La integrante de la Suprema Corte concedió una suspensión a la Fiscalía General de la República para que no esté obligada a entregar copias de la carpeta de investigación iniciada en contra de Pío López Obrador por presuntamente recibir dinero ilegal en efectivo.
Por Carlos Álvarez
Ciudad de México, 20 de abril (Zeta).– Yasmín Esquivel Mossa, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió, el 20 de abril del 2022, a la Fiscalía General de la República (FGR), una suspensión para el efecto de que no proporcione al Instituto Nacional Electoral (INE), copias de la carpeta de investigación iniciada en contra de Pío López Obrador, así como de David León Romero -exdirector general de la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC)- y el partido Morena.
A finales de enero del 2022, Ciro Murayama Rendón, miembro del Consejo General del INE, indicó que tuvo conocimiento de que la Fiscalía interpuso una controversia ante la Suprema Corte con el objetivo de no entregar la información requerida en el caso del hermano del Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Sin embargo, la suspensión que otorgó la Ministra Esquivel Mossa a la resolución dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el 23 de diciembre del 2021 -que ordenó a la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales (FEDE) dependiente de la FGR, entregar al INE el referido expediente del hermano del mandatario nacional-, se mantiene hasta que el Pleno de la SCJN resuelva el litigio de fondo.
Para ello, el INE promovió ante el TEPJF un incidente de incumplimiento de sentencia por la negativa de la FEDE de entregarle la información relacionada con los casos Pío López Obrador y de la constructora brasileña Odebrecht, que le fue solicitada en reiteradas ocasiones. Sin embargo, según la Ministra Esquivel Mossa, de entregarse la información solicitada por el INE, se vulneraría el derecho humano de protección de los datos personales.
“De no concederse la medida cautelar en los términos y para los efectos precisados, se causarían daños irreversibles, porque de otorgarse la documentación solicitada, sería imposible volver las cosas al estado en que se encontraban, permitiendo con ello que sus efectos se consumen irreparablemente. Lo que resulta contrario la naturaleza jurídica de la medida precautoria de que se trata”, estableció la Ministra Esquivel Mossa.
El INE ha solicitado la información a la FEDE a través de los oficios INE/UTF/DRN/11586/2020 e INE/UTF/DRN/4701/2021. “No es oponible el secreto ministerial para el INE en el ejercicio de sus funciones de fiscalización”, dijo, en su momento, el Magistrado presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón.