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Ana Cristina Ruelas

24/12/2019 - 12:03 am

El riesgo de criminalizar la expresión

Es más cómodo y mediático para las autoridades hacer cambios cosméticos que generen una falsa certeza sobre el castigo como mejor respuesta para el crimen en lugar de pensar en las causas del delito y mucho más, en este caso, en la cultura detrás del delito. Por esto, es necesario pensar en otras fórmulas jurídicas para la rendición de cuentas.

la Causa De Esta Agresión Yace En La Desigualdad Sin Embargo Para Algunos Gobiernos Ha Sido Fácil Señalar Que ésta Sólo Radica En La Internet Buscando Criminalizar La Conducta En Esta Esfera Foto Moisés Pablo Cuartoscuro

La difusión de imágenes con contenido sexual no consentidas a través de Internet es hoy una forma cruel de invasión a la privacidad. La conducta ejercida principalmente contra jóvenes y mujeres crea un impacto diferenciado que se manifiesta en una modalidad de violencia de género y debe de ser considerada como una extensión de la desigualdad dentro del espacio digital.

Esta forma de violencia nos recuerda que las acciones para promover la igualdad entre hombres y mujeres han sido insuficientes pues aún prevalece la misoginia y la discriminación. La causa de esta agresión yace en la desigualdad. Sin embargo, para algunos gobiernos ha sido fácil señalar que ésta sólo radica en la Internet buscando criminalizar la conducta en esta esfera, sin considerar que si bien ha sido el vehículo para generar nuevas formas de violencia, también  el uso de las tecnologías de información y comunicación habilita que la sociedad se exprese de manera libre y genere una interconexión con otras culturas y personas al ser un emisor para divulgar y manifestar conocimientos e información.

En este sentido, no podemos esperar que cada uno de los delitos que se encuentran tipificados en la vida física tengan que introducirse en los Códigos Penales porque se llevan a cabo en una esfera distinta. No solamente para la congruencia, economía y efectividad  procesal, sino meramente para otorgar certeza. Es decir, si existen ya delitos como el acoso, hostigamiento y extorsión, que son aplicables para la vida física ¿por qué no lo serían en la esfera digital?

También ha sido fácil porque, aún cuando existe una necesidad imperante de prevenir el daño, criminalizar la difusión de dichas imágenes con contenido sexual sin consentimiento, no resolverá el problema de la discriminación y la violencia basada en el género pero sí podría generar un daño desproporcionado a los jóvenes o a aquellos que utilizan esta herramienta como un instrumento para la expresión sexual.

Es más cómodo y mediático para las autoridades hacer cambios cosméticos que generen una falsa certeza sobre el castigo como mejor respuesta para el crimen en lugar de pensar en las causas del delito y mucho más, en este caso, en la cultura detrás del delito. Por esto, es necesario pensar en otras fórmulas jurídicas para la rendición de cuentas.

En Article 19 hemos señalado que para combatir la violencia basada en género a través del uso de la tecnología se requiere de políticas públicas integrales que consideren primordialmente procesos de alfabetización digital para niños, niñas y jóvenes, así como campañas globales que promuevan la igualdad y no discriminación. En los Principios de Candem advertimos que los problemas de la discriminación y el uso de estereotipos negativos son fenómenos socio-económicos y políticos profundamente arraigados y que su erradicación requiere de esfuerzos sostenidos y de gran alcance, incluso en las áreas de educación, diálogo social y concientización.

No obstante, en México los Congresos locales -incluido el de la Ciudad de México- ha aprobado tipos penales que no solamente son problemáticos dada la ambigüedad de su redacción y se pueden prestar a la arbitrariedad y el abuso del poder, si no que también pueden impactar de manera directa en el ejercicio de la libertad de expresión.

En muchos contextos, las restricciones a la libertad de expresión apuntan a los grupos desfavorecidos y estas restricciones socavan, en vez de promover la igualdad. En lugar de poner restricciones, es imprescindible permitir el debate abierto para poder combatir los estereotipos individuales y grupales negativos y para exponer el daño engendrado por la discriminación. Limitar el debate a asuntos meramente contenciosos no abordará las raíces sociales que son base de los prejuicios que socavan la igualdad.

Con estas reformas, lxs legisladores asumen y presumen -de acuerdo a su exposición de motivos- que se está avanzando en la igualdad entre hombres y mujeres y también en la erradicación de las violencias contra la mujer. Será interesante comprobar si más jóvenes y hombres en la cárcel logran esta motivación.

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Ana Cristina Ruelas
Ana Cristina Ruelas, colabora en la oficina regional para México y Centroamérica de ARTICLE 19. Es abogada y maestra en administración pública y políticas públicas. Se desempeño como Directora Regional y Oficial del Programa de Derecho a la Información en la misma organización y ha trabajado en organizaciones de derechos humanos en México y en Perú en temas relacionados con participación ciudadana y educación para el desarrollo.
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Ana Cristina Ruelas, colabora en la oficina regional para México y Centroamérica de ARTICLE 19. Es abogada y maestra en administración pública y políticas públicas. Se desempeño como Directora Regional y Oficial del Programa de Derecho a la Información en la misma organización y ha trabajado en organizaciones de derechos humanos en México y en Perú en temas relacionados con participación ciudadana y educación para el desarrollo.
Ana Cristina Ruelas
Ana Cristina Ruelas, colabora en la oficina regional para México y Centroamérica de ARTICLE 19. Es abogada y maestra en administración pública y políticas públicas. Se desempeño como Directora Regional y Oficial del Programa de Derecho a la Información en la misma organización y ha trabajado en organizaciones de derechos humanos en México y en Perú en temas relacionados con participación ciudadana y educación para el desarrollo.
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