La batalla que en 2015 emprendieron habitantes de comunidades de Chiapas y Puebla en contra de cuatro proyectos mineros concluyó con la suspensión de actividades de estas empresas.
En Chiapas, la Profepa sancionó a la minera Obras y proyectos Mazapa SA de CV, extractora de titanio, por carecer de autorización en materia de cambio de uso de suelo de terrenos forestales que expide la Semarnat, además de la apertura de brechas y caminos de acceso con una afectación aproximada de 5 mil 629 metros cuadrados, donde se removió suelo y vegetación forestal.
En Puebla, integrantes del pueblo Maseual (nahua) obtuvieron un amparo y protección de la justicia en contra de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila. El Juzgado le ordenó a la Secretaría de Economía dejar sin efectos las tres concesiones, llevar a cabo una consulta previa y emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.
Ciudad de México, 1 de octubre (ChiapasParalelo/SinEmbargo).– Comunidades de Chiapas y Puebla lograron frenar cuatro importantes proyectos mineros a los que venían oponiéndose desde el año 2015 por considerar que violaron sus derechos al no ser consultados cuando se otorgaron las concesiones.
Este domingo, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) suspendió de manera total las actividades del proyecto denominado: “Aprovechamiento Integral de Recursos Minerales ubicado en el Ejido Nueva Francia” del municipio de Escuintla, Chiapas.
La Profepa decidió sancionar a la empresa minera Obras y proyectos Mazapa SA de CV, extractora de titanio, por carecer de autorización en materia de cambio de uso de suelo de terrenos forestales que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), además de la apertura de brechas y caminos de acceso con una afectación aproximada de 5 mil 629 metros cuadrados, donde se removió suelo y vegetación forestal.
Desde 2015, habitantes de Nueva Francia se unieron al Frente Popular en Defensa del Soconusco (FPDS), que se mantiene en resistencia de 21 concesiones mineras promovidas por el Gobierno estatal y federal en los municipios de Acacoyagua y Escuintla.
El Frente conformado por habitantes de los dos municipios afectados se comprometieron a defender la tierra y proteger ecosistemas importantes para la biodiversidad chiapaneca como lo son: los ríos Cacaluta y Jalapa, el Bosque de Niebla de la Reserva de la Biósfera del Triunfo y de los manglares de la Encrucijada.
Los habitantes desde hace tres años han demandado la presencia de la Profepa y de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para que verificar el impacto ambiental que ocasionan cada una de estas empresas en su territorio.
A tres años de protesta, la Profepa realizó una inspección el 14 de febrero del 2018 a Nueva Francia, en la que constató que el Proyecto no cuenta con autorización en materia de cambio de uso de suelo expedida. Además, observó la afectación de aproximadamente 5 mil 629 metros cuadrados.
“Se considera hubo remoción de suelo y vegetación hubo remoción de suelo y vegetación de las especies Tepenahuaste, Laurel (Hormiguillo), Capulín (Prunus salicifolia), Chile Blanco, Castaño (Castanea sativa), Hormiguillo (Cordia alliodora) y Zacate insurgente”, indicó el comunicado.
El Proyecto consta de una superficie de 3.3 hectáreas, dentro de las cuales se llevó a cabo la apertura de brechas o caminos de acceso, con una longitud aproximada de 804 metros y un ancho promedio de 7 metros.
EN PUEBLA AMPARAN A COMUNIDADES
Integrantes del pueblo Maseual (nahua) de la Sierra Nororiental de Puebla obtuvieron un amparo y protección de la justicia en contra de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que afectan principalmente sobre los municipios de Tlatlauquietepec, Yahonoahua y Cuetzalan.
La sentencia, otorgada el pasado 26 de septiembre por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas.
De acuerdo con un comunicado difundido por el Centro Nacional de Comunicación Social AC (Cencos), en marzo del 2015 el pueblo Maseual interpuso una demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva y por mandato de la Asamblea, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.
La decisión de interponer esta demanda de amparo fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.
Después de varios años de litigio, el pueblo maseual obtuvo una sentencia favorable donde se le ordena a la Secretaría de Economía (SE): dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería; llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.
En septiembre de 2014, tres mil indígenas maseual reunidos en asamblea en la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, Puebla, ejercieron su derecho a la autonomía y encomendaron al Consejo Maseual Altepetajpianij llevar a cabo las acciones necesarias para la defensa del territorio.
Con la asesoría del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), se presentó la demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera, así como la violación de los derechos del pueblo maseual a la autodeterminación y al control de los recursos naturales por la expedición de las concesiones mineras referidas.
En la sentencia, el Juzgado reconoció tal ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo del pueblo Maseual.
Con base en el peritaje en impacto ambiental, la Jueza reconoció que la actividad minera “conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje”.
Este fallo judicial, destacó Cencos, “deja en claro que el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado y modificado, pues es imprescindible que se garantice la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables y no se interfiera con con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”.
De acuerdo con datos del Sistema Nacional sobre Economía Minera, en México operan un total de 345 mineras, de las cuales 21 son mexicanas.
Un documento de Fundar, Centro de Análisis e Investigación AC, cita cifras de la SE: hasta julio de 2016, existían en toda la República Mexicana 25 mil 178 títulos de concesiones mineras vigentes en 22 millones de hectáreas.