La resolución determinó que el incremento de las tarifas en los porcentajes apuntados «puede poner en riesgo el desempeño» de las empresas de generación privada.
También podría ser que «los interesados en ingresar al sector para generar electricidad con fuentes renovable o cogeneración eficiente, ya no lo hagan, o que los que se encuentran operándolo abandonen sus proyectos».
Ciudad de México, 7 de julio (SinEmbargo).- El aumento de hasta el 800 por ciento en las tarifas que las plantas de generación privada deben pagar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) quedó suspendido este martes por orden de un Tribunal federal.
La suspensión provisional otorgada por el Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica detiene la decisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) en la que determinó que las empresas privadas que generen energía eléctrica deben pagar de 400 a 775 por ciento más por los servicios de transmisión.
El 26 de junio el Juez de Distrito Juan Pablo Gómez Fierro determinó negar la suspensión provisional a la empresa Eólica El Retiro, pero este martes le fue otorgada una sentencia inapelable.
El 2 de julio dos jueces federales negaron admitir a trámite los amparos interpuestos por empresas privadas que se inconformaron con la decisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) de aumentar hasta casi 800 por ciento la tarifa.
El Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, negó cinco suspensiones provisionales en esta materia en las últimas 48 horas. La resolución se basó en que los aumentos aprobados por la CRE buscan cumplir con objetivos regulatorios que, en caso de no detener los amparos, podrían verse perjudicados.
Por otro lado, el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Rodrigo de la Paeza, rechazó cinco amparos durante la semana, atribuyendo la falta de relevancia de los mismos. Central LFGE Tijuana, Central LFGE García, cogeneración de Energía Limpia de Cosoleacaque, Cogeneración de Altamira y Eólica Huimilpan fueron las empresas que tramitaron los amparos que el juzgador negó.
La CFE anunció el 10 de junio las nuevas tarifas para las centrales de generación de energía renovables o cogeneración eficiente para la transmisión por plantas privadas construidas antes de la “reforma energética”. El acuerdo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sin precisar la fecha en la que entraría en vigor.
La determinación del Tribunal otorgada esté martes se realizó «sin prejuzgar sobre las razones económicas que soportan los actos reclamados y sin desconocer la urgencia de proveer al Estado Mexicano y a sus empresas productivas los recursos para el debido desempeño de sus funciones».
El juzgador determinó que el incremento de las tarifas en los porcentajes apuntados «puede poner en riesgo el desempeño» de las empresas (en este caso El Retiro) en el mercado de las energías renovables. Además con ello una disminución en la oferta de estos bienes «con el consecuente perjuicio para la salud de la población, que puede verse privada de los beneficios de las energías limpias», determinó el Tribunal eecispalizado.
«Otro efecto que pudiera derivarse de un incremento abrupto y no progresivo en los cargos por el servicio de transmisión de energía eléctrica como el que nos ocupa, podría ser que los interesados en ingresar al sector para generar electricidad con fuentes renovable o cogeneración eficiente, ya no lo hagan, o que los que se encuentran operándolo abandonen sus proyectos», alertó la suspensión.