardado por el DIF durante aproximadamente un mes, aunque finalmente le fue devuelto esta semana.

El coste para los padres que contratan un proceso de maternidad subrogada oscila entre los 500.000 y los 700.000 pesos (entre 24.523 y 34.333 dólares), a lo que hay que sumar los gastos sanitarios que requiere la mujer en el embarazo y el parto, de acuerdo con datos del Care Surrogacy Center México.

Contratar este procedimiento en México es hasta tres veces más barato que hacerlo en el vecino Estados Unidos. EFE

Senado analiza desaparecer la maternidad subrogada en México

martes, noviembre 3rd, 2015

México, 3 Nov (Notimex).- Para prohibir la gestación por sustitución, comúnmente conocida como maternidad subrogada o vientre de alquiler, el Senado de la República analiza en comisiones una reforma a la Ley General de Salud.

La reforma presentada por la senadora Mely Romero Celis, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), tiene además los objetivos de imponer una sanción privativa de la libertad y una multa económica a las personas que la promuevan o participen en ella.

De acuerdo con la iniciativa esta práctica, que se ha extendido en varios estados del país como Tabasco, es violatoria de los derechos fundamentales de las mujeres y los niños involucrados; es una forma de explotación, que trae consigo conflictos como la explotación de mujeres; el tráfico de niñas, niños y órganos; y problemas legales.

En México, la flexibilidad de algunas legislaciones estatales, en particular las de Tabasco y Sinaloa, permiten la práctica bajo la figura de “maternidad subrogada”.

Según la senadora, esta actividad ha propiciado que el país “sea considerado como parte de un modelo de negocio global de alquiler de vientres”.

Ello, continuó, derivado de una situación legal que permite la subrogación comercial, y de la facilidad con que se puede encontrar a mujeres con altos índices de vulnerabilidad dispuestas a rentarse para mejorar su situación económica.

Romero Celis expuso que la prohibición del comercio con seres humanos mediante la explotación de mujeres con fines reproductivos es un tema que ha logrado importantes consensos entre las diversas fuerzas políticas de países como Francia, España, Alemania y Austria.

La legisladora priista dijo que está convencida de que la tendencia más protectora de los derechos humanos de las personas y, la más acorde con los dispositivos constitucionales del país, es aquella que la prohíbe.

“Un país respetuoso de la dignidad humana no puede consentir que las personas, en especial las mujeres y los niños, sean tratados como objetos y no como sujetos que necesitan protección”, abundó.

Agregó que para ello “necesitamos erradicar las prácticas que facilitan el comercio humano: desde sus modalidades más crudas, hasta las que se llevan a cabo de manera velada, como es el caso de la explotación de mujeres con fines reproductivos”.