Parlamento demanda a ex diputados de Ecuador reembolso de pagos por condena de CIDH

29/09/2015 - 9:49 pm

Quito, 29 sep (EFE).- El parlamento de Ecuador decidió hoy abrir un proceso contra varios ex diputados que en 2004 destituyeron de manera irregular a jueces del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema de entonces, con el que se busca que le reembolsen al Estado lo pagado en indemnizaciones ordenadas por la CorteIDH en ese caso.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Costa Rica, declaró en 2013 que se violaron los derechos de los jueces destituidos y condenó a Ecuador a pagar algo más de 14.5 millones de dólares en indemnizaciones a los afectados.

Con el voto de 76 legisladores, de 83 presentes, la Asamblea Nacional (parlamento) aprobó hoy el llamado proceso de «repetición», que constituye un mecanismo por el que el Estado busca la devolución de lo que ha pagado como consecuencia de haber sido condenado por acciones dolosas o de culpa grave por parte de servidores públicos.

El caso se remonta al año 2004, cuando varios exdiputados decidieron declarar el cese de la Corte Constitucional y de la Suprema, para dar paso a otros jueces afines al entonces presidente, Lucio Gutiérrez, un político populista que ahora se ubica en la oposición.

Debido a que la CIDH condenó al Estado por un caso suscitado hace once años, la Asamblea Nacional debatió hoy un informe de su Comisión de Justicia sobre la aplicación del recurso de «repetición».

La decisión de la Asamblea establece que sea la Procuraduría General (defensa legal) la que presente ante los tribunales competentes la demanda de «repetición» correspondiente, «con la finalidad de garantizar la defensa de los intereses del Estado», precisa un comunicado del foro parlamentario.

De su lado, el presidente de la Comisión de Justicia de la Asamblea, el oficialista Mauro Andino, indicó que la investigación efectuada por su organismo identificó a los exdiputados presuntamente involucrados en el proceso.

Andino, durante el debate, dijo que el organismo que debe determinar los grados de responsabilidad y los valores que se deben reembolsar al Estado en el proceso de «repetición», es el Tribunal Contencioso Administrativo.

Recordó que la norma constitucional de su país establece que el Estado y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de sus servicios.

Andino precisó que ejercer el derecho de repetición es una obligación prevista en la Constitución y subrayó que la sentencia de la CIDH es «incontrovertible, no se discute si su contenido es o no el correcto».

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Redacción/SinEmbargo
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