¿La Ley de Hidrocarburos deroga la Reforma Energética de Peña Nieto? La legislación contiene una serie de cambios en la transportación, distribución, comercialización, venta y almacenamiento de combustibles que, de acuerdo con analistas y partidos de oposición, abren la puerta a la expropiación. Pero la parte de exploración y producción —actividades que violan los derechos de los pueblos por la imposición de megaproyectos— permanecen sin cambios.
Ciudad de México, 23 de abril (SinEmbargo).– «¿Es legítima una reforma cuya aprobación es producto del soborno, del cohecho y la corrupción, donde ya hay procesos penales?», dijo el Senador por Morena, Ricardo Monreal Ávila, al denunciar que la Reforma Energética de Enrique Peña Nieto fue impulsada con sobornos y moches, mientras que la nueva Ley de Hidrocarburos, acusada por la oposición y expertos de ser «expropiatoria», garantizará la soberanía energética.
Con 65 votos a favor, 47 en contra y seis abstenciones, los senadores modificaron el jueves disposiciones de la Ley de Hidrocarburos a propuesta del Presidente Andrés Manuel López Obrador, con el argumento de fortalecer a Petróleos Mexicanos (Pemex) y combatir el robo de gasolinas. Pero, ¿qué dice la nueva ley?, ¿qué cambios se hicieron respecto a la Reforma Energética de Peña Nieto? Organizaciones y analistas explicaron a SinEmbargo las implicaciones de esta legislación.
¿QUÉ CONTIENE LA LEY DE HIDROCARBUROS?
De acuerdo con lo aprobado, esta legislación garantizará la soberanía energética y fortalecerá la capacidad del Estado para asegurar “que toda persona pueda satisfacer sus necesidades energéticas en condiciones dignas. Es decir, se propiciará la disponibilidad ininterrumpida y constante de fuentes de energía a un precio asequible y ayudará a reaccionar oportunamente ante los cambios repentinos en el equilibrio entre la oferta y la demanda”, informó la bancada del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en un comunicado.
Ricardo Monreal añadió que la Ley cuenta con un marco jurídico robusto regulado en cuatro ejes rectores: almacenamiento mínimo de petrolíferos; y negativa de figura jurídica en el procedimiento de trámites de los permisos. Además prevé la revocación de permisos en caso de reincidencia en el incumplimiento de diversas disposiciones; y la suspensión de permisos por peligro inminente para la seguridad nacional.
Contrario a lo asegurado por la oposición, Monreal sostuvo que la reforma generará libre competencia económica y no habrá restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados y además mejorarán las condiciones y los presupuestos con lo que los agentes deben prestar estos servicios en beneficio del pueblo mexicano.
¿QUÉ SE MODIFICA DE LA REFORMA ENERGÉTICA?
La Reforma Energética, avalada en diciembre de 2013 y que fue presumida por años como un logro de los partidos políticos que firmaron el Pacto Por México, no fue derogada con la nueva Ley de Hidrocarburos, sólo se modificaron algunos puntos clave a propuesta del Presidente López Obrador.
«Ahora tenemos que reparar el daño en la medida de lo posible porque fue mucho el daño que se causó. En la iniciativa enviada al Congreso realizamos estas reformas secundarias que no tienen que ver con derogar la Reforma Energética, sino que es quitarle las aristas más filosas», comentó López Obrador en su conferencia matutina del pasado 29 de marzo previo a la aprobación en el Senado.
De acuerdo con Arturo Carranza, experto en temas energéticos, «la Ley de Hidrocarburos aborda toda la cadena de valor de la industria, la cual implica la exploración y producción de hidrocarburos; el proceso y producción de derivados de los hidrocarburos; transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio de derivados».
En este caso, la nueva Ley sólo modifica el transporte, almacenamiento, distribución y expendio de derivados, pero la exploración y producción permanecen igual.
Para derogar la Reforma Energética de Peña Nieto, el Presidente necesitaría enviar una nueva iniciativa al Congreso que contemple una serie de leyes complementarias.
Por ejemplo, la Reforma Energética contiene una legislación secundaria –que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de agosto de 2014– en la cual se modificaron 12 leyes existentes y se expidieron nueve nuevas, entre ellas la Ley de Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica, ambas modificadas en este sexenio.
En el caso de la Ley de Hidrocarburos, el sector empresarial y analistas consideran que los cambios que se hicieron abren la puerta a la expropiación porque permite a la Secretaría de Energía (Sener) tomar instalaciones privadas por «seguridad o interés nacional».
