Los reportes de tráfico aéreo mundial muestran que las cancelaciones de los vuelos decembrinos se han dado por factores climáticos, pero también por el incremento en contagios de coronavirus. Ya sea que tu aerolínea cancele o tú decidas hacerlo, aquí hay una lista de derechos con los que el consumidor cuenta en estos casos.
Ciudad de México, 29 de diciembre (SinEmbargo).- En la última semana ha surgido una ola de cancelación de vuelos impulsada por la expansión de Ómicron, la nueva variante de la COVID-19, con lo cual ya se rebasan los siete mil vuelos perdidos desde el 23 de diciembre a la fecha.
De acuerdo con el portal FlightAware.com, que monitorea el estado del tráfico aéreo en tiempo real, tan sólo el 28 de diciembre se realizaron más de 2 mil 878 cancelaciones, de las cuales, la tercera parte tuvieron como origen o destino los aeropuertos de Estados Unidos.
Sumado a las cuestiones pandémicas, varias razones meteorológicas de ventiscas y tormentas de nieve han agravado el tema de las cancelaciones en las aerolíneas.
Los aeropuertos más afectados son los asiáticos. En origen, los que más anulaciones han registrado son los de Yakarta, Pekín y Shangai, por este orden; en destino, Pekín, Yakarta y Seattle. En el registro por aerolíneas, la más damnificada ha sido China Eastern y Air China (426 y 196 cancelaciones, respectivamente).
Pese a las afectaciones y a la incertidumbre provocada por Ómicron, Estados Unidos aún no ha hecho ninguna prohibición de viajes no esenciales, luego de que los reanudara hace poco más de un mes, el 8 de noviembre. Por el contrario, las autoridades de aviación chinas limitan en la actualidad los vuelos internacionales a y desde China al 2.2 por ciento de los que había antes de la pandemia.
US skies reopen – Welcome Air France 22 from CDG to JFK ?https://t.co/ziwRPy9sqV pic.twitter.com/C7KvaOshXH
— FlightAware (@flightaware) November 8, 2021
En el caso de México no se han establecido restricciones aéreas a causa de la pandemia de COVID-19. En ese sentido, los viajeros internacionales no dejaron de ser recibidos, mientras que los viajeros mexicanos fueron condicionados a las políticas aéreas de otros países.
En general, las fiestas de Navidad y Año Nuevo se caracterizan por una mayor cantidad de tráfico aéreo debido a las reuniones entre familiares y amigos, ocasionando viajes tanto internos como hacia el exterior.
Para aquellos consumidores que han decidido hacer sus viajes por medio de transporte aéreo —ya sea a la playa, a las montañas, o hacia un nuevo destino exótico—, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) compartió una lista de derechos para que las aerolíneas respeten a sus clientes y tengan un viaje libre de preocupaciones.
ANTES Y DESPUÉS DE COMPRAR TU VUELO
Previo a realizar la compra de tu vuelo, es importante consultar los términos y condiciones de tu servicio, las cuales deberán de estar disponibles en la página de Internet de las aerolíneas y ser de fácil acceso. Al momento de adquirir tus boletos, la empresa debe de explicar de forma clara lo que incluye tu reservación y el precio que vas a pagar por la misma.
“La aerolínea no podrá realizar cargos que condicionen la compra del boleto o la contratación obligatoria de servicios adicionales”, ahondó el organismo en la Revista del Consumidor.
En caso de que quieras cancelar tu vuelo, puedes solicitar a la aerolínea la devolución de tu dinero en las 24 horas siguientes a la hora de tu compra.
Los menores de dos años pueden viajar sin ningún costo y con una carriola en vuelos nacionales, mientras que el vuelos internacionales se considera lo establecido en tratados internacionales y en la Ley de Aviación Civil.
DERECHO AL EQUIPAJE
Recientemente, la Profeco advirtió que compañías como Volaris, Aeroméxico y Viva Aerobús cobraban de manera extra el uso de un equipaje de mano en sus tarifas más básicas, lo cual estaba prohibido por Ley.
