Diputados aprueban la Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura; la turnan al Senado

Establece que un funcionario comete delito de tortura cuando, “a fin de obtener información o una confesión, cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona”. Señala penas de hasta 20 años de prisión y multas de hasta mil días a los funcionarios que incurran en dichas prácticas.

Ciudad de México, 19 de abril (SinEmbargo).- La Cámara de Diputados aprobó la minuta del Senado que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que deroga la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura de 1991.

Con 417 votos a favor el pleno aprobó el documento y, tras rechazar varias reservas, con 315 votos se aprobó en lo particular y se devolvió al Senado para su análisis y ratificación.

El documento reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; y de las leyes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; la General del Sistema Nacional de Seguridad, y de Extradición Internacional.

En la nueva legislación se establece la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar el delito de tortura y el de tratos crueles, inhumanos y degradantes.

En su artículo 24, se explica que un funcionario comete el delito de tortura cuando, “a fin de obtener información o una confesión, cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona, cometa una conducta que sea tendiente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento y realice procedimientos médicos o científicos en un individuo sin su consentimiento, o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo”.

Plantea penas de 10 a 20 años de prisión y de 500 días a mil días de multa a los funcionarios que incurran en dicha prácticas, en tanto que un particular, podrá recibir de cuatro a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa.

La Senadora Angélica de la Peña Gómez y el Ejecutivo federal presentaron por separado iniciativas en octubre y diciembre de 2015, respectivamente, y aprobadas por el senado en abril de 2106.

 

 

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