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19/10/2021 - 12:04 am

Paridad, independencia e inclusión en la Corte

«Será fundamental que se envíe una terna conformada exclusivamente por mujeres y con ello avanzar en una mayor participación política de las mujeres en el pleno de la SCJN».

Actualmente, de las y los once integrantes de la SCJN, solo tres son mujeres (27 por ciento del total). Foto: Cuartoscuro.

Por Claudia Carrasco e Itzel Checa*

El próximo 12 de diciembre, culmina la responsabilidad del Ministro José Fernando Franco González Salas, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ante lo cual, en las próximas semanas, el Presidente de la República enviará al Senado la terna con los nombres de las personas que serán propuestas para cubrir esta vacante.

En este sentido, cabe tener presente que estamos frente al cuarto proceso de designación de un o una ministra que le corresponde efectuar a este gobierno y que las ternas enviadas en las ocasiones pasadas tuvieron señalamientos respecto a los vínculos partidistas o cercanía con el poder Ejecutivo Federal de parte de sus integrantes. Por lo que, en esta ocasión será fundamental que se envíe una terna conformada exclusivamente por mujeres y con ello avanzar en una mayor participación política de las mujeres en el pleno de la SCJN, garantizar que los perfiles sean totalmente independientes y asegurar que su conformación se dé mediante un proceso abierto e incluyente.

Actualmente, de las y los once integrantes de la SCJN, solo tres son mujeres (27 por ciento del total). Por lo que, una terna conformada exclusivamente por mujeres permitirá reducir la brecha de género que se registra en el pleno del máximo órgano de justicia de nuestro país, avanzar en el acceso de las mujeres a altas responsabilidades públicas y cumplir con el principio constitucional de paridad. En este orden, la Relatoría Especial para la Independencia de Magistrados [y Magistradas] y Abogados [y Abogadas] de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) presentó recientemente un informe sobre la participación de las mujeres en la administración de la justicia, en el cual refiere la urgencia de tomar medidas para garantizar la representación de la mujer en los poderes judiciales; pues ello contribuye al logro de la igualdad de género y la incorporación de condiciones de género en la administración de justicia[1].

El artículo 95 constitucional establece que dicha terna deberá integrarse por personas que se hayan destacado por servir con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia. Por lo que, además de garantizar estos requisitos es fundamental que la #TernaDeMujeres sea equivalente entre sí y los tres perfiles sean idóneos, una característica esencial es su independencia, ser y parecer independiente. Esto implica que las personas propuestas no presenten conflictos de interés reales o potenciales, no tengan vínculos que comprometan su actuación o existan situaciones de subordinación o dependencia con otros poderes y/o actores públicos o privados. Es decir, confianza y certidumbre[2] de que al recurrir a la Corte se garantizará el derecho de acceso a la justicia de manera imparcial, sin sesgos ni presiones de fuerzas o poderes que busquen favorecerse u obtener beneficios particulares.

Una vía para materializar estos elementos es la conformación de la terna bajo un proceso abierto e inclusivo que modifique de fondo la forma discrecional cómo se han integrado las ternas para Ministro o Ministra. Distintas organizaciones de la sociedad civil y personas defensoras de derechos humanos lanzamos un llamado para que la Presidencia de la República se “allegue de información y propuestas de organizaciones, instituciones académicas, colegios y especialistas en general, sobre posibles candidaturas, su desempeño previo o respecto a la identificación de un posible conflicto de interés. Es decir, un mecanismo de preselección que proporcione elementos para formular la terna, reformular o reafirmar su decisión en aras de dotar de confianza la decisión y contar con una gama de perfiles que garanticen su independencia, autonomía e imparcialidad dentro de la SCJN. Para tal efecto, [se sugiere] que el titular de la Presidencia de la República emita una declaración dando inicio al procedimiento de formulación de la terna y establezca un plazo razonable para recibir sugerencias de posibles perfiles por parte de la sociedad civil […]. Posteriormente trasladar dicha información al Senado de la República, acompañada de la propuesta de terna.”[3]

Estamos convencidas que en la medida que el próximo proceso de designación de una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se sustente en estos tres pilares –paridad de género, independencia de los perfiles y un proceso incluyente– habremos dado un salto enorme en la forma cómo se dan estas decisiones públicas vitales para construir confianza ciudadana y fortalecer, al mismo tiempo, nuestro Estado de derecho. ¡Estemos atentas y vigilantes!

#MásMujeresEnLaCorte

#SinCuotasNiCuates

* Claudia es investigadora del Observatorio de Designaciones Públicas, e Itzel es coordinadora general del Observatorio de Designaciones Públicas (@designaciones)

[1] Organización de las Naciones Unidas (2021). Participación de la mujer en la administración de la justicia, Relatoría Especial para la Independencia de Magistrados y Abogados, disponible en línea: https://independence-judges-lawyers.org/es/reports/participacion-de-la-mujer-en-la-administracion-de-la-justicia-13-de-octubre-de-2021/

[2] De acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es indispensable que los órganos que realizan funciones jurisdiccionales sean independientes y se integren por personas que posean esta misma cualidad; dado que esto permite que la sociedad tenga certeza de que se cumplirá su derecho al debido proceso, sin presiones o interferencias. En Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2013). Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas, 2013.

[3] Ver el posicionamiento completo en: https://twitter.com/designaciones/status/1450129659165913097?s=20

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