La Cámara de Diputados avaló cambios al Código Nacional de Procedimientos Penales que aumenta las penas cuando se usen drogas contra la víctima de feminicidio, ésta sea menor de edad o sea cometido por funcionarios.
Ciudad de México, 9 de marzo (SinEmbargo).– La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales para redefinir y homologar el delito de feminicidio y las penas para quien lo cometa; se pretende que las entidades apliquen los mismos criterios avalados que aún deben ser revisados por el Senado.
La reforma establece que el delito de feminicidio se comete cuando existen antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito político del victimario en contra de la víctima.
Asimismo, cuando haya existido entre el sujeto y la víctima parentesco por consanguinidad o afinidad o una relación sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza o alguna otra que evidencia desigualdad o abuso de poder.
También cuando se determine que hubo amenazas directas o indirectas; cuando el cuerpo de la víctima sea arrojado o depositado en un lugar público y/o cuando el sujeto haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación.
? Para que en caso de feminicidio se considere que hay una razón de género cuando: existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito político, del sujeto activo en contra de la víctima, se aprobó reformar el Código Penal Federal.https://t.co/dQL8WW42HF
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) March 9, 2021
Las penas previstas se incrementarán hasta en una tercera parte si el delito es cometido previa suministración de estupefacientes o psicotrópicos para causar la inconsciencia de la víctima y también cuando ésta sea menor de edad.
La pena de prisión se aumentará hasta en una mitad si el delito es cometido por algún servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas, o por algún prestador de servicios de seguridad privada.
La reforma consigna que en la investigación de todos los hechos por los que se prive de la vida con violencia a una mujer, el Ministerio Público estará obligado a constatar si existe alguna de las razones de género establecidas en el delito de feminicidio.
En sesión semipresencial, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Decreto con 436 votos a favor, uno en contra, y cero abstenciones.
La iniciativa fue considerada de urgente resolución en votación económica, se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación.
La Diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz afirmó que el establecimiento del nuevo tipo penal es producto de un reclamo social y una respuesta institucional a las voces, que incluso, consideraron dar un paso atrás en la eliminación del término para sustituirlo por el genérico “homicidio”, como se planteó en un inicio por la Fiscalía General de la República (FGR) para considerarlo «homicidio agravado», pero que fue frenado tras las críticas de grupos feministas y legisladoras.
La morenista destacó que con la reforma planteada se busca eliminar las trabas de acceso a la justicia de las que tanto adolece el sistema, pues en la actualidad muchas de las muertes de mujeres no son investigadas como feminicidio por no tener claridad de lo que implica el término, “razón de género”.
ATAQUES CON ÁCIDO Y POLICÍA PARA ATENDER VIOLENCIA DE GÉNERO
La Cámara de Diputados aprobó también el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el que se establece que los actos que inflijan daño con sustancias corrosivas y/o tóxicas sean considerados violencia física.
Al fundamentar el dictamen, la Diputada Verónica María Sobrado Rodríguez explicó que en México los ataques con ácido han aumentado; en 2020 se registraron 14 casos. “El panorama no es alentador porque estos actos no tienen sanción en la mayoría de las entidades federativas, y de ahí la importancia de impulsar una reforma legal que contemple esta forma de violencia”.
Los legisladores también avalaron otra reforma a la misma ley pero al artículo 50, que establece que corresponde a los municipios conformar una unidad de policías especializada en la atención de víctimas de violencia contra las mujeres, la cual formará parte de las dependencias encargadas de la seguridad pública y dará seguimiento a las órdenes de protección emitidas por las autoridades.
Las tres reformas pasaron al Senado para su revisión.