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Gustavo de Hoyos Walther

15/03/2022 - 12:03 am

El #RevocaFraude

Habrá que ver los resultados de la jornada electoral para apreciar la magnitud de las consecuencias.

A partir de la presentación de la iniciativa de reforma constitucional que terminó por instituir el derecho ciudadano a la Revocación de Mandato presidencial, se han vertido diferentes argumentos, en favor y en contra, de esta figura de democracia participativa.

En este artículo no se pretende explorar o contrastar las posturas jurídicas, políticas o incluso ideológicas que se han vertido en torno a esa institución.

Me refiero ahora, a las inconsistencias que se han presentado en cuatro aspectos ligados a la Revocación de Mandato: 1. Las deficiencias de la Ley Federal de Revocación de Mandato; 2. Las disputas relacionadas con la insuficiencia presupuestal para realizar el ejercicio con estándares adecuados de confianza que ha invocado el INE; 3. El cuestionable proceso de gestión de las firmas necesarias para detonar en ejercicio revocatorio; y 4. La propaganda desplegada por funcionarios y personal del Gobierno federal, actores partidarios y estructuras oficialistas en favor de la continuidad de la gestión del Presidente.

En primer término, cabe decir que el proceso legislativo que culminó de la ley reglamentaria fue muy accidentado. Al final, el texto aprobado fue material de una acción de inconstitucionalidad promovida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por legisladores de la oposición. La resolución mayoritaria del máximo tribunal del país, por una holgada mayoría de siete votos contra cuatro, fue en el sentido de que la pregunta que se formulará para definir la Revocación de Mandato, es inconstitucional. Si no fue invalidada la norma, es en razón de la mayoría especial que se requiere de ocho votos. Pero la decisión de ilegalidad y los argumentos, está allí, para la historia. La SCNJ si invalidó otros aspectos de la legislación.

En segundo lugar, hay que destacar la disputa mediática y judicial que sostuvieron por un lado, el Presidente de la República, la presidencia de la Cámara de Diputados y después la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y por el otro, el Consejo General del INE, y que tuvo como materia de controversia, los recursos que necesitaría el árbitro electoral para organizar el proceso revocatorio, con una cobertura tal que pudiese garantizar la confiabilidad y representatividad del ejercicio. Al final, las diversas resoluciones judiciales que se emitieron, de forma adminiculada, permitieron al Gobierno federal no entregar los recursos requeridos por el INE, y a los integrantes del Consejo General del mismo, quedar a salvo de cualquier responsabilidad por la ejecución inapropiada del ejercicio revocatorio. Sin embargo, las razones que en su momento esgrimió el INE acerca de los riesgos de la realización del ejercicio de participación ciudadana, con prácticas por debajo de los estándares de confiabilidad y cobertura debida, quedaron intocadas. Habrá que ver los resultados de la jornada electoral para apreciar la magnitud de las consecuencias.

Un tercer aspecto que, sin duda, pone en tela de juicio la validez de origen del proceso de Revocación de Mandato que se llevará a cabo en abril próximo, tiene que ver con las prácticas asociadas a la gestión de las firmas de apoyo para que se detone el ejercicio de participación ciudadana. Por un lado, la Constitución establece que el impulso al proceso revocatorio debe provenir de la sociedad civil y no de los partidos políticos o entes públicos. El fraude a la ley fue grotesco, puesto que el partido en el poder hizo constituir dos asociaciones civiles (Que siga la democracia, A.C. y otra), fondeadas y organizadas por la estructura partidaria, que fue la que gestionó de principio a fin la obtención de las firmas. En paralelo, centenares de los empleados públicos llamados “Servidores de la Nación” apoyaron los trabajos de campo para el levantamiento de firmas de apoyo al proceso, tal como fue evidenciado en abundantes testimonios gráficos. Por otro lado y producto de diversas impugnaciones, el INE debió relajar el mecanismo digital (la App) determinado inicialmente para la expresión de la voluntad en favor del revocatorio. Al final, se relajó la determinación, permitiendo la obtención de apoyos al proceso, expresadas en papeletas. La consecuencia fue contundente: cientos de miles de formatos de dudosa autenticidad, con datos inconsistentes y firmas atribuidas a personas que desconocieron el otorgamiento de su consentimiento o incluso finadas.

Un cuarto elemento que afecta el espíritu y la legalidad del proceso tiene que ver con la vulneración sistemática de las normas relacionadas con el llamamiento a los electores para que participen en el proceso que ya fue convocado por el INE para realizarse el 10 de abril. Por una parte, la legislación establece que sólo corresponde a la ciudadanía la difusión de opiniones en torno a la continuidad o cesación del encargo del Presidente, y los límites que deben observase en esas prácticas. Sin embargo, la asociación ya referida que ha sido la principal promotora del ejercicio, contrató de manera inexplicada aún, centenares de carteleras en todo el país (lo que requiere de una inversión millonaria), llamando a la población a participar en la “Ratificación del Mandato” presidencial. Recientemente la Comisión de Quejas del INE ordenó el retiro de esas carteleras. Habrá que monitorear la eficacia de esa medida cautelar. Por otra parte, el Presidente de la República ha violado sistemáticamente la “veda” ordenada por la ley en el tema revocatorio. A la transgresión se sumaron después decenas de legisladores del partido en el poder, que empezaron a promover la participación de la ciudadanía para la ratificación (sic) del Presidente. El INE reaccionó con diversos apercibimientos a los senadores y diputados cuyas acciones violan las normas propias del proceso. En respuesta, la mayoría oficialista en la Cámara de Diputados -con un voto opositor unánime- aprobó de forma repentina un decreto donde se pretende establecer una interpretación laxa al alcance del concepto de propaganda electoral. Conforme a este inaudito decreto, no son considerables como propaganda electoral las expresiones de los servidores públicos, ni tampoco lo son actos como reuniones públicas, asambleas o marchas en favor de pre-candidatos, candidatos o partidos políticos, durante o después de las campañas. Por estos días conoceremos la suerte que correrá la minuta respectiva que ya se remitió al Senado, aunque es previsible que la mayoría simple, que conforma la coalición gobernante, valide este nueva inconsistencia al espíritu y la norma constitucional de Revocación de Mandato.

Aunque la historia se terminará de escribir hasta el próximo 10 de abril, ya puede concluirse que tanto en lo legislativo como en la praxis política, el ejercicio de Revocación de Mandato ha resultado decepcionante. Más allá de la opinión que se tenga sobre la conveniencia de que se haya instituido el mecanismo de participación ciudadana en la Constitución; al margen de la decisión de participar o no en la jornada electoral que se adopte por cada cual;  e incluso al margen de la postura que se tenga personalmente acerca de la gestión presidencial en sí misma, la primera experiencia del proceso revocatorio ha resultado traumático para la maduración democrática de México.

Por muchos años, la democracia mexicana tuvo que lidiar con el fantasma de fraude electoral. Fue necesario mejorar las leyes y apuntalar las instituciones democráticas. El desafío está presente de nuevo, pues el mismo fantasma antidemocrático regresó con una nueva forma: El #RevocaFraude.

Gustavo de Hoyos Walther
Abogado y empresario. Ha encabezado diversas organizaciones empresariales, comunitarias, educativas y filantrópicas. Concentra su agenda pública en el desarrollo de líderes sociales (Alternativas por México), la participación ciudadana en política (Sí por México) y el fortalecimiento del estado de derecho (Consejo Nacional de Litigio Estratégico).
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