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Carlos A. Pérez Ricart

30/11/2021 - 1:03 am

¿En qué va la demanda contra armeras en EU?

«La respuesta a la demanda por parte de las empresas y hecha pública el lunes pasado confirmó dos cosas: aunque el camino es cuesta arriba, una victoria mexicana no es inverosímil. Aquí David le puede ganar a Goliat —aunque necesitará más que una honda y una piedra para ello».

«Es la primera vez que un Gobierno extranjero hace este tipo de demanda y, por tanto, aquí el pronóstico debe ser más cauteloso». Foto: Cuartoscuro

Es un esfuerzo jurídico y político sin precedentes. La demanda mexicana contra varias compañías productoras y distribuidoras de armas en Estados Unidos es el mayor intento realizado por el Estado mexicano para detener el flujo de armas provenientes de aquel país.[1] A continuación, un recuento de lo sucedido desde el 4 de agosto, fecha en que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) presentó la demanda ante la Corte del Distrito de Massachusetts y el pasado 22 de noviembre, día en que las empresas respondieron al alegato mexicano.

Empecemos por el principio. El 4 de agosto de este año, el Gobierno de México acusó a once empresas distintas de conducirse en forma negligente al diseñar, producir, distribuir y comercializar sus armas. La negligencia con la que se conducen estas compañías —según la lógica de la demanda— facilita que todos los días se trafiquen alrededor de 600 armas de manera ilegal a México y terminen en manos del crimen organizado.

Son varios los puntos que ataca la demanda, pero pueden sintetizarse en tres áreas: diseño y producción, distribución y venta, y publicidad y comercialización. En el primer campo identifico los siguientes argumentos: a pesar de que existen tecnologías para ello, las armas no tienen dispositivos que impidan su uso por personas distintas al comprador, que faciliten su trazabilidad o impidan su fácil modificación para aumentar su poder de fuego. En el área de la distribución y venta, la crítica es que las empresas distribuyen y venden sus productos a toda tienda con licencia para vender armas, sin importar si esta ha sido investigada por haberse coludido en el pasado con traficantes. Además, toleran (e incentivan) ventas múltiples a compradores recurrentes y previsiblemente asociados a redes criminales. Esto es: saben que sus armas son parte del tráfico ilegal y no solo no les importa, abastecen precisamente a ese mercado. Por último, con relación al área de publicidad y comercialización, la demanda sugiere que los departamentos de venta de las empresas enfatizan las “características militarizadas” de las armas, y hacen uso de motivos mexicanos especialmente atractivos para usuarios al sur de la frontera. Esto solo puede significar una cosa: las compañías saben que su mercado está en México. No lo esconden. No les importa. Son negligentes.

Era previsible que el camino legal de una demanda de este calado iba a estar lleno de espinas. No es fácil ganar una demanda en Estados Unidos; mucho menos cuando se hace contra uno de los grupos de presión más grandes del mundo, con excelentes relaciones entre los congresistas de ese país y con abundantes recursos para pagar abogados. La respuesta a la demanda por parte de las empresas y hecha pública el lunes pasado confirmó dos cosas: aunque el camino es cuesta arriba, una victoria mexicana no es inverosímil. Aquí David le puede ganar a Goliat —aunque necesitará más que una honda y una piedra para ello.

¿Qué argumentan las empresas armamentistas? Muchas obviedades, algunas con mayor sentido que otras; y, sin embargo, afortunadamente, casi todas fáciles de contra replicar para la Consultoría Jurídica de la SRE. A continuación, resumo los argumentos de las empresas en cuatro puntos.

Dicen, en primer lugar, que todas las acusaciones de la demanda nacen del hecho de que son criminales quienes compran ilegalmente la armas, que son criminales quienes las introducen de manera ilegal a México y que son criminales quienes hacen uso indebido de las mismas en territorio mexicano. Todo el daño narrado en las 130 páginas de la demanda, dicen, es 100 por ciento atribuible a actividad criminal de gente que de ningún modo está relacionada con las empresas. El razonamiento es fácilmente rebatible.

