Economía

El SAT reiteró que con dicha propuesta se busca incorporar el RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva y protegerlos del robo de identidad. 

Ciudad de México, 3 de enero (SinEmbargo).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó este lunes que no habrá sanción para los jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), al menos que ya realicen alguna actividad económica.

“Con la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el RFC obligatorio para mayores de 18 años. La incorporación al RFC y, la obtención en conjunto de la e.firma (firma electrónica), no implica que estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna actividad económica”, expuso el SAT en un comunicado.

Además, explicó que de acuerdo con lo aprobado por el Congreso de la Unión, ningún joven será sancionado por no registrarse ante el SAT.

“Esta institución tiene muy claro que la transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá penalidades, ni multas, ni sanciones”, agregó.

El SAT reiteró que con dicha propuesta se busca incorporar el RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva y protegerlos del robo de identidad, debido a que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres.

“Al contar con su RFC y su firma electrónica, los jóvenes recibirán avisos en los medios de contacto que den de alta (correo electrónico), en caso de que su identidad haya sido utilizada por dichas empresas. Cabe mencionar que, la Secretaría de Educación Pública solicita el RFC y la firma electrónica para poder emitir las cedulas profesionales de los recién graduados y titulado”, detalló.

La dependencia explicó que con esta medida buscan asegurar la identidad fiscal de las y los jóvenes para que puedan realizar trámites y servicios comprobando su identidad digitalmente.

También aseguró que se debe verificar si los jóvenes ya estaban inscritos en el RFC si no trabajan deberán registrarse con la opción: “Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, como se lee en el portal del SAT, esto para no generar obligación fiscal.

Redacción/SinEmbargo

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