La Comisión de Quejas y Denuncias del INE consideró que los tres spots de Morena en la precampaña rumbo a la gubernatura de Coahuila no violan las leyes electorales pues se cumplieron en tiempo y forma. Asimismo, rechazó la medida cautelar solicitada por el PAN contra el PRI por un spot difundido en el mismo estado, y la del Tricolor contra el Blanquiazul por un promocional en el Estado de México.
Ciudad de México, 4 de febrero (SinEmbargo).- El Instituto Nacional Electoral (INE) declaró este día improcedentes las medidas cautelares emitidas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra los spots del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en la precampaña Coahuila, en los que aparece Andrés Manuel López Obrador.
En un comunicado, el INE informó que su Comisión de Quejas y Denuncias negó las medidas cautelares solicitadas por el Tricolor con respecto a los spots denominados Gasolinazo, Precandidato Coahuila, y Gasolinazo Coahuila, en los que aparece el precandidato de Morena para la gubernatura del estado, Armando Guadiana, y el líder del partido, López Obrador.
«Al analizar el contenido de los spots denunciados se consideró que el primero de ellos es un acto consumado, pues su vigencia concluyó el pasado 28 de enero; en el segundo spot, se determinó la improcedencia, en atención a que existe pronunciamiento previo de la Comisión de Quejas y Denuncias respecto al contenido del mismo y, por lo que hace al último promocional su contenido se consideró con cobertura legal», explicó el órgano electoral.
Asimismo, se declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por la posible sobreexposición de López Obrador, «toda vez que en un análisis preliminar, ni en lo individual ni en su conjunto, se advierten elementos suficientes para justificar el dictado de dicha medida».
La Comisión de Quejas del INE también negó la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) respecto al promocional denominado Berino basta, en sus versiones de radio y televisión, difundido por el PRI en el estado de Coahuila, al considerar que no se adverte de forma preliminar el supuesto uso indebido de la pauta y la calumnia denunciada.
En otro punto, la Comisión declaró la improcedencia de las medidas cautelares propuestas por el PRI respecto de un supuesto contenido calumnioso del promocional denominado Testimonial Edomex, en sus versiones de televisión y de radio, pautados por el Blanquiazul en el Estado de México, al tratarse de actos consumados toda vez que éstos dejaron de difundirse el 25 de enero pasado.