Pedro Mellado Rodríguez
13/08/2022 - 12:05 am
Abusos del INE y del Tribunal Electoral
En todo caso, la autoridad competente para analizar, juzgan y resolver un conflicto interno en el Poder Legislativo, si así fuera planteado, tendría que ser la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero no un Tribunal Electoral.
Hay dos instituciones públicas que reiteradamente se están excediendo en sus funciones: el Instituto Nacional Electoral que encabeza Lorenzo Córdoba Vianello y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que preside el Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.
El INE está empecinado en regular la participación y actividad política de los presuntos precandidatos presidenciales, y en particular los del partido Morena, Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard y Adán Augusto López, en un tiempo y espacio que no le corresponde, de acuerdo con lo que establecen tanto la Constitución Política de nuestro país como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Por su parte, el Tribunal Electoral se excede en sus facultades al pretender regular las decisiones que el Poder Legislativo ha tomado, en su ámbito interno, en el cual es independiente y soberano, en lo que corresponde a la integración de la Comisión Permanente, en la cual concurren diputados y senadores del Congreso de la Unión.
Veamos el primer caso.
El primer párrafo, del Apartado A, del Artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en el ejercicio de sus funciones, el Instituto Nacional Electoral debe apegarse a los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
El punto 1 del artículo 225 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales precisa que “el proceso electoral ordinario se inicia en septiembre del año previo al de la elección y concluye con el dictamen y declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.
Esto significa que el proceso electoral para elegir Presidente de la República inicia formalmente hasta septiembre del 2023.
Por su parte, el punto 3 del mismo artículo 225 señala con claridad que “la etapa de preparación de la elección se inicia con la primera sesión que el Consejo General (del INE) celebre durante la primera semana de septiembre del año previo en que deban realizarse las elecciones federales ordinarias”.
El Punto 2 del artículo 226 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales es muy específico al señalar que “durante los procesos electorales federales en que se renueven el titular del Poder Ejecutivo Federal y las dos Cámaras del Congreso de la Unión, las precampañas darán inicio en la tercera semana de noviembre del año previo al de la elección”.
Aclara además el Punto 3 del referido artículo 226 que “los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio, antes de la fecha de inicio de las precampañas; la violación a esta disposición se sancionará con la negativa de registro como precandidato”.
En seguida, el Punto 1 del Artículo 227 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales explica que “se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido”.
En este momento no hay precandidatos debidamente registrados por partido político alguno, sólo hay ciudadanos que aspiran a ser postulados a cargos de elección popular, pero en una temporalidad que no está regulada por la autoridad electoral, puesto que el proceso electoral formal 2023-2024 está todavía muy lejano y de acuerdo con la ley todavía no se ha iniciado.
Por lo tanto, las actividades que un político pueda realizar durante los fines de semana o fuera de sus horarios de trabajo en el servicio público no pueden ser reguladas, fiscalizadas o sancionadas por el Instituto Nacional Electoral, sin importar cuál sea el cargo de elección popular al que el referido ciudadano pueda aspirar.
Pero si todas estas observaciones no fueran suficientes habría que regresarnos al origen, al punto de partida, a consultar el inciso b) del artículo 3 de la Ley General de Instituciones y procedimientos Electorales en la que se advierte que para los efectos de esta Ley se entiende por “Actos Anticipados de Precampaña las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento durante el lapso que va desde el inicio del proceso electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una precandidatura”.
También, por su propia vertiente el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación está incurriendo en excesos que deberían ser frenados por una reforma constitucional que ponga límites a los magistrados.
El pasado jueves 4 de agosto del 2022 el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emplazó a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que en un máximo de tres días integrara de forma plural y representativa la Comisión Permanente, en atención a un reclamo del partido Movimiento Ciudadano que exigía un lugar en ese órgano legislativo que opera en los recesos de los periodos ordinarios de sesiones del Congreso de la Unión.
El Artículo 78 de la Constitución General de la República señala que “durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión Permanente compuesta de 37 miembros de los que 19 serán Diputados y 18 Senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de los períodos ordinarios de sesiones”.
En ninguna parte de este artículo constitucional se especifica que deban estar representadas todas las fracciones políticas de diputados y senadores, o en qué proporciones y términos deberían estar representadas. La integración de la Comisión Permanente es producto de una negociación política entre las diversas fracciones en el ámbito interno del Poder Legislativo, que es autónomo y soberano.
Ordenó el Tribunal Electoral a la Cámara de Diputados determinar qué Diputado y de qué partido dejaría de formar parte de la Comisión Permanente para que fuera relevado por un legislados de Movimiento Ciudadano.