Argumentan, también, que la demanda no cumple con el “umbral de evidencias suficientes” para iniciar una acción legal. Según la respuesta de las armerías, la demanda mexicana está repleta de presunciones, pero no presenta evidencias concretas que muestren responsabilidad alguna por parte de los acusados. Etiquetan la evidencia mexicana como “vaga y “llena de conjeturas”. Esto es sencillamente falso y una somera revisión a la demanda original basta para desvirtuar el argumento.

Dicen, en tercer lugar, que existe un argumento de legitimación procesal activa. Según las empresas, el Gobierno de México no solo no puede acreditar que ha sufrido directamente un daño por parte de las empresas demandadas, sino que no puede demandar. Así sin más, las empresas piden a la Corte que desestime de inicio el caso y ni siquiera entre al fondo del asunto porque México no ha probado que tiene derecho a una reparación. En este sentido presentan dos argumentos: uno tiene que ver con la larga cadena que inicia con la compra de un arma y que termina con el  acto criminal (lesión u homicidio) y otro que tiene que ver con el hecho de que México se considere víctima de crímenes cometidos en su territorio o en contra de su población. En ambos casos, el Gobierno tiene suficientes elementos para hacer frente a los razonamientos.

Por último, las empresas sostienen que la famosa ley Protection of Lawful Commerce in Arms Act (PLCAA)– hace improcedente la demanda. Esta ley —que es, en la práctica y en la teoría, inmoral y resultado de una arbitrariedad— vuelve prácticamente inmune a la industria armamentista ante demandas por daños ocasionados por sus productos. La Cancillería mexicana defiende que PLCAA no resulta aplicable para crímenes cometidos fuera de la frontera de los Estados Unidos y que, por tanto, no evita la procedencia de este litigio particular. Las distribuidoras y fabricantes de armas consideran lo contrario. Este debate, aparentemente trivial, será el mayor obstáculo que tendrá que sortear, al menos en primera instancia, la demanda mexicana. Es la primera vez que un Gobierno extranjero hace este tipo de demanda y, por tanto, aquí el pronóstico debe ser más cauteloso.

¿Qué sigue? La etapa de la “esgrima jurídica”; la etapa de los alegatos y el debate; la hora de los especialistas. Tocará esperar al próximo 31 de enero para conocer la contrarréplica del Gobierno de México a los argumentos de las armadoras y al 28 de febrero para revisar la respuesta final de las empresas demandadas; será, sin embargo, hasta mediados de 2022 en que conoceremos si la Corte Federal de Massachusetts admite o no la demanda; luego, solo mucho tiempo después, sabremos la decisión de los jueces.

La moneda está en el aire. En esta columna seguiremos su vuelo esperando, claro, que no caiga cruz. David puede ganar a Goliat. Sería un acto de justicia.


[1] Sobre el tema escribí dos artículos. Uno de ellos en este mismo espacio:

Carlos A. Pérez Ricart, ¿Movimiento audaz de la Cancillería?, Sin Embargo, 24 de agosto de 2020.

https://www.sinembargo.mx/24-08-2021/4018160

Carlos A. Pérez Ricart, Eugenio Weigend, Raúl Zepeda Gil, Luces y sombras de la demanda mexicana contra las armerías estadunidenses. Véase: https://seguridad.nexos.com.mx/luces-y-sombras-de-la-demanda-mexicana-contra-las-armerias-estadunidenses/

Carlos A. Pérez Ricart
Carlos A. Pérez Ricart es Profesor Investigador del CIDE. Es uno de los integrantes de la Comisión para el Acceso a la Verdad y el Esclarecimiento Histórico (COVeH), 1965-1990. Tiene un doctorado en Ciencias Políticas por la Universidad Libre de Berlín y una licenciatura en Relaciones Internacionales por El Colegio de México. Entre 2017 y 2020 fue docente e investigador posdoctoral en la Universidad de Oxford, Reino Unido.
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