También faculta a la Sener y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para revocar permisos cuando «los titulares de los mismos cometan el delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos».
Es decir, a diferencia de la Reforma Energética, que daba libertad a privados en los procesos de almacenamiento y distribución, la nueva Ley de Hidrocarburos fortalece la soberanía energética y privilegia a las empresas del Estado.
¿QUÉ PERMANECE SIN CAMBIOS?
Para la Alianza Mexicana contra el Fracking, conformada por más de 40 organizaciones, la Ley de Hidrocarburos hubiera sido una oportunidad para transformar las promesas del Gobierno en hechos, pero en cambio, dijo, se presentó una Ley que sólo vela por la soberanía de Pemex y conservó las disposiciones establecidas en la Reforma Energética de Peña Nieto que promueven los intereses de las empresas petroleras nacionales y extranjeras por encima de los derechos de las poblaciones locales y comunidades afectadas por los proyectos.
“Pensamos que la reforma a la Ley de Hidrocarburos hubiera sido un momento idóneo para prohibir esta práctica, pero no fue así”, dijo en entrevista Aroa de la Fuente, integrante de la Alianza Mexicana contra el Fracking.
Itzel Silva, de la organización Fundar, explicó que los legisladores dejaron varios artículos de la Ley de Hidrocarburos vigente que violan los derechos de las comunidades, como en el que se considera a la industria como utilidad pública, por lo que las empresas, incluyendo Pemex, pueden apelar a figuras como las servidumbres legales o la ocupación o afectación superficial necesarias para la realización de sus actividades, mientras que las personas, comunidades y pueblos se verán obligados administrativa o judicialmente a ceder sus terrenos para el desarrollo de proyectos de gas y petróleo.
“La Ley de Hidrocarburos actual señala que los pueblos pueden ser obligados a permitir el uso de sus terrenos para las actividades de hidrocarburos. Esto es totalmente contrario a derechos ya reconocidos”, mencionó la abogada de Fundar.
Pero también se conservaron otras figuras como los estudios y evaluaciones de impacto social, donde dejan en manos de las empresas la realización de las evaluaciones y excluyen la participación de las comunidades afectadas.
“En la Ley de Hidrocarburos hay otras figuras que son la de Estudio de Impacto Social, que es una estimación preliminar que el Gobierno va a hacer de los impactos del territorio y señala que esta estimación es algo que se le va a dar de conocimiento a quienes estén interesados, que en este caso serían las empresas”, detalló Itzel Silva. “Esto excluye la participación de las comunidades afectadas, se les imposibilita rechazar y detener aquellos proyectos que les afectan”.
“Todo ello convierte a estos instrumentos en meros trámites y formalidades que terminan por validar megaproyectos que ya han sido impuestos, impidiendo que sean una garantía efectiva para la defensa del territorio”, advirtió la Alianza Mexicana contra el Fracking.
Uno de los artículos más polémicos de la actual Ley de Hidrocarburos, que las organizaciones de la Alianza pedían eliminar, es el número 100, el cual dice textual:
“La contraprestación, los términos y las condiciones para el uso, goce o afectación de los terrenos, bienes o derechos necesarios para realizar las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos serán negociados y acordados entre los propietarios o titulares de dichos terrenos, bienes o derechos, incluyendo derechos reales, ejidales o comunales, y los Asignatarios o Contratistas. Tratándose de propiedad privada, además podrá convenirse la adquisición.
“Lo dispuesto en el presente Capítulo será aplicable respecto de los derechos que la Constitución, las leyes y los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano, reconocen a las comunidades indígenas”, dice el artículo 100 del capítulo V de la Ley”.
Itzel Silva, de la organización Fundar, destacó que al dejarse intactos todos estos artículos que violan los derechos de los pueblos se está dando continuidad al modelo extractivista y de imposición de megaproyectos a los pueblos. “Las comunidades van a seguir defendiéndose ante estas imposiciones a través de amparos, juicios agrarios o movilizaciones. Mientras esto no se modifique se va a seguir facilitando el despojo”.
Aunado a esto, refirieron las organizaciones, la Ley de Hidrocarburos olvidó una de las promesas de campaña del Presidente Andrés Manuel López: la prohibición del fracking, una técnica para aumentar la extracción de gas y petróleo del subsuelo que provoca daños al medio ambiente y la salud.