Desde el miércoles 26 de enero del 2022 el Tribunal Electoral había resuelto que las cámaras de senadores y diputados deberían incorporar a la Comisión Permanente, a una representación del grupo de senadores independientes del denominado Grupo Plural y a un Diputado representante del partido Movimiento Ciudadano.
El exhorto del Tribunal Electoral ha sido desestimado en por lo menos cuatro ocasiones –entre enero y agosto– por las juntas de coordinación política de senadores y diputados, al considerar que los magistrados electorales se exceden y vulneran la dignidad a independencia del Poder Legislativo, al involucrarse, indebidamente, en los asuntos internos de un poder soberano.
El Artículo 99 de la Constitución del país establece que el Tribunal Electoral es la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.
Sin embargo, la organización interna y el funcionamiento del Poder Legislativo no está en su ámbito de competencia. Diputados y senadores están en ejercicio de una función pública que es totalmente ajena al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En todo caso, la autoridad competente para analizar, juzgan y resolver un conflicto interno en el Poder Legislativo, si así fuera planteado, tendría que ser la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero no un Tribunal Electoral.
El Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se están excediendo en sus funciones.
Son expresión de los últimos resabios en la integración de entidades públicas por el censurable método de cuates y cuotas que tradicionalmente se han adjudicado como botín los partidos políticos que los usan para defender privilegios e intereses.
Estas dos instituciones deben ser objeto de una minuciosa revisión, ajuste y depuración, tanto en su integración como en el alcance de las normas que los regulan y los facultan, a través de una reforma constitucional vigorosa y de fondo.
Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante más de cuatro décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace más de tres décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Es profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad jesuita de Guadalajara.
https://dev.sinembargo.mx/author/pedromellado/
Es clara la indebida intromisión del INE saltan especialmente los personajes Lorenzo Córdoba y Ciro Murayama, este instituto como tal tiene sus días contados necesitamos un órgano electoral imparcial y austero.
…» Se tenía que decir y se dijo»… Ahora, que sigue? Mientras doña olga y lord-corcholata monreal (TRAIDORES a MoReNa) sólo usan el dinero del Senado para libritos, pasear a gibran y facilitar el saqueo a las arcas públicas; la cámara de diputados tampoco hace su parte. De nada a servido tener la «mayoría» pues aparte de NADA no hacen nada. La SCJN se dedica a dejar libre a corruptos y criminales y, la CNDH a los criminales los convierte en «víctimas». México es el mundo de revés y házmereir de la democracia. Todo supone que hacer SANGRAR a México les conviene para evitar la Reforma Electoral. Limpiando ése cuchitril lleno de incompetentes, haraganes y mañosos empleados públicos del INE disminuirá la corrupción en nuestra Nación. Ya saquen a ése CORRUPTO lorenzo cordova RACISTA enquistado en el INE.
El miserable diputado plurinominal Alejandro Moreno es vengativo y no soporta ni opiniónes ni actos en su contra. alito, ya pretende eliminar, como sea, al diputado que fue electo por la ciudadanía Fernández Noroña y quien se limitó a hacer una petición al grupo de otros diputados. la venganza, además de lo corrupto y padrote de diputeibols son cualidades de alejandro moreno. Pasa la voz
El pleito está cantado: todos contra Morena, aliados y AMLO. Los cambios que está haciendo López Obrador, apoyado en su partido y otros afines, son a fondo, por lo que quienes están resultando perjudicados con ellos buscan cualquier forma de evitarlos. El estercolero en que se encontraba nuestro país, y que aún continúa, ya no era posible tolerarlo, había que terminar con él por lo que es de desearse que AMLO no desmaye y siga eliminando todo lo que por décadas ha perjudicado a México.
Que linda metáfora, llamar a nuestro país un estercolero es una ofensa para mí y para todos los mexicanos seamos del partido político. Pide una disculpa y lárgate.
Si eres del PRIANRD a lo mejor dices que con los anteriores presidentes te sentías como Alicia En El País De Las Maravillas. Hay que aprender a ver la realidad, aunque duela.
Eres más Escutia que Escutia, jajaja…
Y usted es más Trump que Trump
Un ine y un tribunal electoral de arribistas, de puestos para que los actos vandálicos en eleciones no les dieran validez, siempre y cuando vengan del prian. Son unos sinverguengas y gangsters electorales. Los consejeros y jueces del trife no cobran un sueldo, saquean al país con un sueldo que no devengan. Sacan mas de los beneficios que reciben yu todas las prestaciones que les autorizaron para ser como los changuitos «no veo, no oigo y no hablo». Son un estorbo a la democracia, son sinverguenzas y deben de sacarlos el pueblo a todas esas ratas de cuello blanco.