México

El INAI determinó que el criterio de búsqueda utilizado fue restrictivo, pues se limitó a localizar un documento titulado como el texto de la solicitud y no cualquier otro que diera cuenta del destino del dinero.

Ciudad de México, 10 de febrero (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a Petróleos Mexicanos (Pemex) dar a conocer el destino de los 50 millones de dólares que supuestamente devolvió la empresa Altos Hornos de México (AHMSA), cuyo dueño es Alonso Ancira Elizondo, esto como reparación del daño por el caso Agronitrogenados.

La Comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, recordó que, por dicho caso, el 24 de mayo de 2019, el Ministerio Público de la Federación ejerció una acción penal contra Alonso Ancira por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita; cuatro días después fue detenido en España y, en febrero de 2021, extraditado a México.

Además, destacó que «el 19 de abril del mismo año se celebró un acuerdo reparatorio, en el cual el imputado pactó cubrir a las denunciantes, por concepto de pago de la reparación del daño ocasionado con motivo del sobreprecio en la compra de la planta de fertilizantes Agronitrogendados, la cantidad de 216 millones 664 mil 40 dólares, que se cubriría en tres parcialidades, la primera de poco más de 50 millones de dólares”.

Alonso Ancira está acusado de vender a Pemex, con un sobreprecio de 500 millones de dólares, la planta inservible de fertilizantes de Agronitrogenados en 2013. Foto: Rogelio Morales, Cuartoscuro.

Ibarra Cadena señaló que, de acuerdo con el comunicado de prensa 60/2021 de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), del 23 de noviembre de 2021, Altos Hornos de México ya cumplió con ese primer pago.

En tanto, el INAI detalló en un comunicado que la persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el organismo debido a que Pemex, después de una búsqueda en la Dirección Corporativa de Finanzas y la Gerencia Jurídica Contenciosa Penal, declaró la inexistencia de la información.

En alegatos, la empresa del Estado reiteró su respuesta; sin embargo, al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Ibarra Cadena determinó que el criterio de búsqueda utilizado por la dirección corporativa fue restrictivo, pues se limitó a localizar un documento titulado como el texto de la solicitud y no cualquier otro que diera cuenta del destino de los 50 millones de dólares.

Además, señaló que dichas áreas no expusieron las razones por las cuales no cuenta con la información, ni los parámetros implementados para localizarla, por lo que se determinó que no existe certeza de que se haya hecho una búsqueda exhaustiva.

Por otro lado, se advirtió que Pemex no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes para conocer la información requerida, como la Dirección Corporativa de Administración y Servicios; la Subdirección de Presupuesto y Contabilidad; la Subdirección de Tesorería; la Subdirección de Coordinación Financiera; la Subdirección de Programación y Coordinación Operativa, y la Dirección Jurídica.

«Se constató que, si bien la Dirección Jurídica fue consultada durante la sustanciación, no se desprende el criterio de búsqueda utilizado para identificar lo requerido», añadió el INAI.

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Por lo tanto, el pleno del INAI revocó la respuesta de Pemex, a fin de que realice una nueva búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes del documento u oficio donde se precise el destino de los 50 millones de dólares que devolvió Altos Hornos de México.

Redacción/SinEmbargo

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