El comisionado de Inai destacó que el análisis oportuno de la información generada por la Sedena sobre el informe “Tlatlaya a un año: la orden fue abatir”, haría posible la evaluación adecuada del desempeño de la dependencia en las tareas de seguridad interior, “sobre todo en el contexto legislativo que se desarrolla en estos días en torno a las regulaciones de dichas funciones en el Congreso de la Unión”.
ADEMÁS
Ciudad de México, 17 de diciembre (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) dar a conocer los documentos relacionados con un mandato que permite a las tropas operar en la noche de forma masiva.
La orden se da en medio de un fuerte escrutinio público a partir de la discusión y posterior aprobación de la Ley de Seguridad Interior, que otorga facultades de seguridad pública a los elementos de la Marina y el Ejército.
En un comunicado, el Inai precisó que esta instrucción es con el fin de destacar la información generada por la Sedena con relación a las funciones de seguridad que se encuentra realizando en diferentes entidades, especialmente durante la noche y madrugada, pues es cuando se comete el mayor número de delitos.
“Dado el contexto actual, donde hemos obligado al Ejército a desarrollar funciones de seguridad pública, la transparencia y la rendición de cuentas se instituyen como herramientas fundamentales, que deberían ser apreciadas por la misma institución armada. Ya que de cumplirse a cabalidad le permitiría legitimarse ante los ciudadanos”, señaló Oscar Guerra Ford, comisionado del Inai.
Guerra Ford destacó que el análisis oportuno de la información generada por la Sedena haría posible la evaluación adecuada del desempeño de la dependencia en las tareas de seguridad interior, “sobre todo en el contexto legislativo que se desarrolla en estos días en torno a las regulaciones de dichas funciones en el Congreso de la Unión”.
De acuerdo con el comisionado, presentar el asunto ante el Pleno, el Inai localizó el informe “Tlatlaya a un año: la orden fue abatir”, emitido el 11 de junio de 2014 por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, en el que se menciona el oficio número SIIO 10582.
Oscar Guerra también citó el exhorto de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Senadores al titular de Sedena, Salvador Cienfuegos Zepeda, para que, en el ámbito de sus atribuciones, revisara y propusiera los cambios correspondientes a la normatividad militar, pues las órdenes contenidas en los documentos solicitados resultan instrucciones controvertidas que pueden incentivar la violación de derechos humanos.
La instrucción del Inai luego de que un particular solicitó todos los documentos, órdenes, oficios y anexos que contengan total o parcialmente la orden citada en el oficio SIIO 10582 o alguna variación.
La solicitud detalla que la orden contiene, entre otras, las siguientes fracciones: “Las tropas deberán operar de noche en forma masiva y en el día reducir la actividad, con el fin de abatir delincuentes en horas de oscuridad, ya que el mayor número de delitos se comete en ese horario”.
“El uso de este lenguaje resulta sumamente grave, pues el instruir abatir delincuentes se incentiva privar arbitrariamente de la vida a civiles, en el momento en que estos se consideren delincuentes, sin presunción de inocencia ni juicio previo”, resaltó el comisionado.
La Sedena argumentó al particular que realizó una búsqueda exhaustiva en el Estado Mayor de la Defensa Nacional, pero no localizó ningún documento que dé respuesta al requerimiento de información.
Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el Inai, en el que manifestó que la Sedena buscó la información requerida sólo en el Estado Mayor de la Defensa Nacional. Al analizar el caso, la Ponencia del comisionado Guerra Ford advirtió que la Sedena cumplió con el procedimiento de búsqueda al turnar la solicitud al Estado Mayor; sin embargo, omitió turnarla al 102 Batallón de Infantería, quien emitió el oficio SIIO/10582, el 11 de junio de 2014.
ADEMÁS