Ciudad de México, 19 de marzo (SinEmbargo).– La Ley General de Transparencia favorece el ocultamiento de datos sensibles para la ciudadanía, como ha sido la constante en el sexenio del Presidente Enrique Peña Nieto, acusaron legisladores de los partidos del Trabajo (PT), de la Revolución Democrática (PRD) y de Acción Nacional (PAN). A pesar de que contiene avances respecto a la apertura de información, también amplía las causales para clasificar información como restringida, pone un velo en materia de seguridad pública y fortalece las atribuciones de la Consejería Jurídica de la Presidencia para impugnar las resoluciones de los órganos garantes, denunciaron.
Hace una década, la Ley de Acceso a la Información mantuvo a México a la vanguardia en Latinoamérica en los temas de apertura en información pública. Hoy se trata de una norma ambigua, llena de candados y que se somete a la voluntad de los actores políticos para que funcione.
En días recientes la Presidencia ha dejado ver el alcance de su voluntad política ante el escrutinio público, como se ha visto tras la apertura de información relativa al conflicto de interés que rodea la compra de la “casa blanca” de Angélica Rivera Hurtado, esposa del Presidente Peña.
Senadores de todos los grupos parlamentarios reconocieron numerosos avances en la Ley General de Transparencia, la mayoría sobre temas en los que nadie podría estar en desacuerdo, por ejemplo incluir como sujetos obligados de transparencia a los partidos políticos, sindicatos, fideicomisos y fondos públicos, así como personas físicas o morales que reciban recursos públicos.
Además la Ley estipula alrededor de 50 obligaciones de transparencia, entre ellas informar sobre directorio de servidores públicos, su remuneración, resultados de sus evaluaciones de desempeño.
Sin embargo, algunas disposiciones de la nueva ley mantienen las mismas restricciones de hoy. por ejemplo se obliga la publicidad de las declaraciones patrimoniales, siempre y cuando así lo determinen los propios servidores públicos de forma voluntaria.
Entre los principales riesgos detectados en la nueva norma por la organización internacional Artículo 19 se encuentra el que el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) no podrá determinar la apertura de información relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad o la posibilidad de que los sujetos obligados justifiquen la reserva de información con el argumento de que ésta atenta contra la seguridad nacional o la seguridad pública.
“Desde el inicio de una averiguación previa, de una queja ante la comisión nacional de derechos humanos o, del inicio de cualquier procedimiento, la información debiera ser pública en esos supuestos. La ambigüedad e indefinición de la norma permitirá que las autoridades sigan, como hasta ahora, escamoteando la transparencia en esta materia”, afirmó el Senador Manuel Bartlett Díaz.
Este tipo de alertas provocó que el petista votara en contra de la nueva ley, a pesar de ésta que fue festinada por 110 legisladores.
Bartlett señaló que la transparencia no está garantizada desde la raíz, ya que los titulares de los órganos garantes, incluyendo al IFAI, son designados respondiendo al esquema de reparto de cuotas entre los partidos mayoritarios. Lo cual pone en tela de juicio su independencia o su imparcialidad.
“Los órganos garantes están partidocratizados. Esos titulares son secuestrados por la voluntad de los partidos hegemónicos y del Ejecutivo. Son una oligarquía institucionalizada”, afirmó.
Apuntó que la Ley queda muy distante y lejos de los principios que se contienen en los tratados suscritos por México que exigen un derecho a la información amplísimo, y esta propuesta de Ley se queda corta.
OPACIDAD CON PRETEXTO DE SEGURIDAD NACIONAL
El artículo sexto constitucional establece que “Toda la información […], es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.”
Sin embargo, en la redacción del artículo 113 de la Ley General de Transparencia se va más allá y agrega que podrá clasificarse como información reservada la “Seguridad Pública” y la “Defensa Nacional”, además de la “Seguridad Nacional”.
Establece que como información reservada podrá clasificarse aquella cuya publicación: comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional y cuente con un propósito genuino y un efecto demostrable.
El problema que preocupa a organizaciones de la sociedad civil no es que exista la reserva sobre temas delicados para la seguridad de los mexicanos, sino que este sirva de pretexto para ocultar datos que sean de interés público.
En el artículo 189 de la Ley de Transparencia se faculta al Consejero Jurídico del Gobierno Federal a interponer recurso de revisión en materia de seguridad nacional directamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando considere que las resoluciones emitidas por el Instituto ponen en peligro la seguridad nacional.
En esos casos la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinará de inmediato la suspensión de la ejecución de la resolución y dentro de los cinco días siguientes a la interposición del recurso resolverá sobre su admisión o improcedencia.
