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Darío Ramírez

05/11/2015 - 12:01 am

Censurar internet

Las casualidades en política no existen. El intento del Senador Omar Fayad (PRI) de censurar Internet no fue una inocua pifia, sino un movimiento claramente pensado y ejecutado. La iniciativa “Proyecto de decreto por el que se expide la ley federal para prevenir y sancionar los delitos informáticos” presentada por el priista refleja el espíritu […]

La Intención Del Senador y Habrá Que Determinar Si Del Pri En La Iniciativa Que Se Retiró Era Limitar Las Voces De Disenso Y La Crítica Imagen Tomada De Internet
La Intención Del Senador y Habrá Que Determinar Si Del Pri En La Iniciativa Que Se Retiró Era Limitar Las Voces De Disenso Y La Crítica Imagen Tomada De Internet

Las casualidades en política no existen. El intento del Senador Omar Fayad (PRI) de censurar Internet no fue una inocua pifia, sino un movimiento claramente pensado y ejecutado. La iniciativa “Proyecto de decreto por el que se expide la ley federal para prevenir y sancionar los delitos informáticos” presentada por el priista refleja el espíritu antidemocrático de muchas autoridades políticas. Esa iniciativa es digna de países totalitarios como Irán, Siria, Yemen y Paquistán, entre otros.

Días después de haber presentado la iniciativa, el Senador Fayad reculó al ver la polvareda que se levantó por su intento de suprimir las libertades de expresión e información en internet. Hoy, el Senador se desvive en todos los noticieros afirmando que deshecha la iniciativa y que convoca a la sociedad a redactar una nueva. Viendo el contexto que vive la libertad de expresión en el país, el intento priista no es aislado. Es decir, o el Senador peca de una ignorancia abrumadora o su iniciativa buscaba medir fuerzas y saber hasta dónde se podría llegar para limitar las libertades en Internet. No es el primer intento para censurar internet. Desde los tuiteros terroristas de Javier Duarte en Veracruz hasta la ley antimemes en Chihuahua. O la Ley Beltrones. Ya ha habido otros intentos. Y seguirá habiendo. Por eso, me resisto a creer que fue simplemente un mal cálculo político del Senador Fayad y de su grupo parlamentario. Por ello, me parece fundamental exigirle al senador una explicación sobre por qué sometió a consideración del Senado una iniciativa con tales características.

La intención del Senador —y habrá que determinar si del PRI— en la iniciativa que se retiró, era limitar las voces de disenso y la crítica. El texto es determinante para corroborar la incomodidad a la crítica, mofas y burlas contra servidores públicos. En la exposición de motivos del texto legislativo se estigmatiza y dota de carácter negativo y moral las expresiones de disenso, crítica e inconformidad para convertirlas en figuras delictivas que el Estado tiene que perseguir y sancionar con lo el castigo más severo que tiene, que es la cárcel. Un espíritu claramente antidemocrático. Incluso, señala que actividades como “[…] el periodismo digital, la publicidad y las opiniones, mensajes o elementos vertidos en redes sociales pueden derivar en menoscabos del patrimonio, la reputación, el honor o la actividad profesional de alguien”.

El contexto en que el senador presentó su iniciativa fue “La semana nacional de la ciberseguridad 2015” que se llevó a cabo del 26 al 28 de octubre. Durante esta semana, la Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), la Policía Federal (PF) y la Organización de los Estados Americanos (OEA) —sí, está leyendo usted bien, la OEA dio su venia— abordaron, con una visión policial, algunos de los principales retos que se enfrentan en el mundo digital. Por eso el Senador Fayad se sintió cómodo lanzando una iniciativa que iba de acuerdo con la perspectiva policiaca de los asistentes, sin importar la afectación que suponía para el ejercicio de un derecho fundamental como es la libertad de expresión.

Como las casualidades no existen, sirva el moribundo texto de Omar Fayad para revisar algunos puntos que pueden describir cuál es la intención detrás de controlar internet y cómo se busca su ilegal regulación:

Existe amplia evidencia que sostiene que sólo en regímenes totalitarios una expresión puede ser castigada con cárcel. Controlar internet pasa por darle al gobierno las herramientas necesarias para tener un marco jurídico penal, el cual criminaliza las formas de expresión en línea protegidas constitucional e internacionalmente, sin sujetarse a los principios limitantes en materia penal ni a los derechos humanos o a la certeza jurídica.

