La Secretaria Rocío Nahle ordenó a las autoridades regulatorias modificar los permisos del Sistrangas para dar prioridad al transporte de gas natural amparado bajo capacidad contratada por CFE, tanto para dicha empresa como para Petróleos Mexicanos (Pemex).
Ciudad de México, 18 de julio (SinEmbargo).- El Juez federal Juan Pablo Gómez Fierro concedió este lunes las dos primeras suspensiones definitivas contra la orden de la Secretaría de Energía (Sener) para obligar a las empresas privadas a comprar gas natural a Pemex y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Las suspensiones serán vigentes por tiempo indefinido, mientras se tramita el juicio para aclarar la legalidad de la actuación de la Sener, y benefician a la distribuidora de gas natural francesa Engie y a Tractebel Energía de Pánuco, titular de un permiso de cogeneración eléctrica en Altamira, Tamaulipas.
Además, advirtió que, de un estudio preliminar, la orden de la Sener sería violatoria de los artículos 16, 25 y 28 de la Constitución.
La Secretaria Rocío Nahle ordenó a las autoridades regulatorias modificar los permisos del Sistrangas para dar prioridad al transporte de gas natural amparado bajo capacidad contratada por CFE, tanto para dicha empresa como para Petróleos Mexicanos (Pemex).
«Si por un lado, se constriñe a los permisionarios para que acrediten el suministro de gas natural por parte de alguna de las empresas productivas del Estado, y se les obliga a contratar el servicio de transporte en cualquiera de sus modalidades en el Sistrangas con dichas empresas y, por la otra, se le otorga una ventaja competitiva a la CFE, así como a las empresas productivas del Estado, es claro que en apariencia existe una transgresión a los principios Constitucionales de competencia y libre concurrencia», agregó Gómez Fierro.
Los jueces Especializados en Competencia Económica concedieron al menos 10 suspensiones contra el oficio SENER.100/195/2022 del pasado 13 de junio, pero las notificadas hoy son las primeras definitivas, pues las demás son, por ahora, provisionales.
Las suspensiones solo benefician a las quejosas y no tienen efectos generales, por lo que solo empresas que promuevan amparos quedarán exentas de la aplicación del oficio, que todo indica será declarado inconstitucional.
Otras de las empresas que han promovido amparos y seguramente también obtendrán suspensiones definitivas son: Shell Trading, Gerdau Corsa, Tractebel Energía de Monterrey, Ternium Gas México y Compañía Comercializadora de Hidrocarburos y Gas Natural.
Ante la orden de Nahle, el Centro Nacional de Control de Gas Natural (Cenagas) notificó el 27 de junio a las empresas privadas nueve puntos de recepción específicos del Sistrangas sujetos a la directiva en favor de las empresas estatales, y les dio hasta el 13 de agosto para acreditar que ya contrataron el suministro con Pemex o CFE. Esta orden ya también quedó suspendida.
Esta misma tarde, la Sener respondió que va a interponer el recurso de revisión y va a apelar dicha resolución.
«Porque consideramos ilegal la sentencia interlocutoria dictada dentro del juicio de amparo 254/2022, 255/2022; emitida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República», detalló.
Además, expuso que el control y la planeación en materia de hidrocarburos son facultades exclusivas del Gobierno Federal a cargo de la misma Secretaría, por lo que los criterios que se emitan como parte de la política energética, son observados y coordinados en conjunto con los diferentes organismos del sector energético, tal como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.