El organismo gubernamental indicó que las primeras dos aerolíneas habían hecho las modificaciones necesarias para que los pasajeros viajen con un equipaje de este tipo sin un cargo adicional, mientras que Viva Aerobús no ha cumplido con la medida.
“Puedes transportar como mínimo y sin cargo alguno 15 0 25 kg de equipaje; en caso de que decidas viajar sin equipaje, la aerolínea puede ofrecerte tarifas preferenciales”, destacó el organismo. “Asimismo, puedes transportar hasta dos piezas de equipaje de mano que en conjunto no excedan los 10 kg y cuyas dimensiones no sean mayores a 55 cm de largo, 40 cm de ancho y 25 cm de alto, siempre que su naturaleza o dimensiones no afecten la seguridad y la comodidad de los pasajeros”.
Las personas con discapacidad pueden transportar de manera gratuita cualquier instrumento que sea “inherente” a su discapacidad siempre y cuando sea para uso personal.
En el caso de que la aerolínea destruya o dañe tu equipaje de mano, tienes derecho ser indemnizado por un monto de hasta 80 UMA (equivalente a unos siete mil pesos al momento de esta publicación) y por pérdida o avería de equipaje facturado, por un monto de 150 UMA (equivalente a unos 13 mil pesos al momento de esta publicación).
SOBREVENTA Y CAMBIOS DE DESTINO
En caso de que una aerolínea venda más boletos de los asientos que tiene disponible, una práctica llamada “sobreventa”, tienes la opción de elegir entre obtener el reintegro del boleto pagado o la parte no realizada del viaje, un asiento en el primero vuelo disponible, o viajar en una fecha posterior.
Si un avión aterriza en un destino distinto al anticipado, “tienes derecho a ser trasladado por los medios de transporte mas rápidos disponibles al destino contratado”.
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VUELOS RETRASADOS Y CANCELADOS
Es común que un vuelo se retrase por diversos motivos, por lo que la Profeco ha indicado cuáles son las obligaciones de las aerolíneas según el tiempo de demora.
Cuando un vuelo tenga un retraso menor a cuatro horas, la empresa debe de informar claramente las razones por cualquier medio de comunicación electrónico o en los módulos de atención a pasajero que se encuentran en los aeropuertos. Si el retraso o demora es responsabilidad de la aerolínea, se debe de compensar de la siguiente manera:
-Si el retraso es mayor a una hora e inferior a cuatro, la aerolínea debe de proporcionar descuentos para vuelos posteriores con el mismo destino y/o alimentos, bebidas y hospedaje.
-Si el retraso es de entre dos y cuatro horas, se debe de aplicar un descuento de mínimo 7.5 por ciento del precio del boleto.
-Finalmente, si el retraso es mayor a cuatro horas, puedes elegir entre obtener el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje; un asiento en el primer vuelo disponible, así como alimentos, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o ser transportado en una fecha posterior con el mismo destino.
En el caso de elegir el reintegro o un vuelo en otra fecha, también se tiene derecho a una indemnización de mínimo el 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje. El pago de este monto debe de hacerse en los 10 días seguidos a que se presente el reclamo.
¿QUÉ HACER EN CASO DE QUE LA AEROLÍNEA NO CUMPLA?
En caso de que la aerolínea con la que se contrate el servicio no cumpla o no quiera cumplir con las políticas establecidas por la ley -es decir, tanto en el caso de la información o en las compensaciones por fallos-, el usuario puede presentar una queja correspondiente ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
La reclamación del servicio puede hacerse en el lapso de un año a partir de que ocurrió el suceso. Los casos pueden presentarse en las página de Internet de Concilianet o por medio de la línea telefónica de Conciliaexprés, en donde puedes verificar que la empresa con la que contrataste el vuelo este en la lista de «Quienes concilian«, y de ser el caso, interponer la queja y darle seguimiento.
Si la aerolínea no aparece en dicho servidor, deberás trasladarte a la oficina de Profeco más cercana y ahí interponer la queja por el servicio mal prestado.