Tag: Sergio Aguayo Quezada

16 DE marzo DE 2022

La Suprema Corte determinó que el politólogo no pagaría la condena derivada de una demanda civil presentada por el exgobernador de Coahuila.

29 DE enero DE 2020

Diputados de la Ciudad de México aprobaron un exhorto al Consejo de la Judicatura (CJF) y al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para que se investiguen los posibles conflictos de intereses que habría entre los magistrados que apoyaron la resolución contra Sergio Aguayo Quezada, politólogo mexicano. 

28 DE enero DE 2020

De acuerdo con información de Reforma, un Juez civil autorizó el embargo de propiedades de Aguayo si no cumple con el pago de 10 millones de pesos a Moreira, quien lo acusa de “daño moral” luego de haber publicado un texto en el que mencionaba que el político destilaba un «hedor corrupto».

11 DE octubre DE 2019

Sergio Aguayo Quezada, académico mexicano, tendrá que pagar 10 millones de pesos a Humberto Moreira Valdés, ex Gobernador de Coahuila, por daño moral, determinó un magistrado de la Ciudad de México. 

25 DE noviembre DE 2018

Enrique Peña Nieto, Presidente de la República, se va sin pena ni gloria. El mexiquense no estaba preparado para ser el Jefe del Ejecutivo de un país como México y la forma de hacer política al estilo Estado de México no le funcionó. No fue falta de voluntad, sino “simple y pura incapacidad”, dice en esta entrevista Sergio Aguayo Quezada, investigador de El Colegio de México.

21 DE agosto DE 2017

El periodista Sergio Aguayo Quezada compartió novedades en la demanda que el ex Gobernador de Coahuila Humberto Moreira interpuso en su contra,donde informa, que el próximo miércoles el ex priista tendrá devolver al juzgado 225 mil pesos que él pagó de fianza y de no hacerlo, solicitará su arresto.

27 DE febrero DE 2017

Además, la prueba es indispensable para que, a través de una valoración profesional, se acredite el daño que supuestamente ha sufrido Moreira con motivo de las declaraciones del demandado y al adminicular esta prueba con los demás probanzas, la misma alcanzará pleno valor probatorio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 402 y 403 del Código de Procedimientos Civiles.