Es común que iniciativas de ley controvertidas tengan conceptos jurídicos vagos que atenten contra la certeza jurídica. Contrario a ésta, se busca darle una capacidad de interpretación amplia y vaga para beneficio de las autoridades. Por ejemplo, el Senador hace uso de conceptos jurídicos indeterminados e imprecisos como el de “atentar contra la seguridad pública”, empleado en el artículo 9 con el fin de darle facultades a la unidad especializada encargada de la prevención de los así denominados “delitos informáticos” para gestionar la suspensión de sitios, páginas electrónicas o de cualquier contenido que atente contra la seguridad pública. ¿Se imaginan al encargado de dicha unidad evaluando si un sitio es un atentado contra la seguridad pública? Algo peligroso, sin duda.

La iniciativa es un catálogo de delitos inventados contrarios al derecho a la información. Además de que muchos de los delitos que busca tipificar ya están en el código penal, busca agravar el delito porque la actividad o la expresión “delictiva” tiene lugar en la red. Tal es el caso de los delitos tipificados como “divulgación indebida” (art. 22), “terrorismo informático” (art. 35), “ataque cibernético” (asignado con el mismo número 35), entre los que además de criminalizar expresiones protegidas no se precisa el resultado de la acción que la torna punible. Enlistar un conjunto de verbos o acciones sin especificar el fin punible atenta contra el derecho de legalidad pero, sobre todo, devela una intención mucho más profunda que es censurar y controlar contenidos mediante la persecución del gobierno con penas de años de cárcel.

Especial atención merece la referencia al “terrorismo informático” (artículo 35). El concepto en sí mismo nos dice mucho del carácter del legislador. Esta variante del concepto de terrorismo está totalmente fuera de contexto y se traduce en un claro intento de desvirtuar las discusiones. Incluir el término terrorismo conlleva ya una posición errona para generar una discusión seria.

En todo caso, y por tratarse de un medio cuyo objetivo es restringir la libertad de expresión en internet mediante tipos penales desproporcionados e innecesarios, (es decir, una medida del Estado para limitar o restringir la libertad de expresión que se hace extensiva a las expresiones en línea), es necesario cumplir con la prueba tripartita para que las restricciones sean necesarias y proporcionales.

La tecnología es neutral. Es decir, no es ni buena ni mala. La conducta de los seres humanos la vuelve una u otra. Claramente hay conductas susceptibles de ser perseguidas en la red y es responsabilidad de la autoridad perseguirlas. Sin embargo, el ángulo para abordar dichos retos no puede partir de criminalizar expresiones que están protegidas por la constitución o los tratados internacionales ni mediante la creación de un Estado policiaco persecutor de expresiones incómodas. En otras palabras, y para reiterar lo dicho al inicio de este texto, no es casualidad la iniciativa de Fayad. Su contenido es una sonda para ver hasta dónde pueden las autoridades limitar el flujo de ideas, expresiones e información en la red.

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Darío Ramírez
Estudió Relaciones Internacionales en la Universidad Iberoamericana y Maestría en Derecho Internacional Público Internacional por la Universidad de Ámsterdam; es autor de numerosos artículos en materia de libertad de expresión, acceso a la información, medios de comunicación y derechos humanos. Ha publicado en El Universal, Emeequis y Gatopardo, entre otros lugares. Es profesor de periodismo. Trabajó en la Oficina del Alto Comisionado para Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR), en El Salvador, Honduras, Cuba, Belice, República Democrática del Congo y Angola dónde realizó trabajo humanitario, y fue el director de la organización Artículo 19.
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Estudió Relaciones Internacionales en la Universidad Iberoamericana y Maestría en Derecho Internacional Público Internacional por la Universidad de Ámsterdam; es autor de numerosos artículos en materia de libertad de expresión, acceso a la información, medios de comunicación y derechos humanos. Ha publicado en El Universal, Emeequis y Gatopardo, entre otros lugares. Es profesor de periodismo. Trabajó en la Oficina del Alto Comisionado para Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR), en El Salvador, Honduras, Cuba, Belice, República Democrática del Congo y Angola dónde realizó trabajo humanitario, y fue el director de la organización Artículo 19.
Darío Ramírez
Estudió Relaciones Internacionales en la Universidad Iberoamericana y Maestría en Derecho Internacional Público Internacional por la Universidad de Ámsterdam; es autor de numerosos artículos en materia de libertad de expresión, acceso a la información, medios de comunicación y derechos humanos. Ha publicado en El Universal, Emeequis y Gatopardo, entre otros lugares. Es profesor de periodismo. Trabajó en la Oficina del Alto Comisionado para Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR), en El Salvador, Honduras, Cuba, Belice, República Democrática del Congo y Angola dónde realizó trabajo humanitario, y fue el director de la organización Artículo 19.
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