Francisco Porras Sánchez
28/09/2020 - 8:11 am
Libertad de expresión y bien público
Las recientes discusiones acerca de los alcances de la libertad de expresión del Presidente de la República, y de si ésta se puede ejercer por periodistas, intelectuales y académicos(as) críticos(as) a su gobierno cuando él los(as) insulta sistemáticamente en sus ruedas de prensa matutinas, nos han obligado a regresar a lo básico y preguntarnos acerca […]
Las recientes discusiones acerca de los alcances de la libertad de expresión del Presidente de la República, y de si ésta se puede ejercer por periodistas, intelectuales y académicos(as) críticos(as) a su gobierno cuando él los(as) insulta sistemáticamente en sus ruedas de prensa matutinas, nos han obligado a regresar a lo básico y preguntarnos acerca de la libertad de expresión como derecho humano. Los(as) más de 650 firmantes del desplegado “En defensa de la libertad de expresión” han señalado que el Presidente “utiliza un discurso permanente de estigmatización y difamación contra los que él llama sus adversarios…[que] agravia a la sociedad, degrada el lenguaje público y rebaja la tribuna presidencial de la que debería emanar un discurso tolerante”[1].
Por otro lado, la carta de apoyo al Presidente “Por la libertad, contra los privatizadores de la palabra” argumenta que el desplegado de los intelectuales es “un exhorto que supuestamente llama a defender la libertad de expresión y que es, en realidad, un llamado a amordazar al mandatario más legítimo que ha tenido México desde hace muchas décadas”[2]. Para la Secretaria de gobernación, la libertad de expresión en México “es un camino de ida y vuelta” en el que los(as) servidores(as) públicos tienen “derecho a dar respuesta a las críticas, dentro de los límites constitucionales”[3].
Las declaraciones de la Secretaria de gobernación confirman que, efectivamente, la libertad de expresión tiene límites. El artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece claramente que “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”[4]. Sin embargo, esta libertad tiene restricciones “que deberán estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para a) asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; [y] b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas”[5]. Por su parte, el artículo 6 de nuestra constitución establece que aunque “la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa” las excepciones se darán cuando haya “un ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, [se] provoque algún delito o [se] perturbe el orden público”[6].
Dicho en otras palabras, el Presidente de la república, los(as) periodistas, intelectuales, académicos(as), los(as) que apoyan al Presidente y todos(as) y cada uno(a) de nosotros(as) podemos expresar nuestras opiniones por cualquier medio, siempre y cuando no haya quebranto en los derechos de otras personas, se cometa un delito, o se afecte el bien público. Desde esta perspectiva, el Presidente podría responder como cualquier ciudadano(a) más, procurando siempre decir la verdad y evitando calumniar o acusar sin prueba -dado que eso afecta el derecho a la buena fama y al debido proceso de los(as) demás-. En general, el debate y el derecho a réplica están permitidos con la mayor libertad para todos(as), siempre y cuando se respeten estos criterios.
Sin embargo, el Presidente también es jefe de Estado. Como jefe de Estado ha jurado cumplir y hacer cumplir la constitución, reconociendo, defendiendo y promoviendo los derechos humanos de cada uno(a) de los(as) mexicanos(as), tanto de los(as) que lo critican como de los(as) que lo apoyan. Él es jefe de la organización política-administrativa que, usando las herramientas del Estado de derecho, debe proteger nuestras vidas, libertades, bienes y cultura. Desde esta perspectiva, el Presidente no es un ciudadano más, igual que nosotros(as). Él se encuentra al frente del conjunto de instituciones públicas que concentran la mayor cantidad y calidad de recursos legales, de planeación, de expertise técnica, financieros y de legitimidad política en el país, de modo que cuando “dialoga” o ejerce su “derecho de réplica” con otros(as) actores(as) e instituciones de la sociedad civil y de los mercados, despliega bienes y medios considerables -muchas veces de carácter único y dominante-. Cuando el Presidente critica o responde, genera una asimetría de poder que fácilmente avasalla, excluye o nulifica. Sin embargo, si el Presidente tiene acceso a todos estos recursos es justamente para cumplir con sus obligaciones constitucionales: situándose por encima de todos(as) los actores(as) e instituciones privados(as) y sociales, debe generar bienes públicos para todos(as).
Por esta razón, en el ejercicio de su libertad de expresión, el jefe de Estado debe situarse en un nivel cualitativamente superior que los(as) demás ciudadanos(as). No debe responder como un(a) actor(a) político(a) más, ofendido por la crítica; sino que su libertad de expresión debe fomentar entornos en los que sea posible proteger la pluralidad democrática y social que juró defender cuando tomó posesión del cargo. La lógica a seguir debería ser similar a la que encontramos entre la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y el Estado laico. Lejos de ser opuestos, el ejercicio de la libertad religiosa requiere un Estado neutral que asegure la protección de todos(as), independientemente de si se tiene una fe, se es ateo(a), o se es agnóstico(a). Los artículos 24 y 40 constitucionales son complementarios; la laicidad del Estado es garante de la protección de la gran diversidad de creencias, de las mayorías y de las minorías.
Los más de 650 periodistas, intelectuales y académicos(as) no buscan amordazar al Presidente: simplemente le piden que cumpla con sus obligaciones.
Twitter: @PorrasFrancisco / @institutomora
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[1] https://nexos.com.mx/?p=50115
[2] https://www.infobae.com/america/mexico/2020/09/20/contra-los-privatizadores-de-la-palabra-la-respuesta-a-la-carta-de-intelectuales-que-ya-tiene-mas-de-28000-firmas/
[3] https://www.eluniversal.com.mx/nacion/sanchez-cordero-libertad-de-expresion-es-camino-de-ida-y-vuelta
[4] https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/
[5] Artículo 19, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/ccpr.aspx
[6] http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf
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