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El SAT actualiza multas y sanciones para evitar defraudación fiscal. Aquí la LISTA

martes, diciembre 7th, 2021

Las multas fueron establecidas en el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en noviembre del año en curso.

Ciudad de México, 7 de diciembre (SinEmbargo).– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reforzará la fiscalización, el combate a la defraudación fiscal y diversos ilícitos en 2022, por medio de multas y sanciones más severas, que pueden caer hasta en la pena de cárcel.

OPERACIONES INEXISTENTES O SIMULADAS

Acorde a la nueva ley, si una factura (certificado fiscal digital o CFDI) se cancela fuera de plazo dará lugar a una multa de 5 al 10 por ciento del monto de cada factura enviada. Por ello, los CFDI solo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan, siempre y cuando el cliente acepte su cancelación.

El SAT expuso que si el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) incumple con las validaciones de los CFDI, se impondrá una multa de 10 a 20 pesos por cada CFDI; mientras que el contribuyente que expida una factura sin los complementos correspondientes será sancionado de 400 a 600 pesos por cada CFDI.

Asimismo, se reduce de 5 mil a mil pesos el monto de la factura que se puede cancelar sin aceptación del cliente.

Se sancionará cuando se utilicen para efectos fiscales Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos por un tercero, cuando las autoridades fiscales hayan determinado que estos amparan operaciones inexistentes o simuladas, debido a que el contribuyente no demostró la materialización de dichas operaciones.

ERRORES EN LA DECLARACIÓN FISCAL

Cuando el contribuyente presente errores en su situación fiscal, referida en el Artículo 32-H, será acreedor de una multa de 13 mil 490 a 134 mil 840 pesos.

MULTAS PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS

Se impondrá una multa a los funcionarios públicos que no emita la resolución a la que se refiere el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación dentro del plazo estipulado en el mismo, tal como lo advierte el Artículo 87.

DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS

Cuando el dictaminador no denuncie que algún contribuyente ha incumplido con disposiciones fiscales y aduaneras, o que ha incurrido en alguna conducta que pueda constituir un delito, se considerará como infracción.

PÉRDIDAS MAYORES A LAS REALMENTE SUFRIDAS

Se impondrá una multa a las sociedades integradoras e integradas que declaren pérdidas fiscales mayores a las que realmente sufrieron, a pesar de que haya disminuido parte de su utilidad fiscal.

El SAT apoyará a contribuyentes: devolverá saldos a favor 3 días después de la declaración 2019

martes, marzo 24th, 2020

La Prodecon además se unió a la solicitud realizada la semana pasada por contadores públicos de extender el plazo para realizar la declaración fiscal de personas físicas y morales; diferir los plazos de pago; aumentar el tiempo para la devolución del ISR. Presentó la campaña “Declara en tu casa” que permite cumplir obligaciones fiscales sin asistir a oficinas del SAT.

Ciudad de México, 24 de marzo (SinEmbargo).- Los contribuyentes tendrán apoyos en medio de la crisis sanitaria por la pandemia de COVID-19. La entrega de saldos a favor de la Declaración Anual de 2019 se dará tres días después del proceso iniciado; además, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) solicitó un plazo extra para la presentación del documento.

El año anterior la dependencia demoró 10 días en hacer la entrega de los recursos, pero el proceso se agilizó esta ocasión ante el escenario de riesgo a la salud. El plazo contemplado por la ley para realizar la devolución de los recursos es de 40 días.

“Si el 1 de abril del 2020 los contribuyentes presentan su declaración anual normal o complementaria del ejercicio 2019, el saldo a favor autorizado les será depositado el 3 de abril del 2020″, informó Prodecon.

Además solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) extender el plazo para presentar la declaración fiscal de personas físicas y morales, pero hasta ahora la entrega del informe tributario es hasta el 31 de marzo para las personas morales y para las físicas antes del 30 de abril.

“Se propuso otorgar la opción para que las personas morales paguen el impuesto que les resulte a cargo en la declaración anual hasta en seis parcialidades, sin necesidad de requerir autorización y sin la obligación de garantizar el interés fiscal, facilidad que actualmente se otorga en términos de la regla 2.14.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, exclusivamente a las personas físicas”, especificó la Profuraduría.

Otra de las medidas solicitadas fue ampliar el plazo para la devolución del Impuesto Sobre la Renta o ISR. También dividir la presentación de pagos provisionales y sus pender la fecha límite para la interposición de medios de defensa

DECLARA EN TU CASA

Con el fin de colaborar con las medidas de distanciamiento social que procuran evitar la propagación del coronavirus, la Prodecon informó que se dio inició a la campaña “Declara en tu casa”. El mecanismo tomó en cuenta la información precargada de las personas físicas que sólo deberán validarla y enviarla al SAT.

El nuevo mecanismo para entregar la declaración tributaria del ejercicio fiscal de 2019 o la complementaria de 2020 busca incentivar el uso de sus servicios remotos como el chat en línea, el correo electrónico y números de teléfono.

“La campaña se lanza tomando en consideración que la mayor parte de la información que necesitan las personas físicas ya está precargada y que sólo se requiere validarla y enviarla para cumplir con su obligación fiscal”, refirió.

PIDIERON PRÓRROGA

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó al SAT, desde el 17 de marzo, una prórroga para la entrega de la Declaración Anual 2019 específicamente para las personas morales.

“Es casi un hecho que muchas personas morales no van a poder presentar en tiempo su declaración anual. La consecuencia de esto es que la declaración sería extemporánea, tendrían que pagar actualizaciones y recargos y tal vez no tendrían la oportunidad de analizar su situación financiera que le permita tener la certeza de las cifras que presentan en su declaración anual”, dijo Diamantina Perales, presidenta del instituto.

Desde la semana pasada el gremio de contadores observó el daño que la enfermedad COVID-19 dejaría en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Para las personas físicas, el IMCP esperó que la jornada de sana distancia culmine a mediados de abril, por lo que refirió que sí se contempló solicitar una ampliación del plazo.