En un mundo donde el beneficio privado se ha convertido en virtud pública y donde el beneficio social cada vez más deja de estar en el horizonte de las acciones, el sacrificio de la salud de las niñas y los niños a los intereses de las grandes corporaciones de alimentos y bebidas es un acto que se repite día a día, en todos los espacios y por todos los medios.
Como resultado de esto, México ha sido identificado como el país con el mayor índice de obesidad infantil de acuerdo a reportes de UNICEF y OMS. Los niños mexicanos viven sumergidos en un ambiente obesogénico, las elecciones más asequibles y más promovidas son las no saludables, un millón y medio de puntos de venta de Coca Cola y comida chatarra. Con uno de los mayores consumos de bebidas azucaradas y comida chatarra las niñas y los niños mexicanos se encaminan a que uno de cada dos desarrolle diabetes a lo largo de su vida.
Mónica Gónzalez Contro e Issa Luna, investigadoras del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señalan que ha existido una muy fuerte permisividad por parte del Estado para violar los derechos de la infancia en México, lo que ha tenido como consecuencia la creación del ambiente obesogénico en el que viven los niños y niñas del país. No existe un derecho de lsa padres a alimentar a sus hijos si la manera en la que lo hacen representa un riesgo a la salud, tampoco debe existir un derecho de las corporaciones de alimentos y bebidas a inducir a los niños y niñas al consumo de alimentos y bebidas no saludables. Pero si existe una obligación por parte del Estado, como expresión del contrato social, de garantizar el derecho de los niños a la salud.
El trabajo de Mónica González Contro e Issa Luna, “Los derechos de los niños y niñas en México frente al ambiente obesogénico”, expone una serie de violaciones a los derechos de la infancia mexicana que han permitido el desarrollo de la epidemia de obesidad en niños y niñas: publicidad que se aprovecha de su vulnerabilidad, ausencia de información adecuada e útil en el etiquetado de los alimentos y bebidas, abandono de la regulación de estos productos en las escuelas, entre otras circunstancias.
El libro, publicado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, expone la urgencia y necesidad de que el Estado desarrolle las estrategias necesarias para enfrentar la obesidad infantil. Estrategias que deben estar enfocadas en enfrentar la vulnerabilidad de los niños y los adolescentes, en enfrentar su preferencia de productos poco saludables y a enfrentar la intensa mercadotecnia de las corporaciones para llevarlos al consumo de alimentos no saludables.
Si hay un diseño jurídico inadecuado para proteger a los niños del ambiente obesogénico, se les puede situar en una condición de mayor vulnerabilidad. Hay que señalar que este es el caso del etiquetado frontal que se ha establecido para supuestamente combatir la obesidad y que, en realidad, lo único que puede provocar es un consumo de cantidades de azúcar que representan un riesgo a la salud. La sentencia del Juez Fernando Silva Garcia en respuesta al amparo que interpusimos señala que este etiquetado viola el derecho a la salud, el derecho a la alimentación de calidad y el derecho a la información alimentaria.
“El derecho no es neutro, y la simple igualdad formal puede conducir a radicalizar la desigualdad. El hecho de no establecer un trato jurídico distintivo a un grupo que lo requiere pone a sus integrantes en riesgo. Tal es el caso de las niñas y niños en México”, señalan González Contró y Luna, añadiendo: “El ambiente obesogénico, explican, es una de las muestras más claras de la forma en que el contexto coloca a la infancia en una condición de vulnerabilidad”.
Con un fuerte peso al análisis del impacto de la publicidad dirigida a la infancia, citando a Eduardo Bustelo, señalan que antes que un niño tenga contacto con la escuela habrá visto 30,000 avisos publicitarios, dedicando un tiempo mayor a verlos del tiempo que dedicara a completar sus estudios en la escuela secundaria. Los niños son objetos de la mercadotecnia como: 1) consumidores, cada día atienen mayor poder de compra; 2) los niños influyen cada vez más en las compras de los padres, hay publicidad de autos dirigida a ellos; y 3) los niños marcan el futuro del mercado al establecerse en ellos hábitos de consumo que pueden durar durante decenios.
Los derechos de las niñas y niños no pueden quedar sujetos a la voluntad de los padres, de los maestros, de quienes los cuidan, cuando se trata de cuestiones que pueden poner en riesgo su salud. Se trata de derechos obligatorios, de derechos superiores. El Estado, como expresión de la sociedad es la entidad que debe garantizar, por encima de todos los demás actores, los derechos de las niñas y niños.
El que continúe la publicidad de comida chatarra dirigiéndose a los niños con toda su sofisticación, por todos los medios y con una cantidad diversificada de herramientas de engaño y manipulación, es una responsabilidad de la sociedad en su expresión de Estado. La situación, el ambiente obesogénico, existe por un marco legal que lo permite, no sólo se trata de omisión, se trata de una estructura legislativa que permite actuar a intereses privados en contra de un interés colectivo, en este caso, en contra del interés superior de la infancia. La estructura da el poder a las corporaciones por encima de la población infantil, en contra de sus derechos, permite las condiciones para que sean violados sus derechos.
Lo mismo ocurre si hablamos de los alimentos en las escuelas, donde no puede prevalecer el interés comercial y económico por encima del interés de la salud de los escolares, donde los estudiantes se encuentran cautivos, fuera de la supervisión de los padres. Hay una obligación por parte de la sociedad de proteger a los escolares, de brindarles un ambiente saludable en el entorno escolar, de establecer una educación integral en la que lo que se aprende en los libros corresponda a lo que ocurre en el espacio de la institución educativa, donde la alimentación sea parte de la cultura educativa.
La información, casi única, que recibe un consumidor sobre un producto es la que viene en el etiquetado. La Organización Mundial de la Salud ha reconocido que la información en las etiquetas es incomprensible para la mayor parte de los consumidores y ha llamado a desarrollar etiquetados al frente de los productos que brinden información muy sencilla, entendible y útil para reducir el consumo de azúcares, sodio, grasas y calorías, para enfrentar la epidemia de obesidad. Es así que existe un amplio reconocimiento en que los etiquetados no son útiles. El etiquetado frontal en México, para supuestamente combatir la obesidad, debería ser entendible por los niños. La realidad es que ni los estudiantes de nutrición lo entienden, como lo demostró el estudio del INSP. El etiquetado frontal no sólo no ayuda a enfrentar la obesidad, se vuelve un obstáculo, un promotor de esta situación, un atentado contra la salud.
El Libro de Mónica González Contro, actual abogada general de la UNAM y una de las mayores expertas en la región en derechos de la infancia, y de Issa Luna, coordinadora del área de Derecho de la Información en el instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se volverá un referente en México y América Latina por el sustento que brinda al exponer los derechos de las niñas y niños que son violados por el ambiente obesogénico. Este libro, sin duda, dará herramientas muy útiles para la defensa de niñas y niños frente al ambiente obesogénico en la región de América Latina que se ha vuelto vanguardia en el impulso de políticas contra la obesidad.