“La posibilidad prevista en la ley [artículos 189 y siguientes] para que el Consejero Jurídico del Gobierno Federal interponga el recurso de revisión en materia de seguridad nacional concede al Ejecutivo un instrumento muy poderoso para anular los efectos de la ley en asuntos de trascendencia”, advirtió el Senador Manuel Bartlett, coordinador del Partido del Trabajo.
ELIMINA GARANTÍAS PARA INFORMANTES
A unos días de que surgiera la iniciativa para crear México Leaks una plataforma independiente de denuncia ciudadana para revelar información de interés público, el Senado aprobó una Ley General de Transparencia que elimina la protección para informantes que divulguen información sensible en aras del beneficio de todos los mexicanos.
Los senadores eliminaron en su totalidad el artículo 214 de la iniciativa de diciembre planteada por académicos y organizaciones civiles, para ofrecer garantías a quienes revelaran información de interés público. A la letra, el texto decía:
«No podrán ser sancionados o perseguidos en términos de ésta ley, los servidores públicos o los miembros de los fideicomisos o fondos públicos, sindicatos, partidos políticos o a la persona física o moral responsable, por la divulgación de información clasificada como reservada, cuando actuando de buena fe, revele información sobre violaciones del ordenamiento jurídico, casos graves de corrupción, la existencia de una amenaza grave para la salud, la seguridad, o el medio ambiente, violaciones de derechos humanos o del derecho internacional humanitario».
Para determinar la responsabilidad del servidor público denunciante, el organismo garante, en coordinación con la autoridad competente, deberán determinar el estado de necesidad y se deberá ponderar la proporcionalidad entre el beneficio social y el daño inminente, presente, probable y específico que genera la publicidad de la información.
Pese a los avances en la lucha contra la corrupción alcanzados en la Ley General de Transparencia, el Senador Zoé Robledo del Partido de la Revolución Democrática (PRD), lamentó que no se garantizara protección para los Whistleblowers (voz inglesa que se traduce como alertador, lazador de alerta o revelador de datos).
Zoé Robledo señaló que México necesita ciudadanos informantes “necesita de Whistleblowers, estos servidores públicos o miembros de fideicomisos, o de fondos públicos, o integrantes de partidos políticos, o de sindicatos que divulgan información de interés público que fue reservada de manera incorrecta”.
El Senador Robledo explicó que su preocupación fue compartida por el relator especial de las Naciones Unidas a través de una carta enviada al Senado de la República. En este sentido lamentó que desafortunadamente la Ley no respalde a estos ciudadanos para que den información y que sea a través de la plataforma México Leaks donde estos informantes mantengan el anonimato para realizar su acción.
EN CASA DEL HERRERO, ASADOR DE PALO
El Senador Javier Corral del Partido Acción Nacional (PAN), había alertado en SinEmbargo que la nueva ley no obliga al Congreso a detallar el ejercicio presupuestal y de gasto de los grupos parlamentarios. “Los principales órganos de dirección del Congreso y los grupos parlamentarios no detallan sus erogaciones y no sólo eso: no hay la debida comprobación”, afirmó.
Ante la crítica, los senadores avalaron un adenda para agregar un artículo décimo tercero transitorio para que “cada Cámara del Congreso de la Unión aprobará a más tardar el 30 de agosto de 2015, un programa de Reorganización Administrativa que deberá comprender al menos las normas y criterios para la homologación programática, presupuestal, contable y organizacional de los grupos parlamentarios, las obligaciones de las Cámaras y de los Grupos Parlamentarios en cuanto a sujetos obligados respecto a los recursos que a través de éstos se asignan a legisladores, el tratamiento fiscal y presupuestal y de los ingresos, prestaciones, apoyos y recursos en dinero o en especie que reciban los legisladores para realizar la función legislativa y de gestión”.
Además se deberá incluir el régimen laboral del personal adscrito a los Grupos Parlamentarios, las Comisiones y los legisladores, así como las reglas relativas al uso, custodia, administración y disposición de los recursos públicos que no tengan la condición de dietas o contraprestaciones laborales, incluidas las relativas a las modalidades de acceso.
A pesar de que esto es un avance en materia de transparencia, el mismo artículo transitorio remata “las obligaciones genéricas y específicas que corresponden a las Cámaras del Congreso de la Unión, se harán efectivas conforme se implementen los programas de reorganización administrativa”.
El Senador Corral se refirió así al remate del transitorio “esto es: pues puede ser un año, dos años, tres años o nunca. Esto, sostengo, no prestigia al Congreso y no termina por acabar el trabajo de los dictaminadores”.
Aunque el Senador Corral votó a favor de la nueva Ley, aunque afirmó que este es un pendiente que le queda a los legisladores, a las organizaciones y a la sociedad en su conjunto para obligar a que el Congreso no sea una zona de excepción, una zona de impunidad jurídica en materia de obligaciones de transparencia.