México, 12 Sep. (Notimex).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el registro de Fernanda Caso Prado como candidata a la Secretaría de Acción Juvenil del PAN para el periodo 2013-2016, debido a que incumple con los requisitos para contender por ese cargo.
En sesión pública, los magistrados resolvieron el juicio de protección de los derechos políticos-electorales del también aspirante Everardo Padilla Camacho, quien argumentó que Caso Prado cumplirá hasta el 19 de octubre los tres años que establece la norma panista para contender por el liderazgo juvenil.
El pleno del tribunal determinó que estos requisitos son exigibles desde el momento en que se efectuó el registro, por lo que rechazó por mayoría de votos la propuesta de la magistrada María del Carmen Alanís.
Alanís Figueroa había propuesto potenciar el derecho de afiliación, esto es tomar en cuenta los cinco años, un mes y cinco días que tiene la aspirante.
Lo anterior dado que el 19 de octubre de 2010 Caso Prado fue dada de alta como miembro activo y a partir del 17 de julio de 2008 es adherente panista.
Por mayoría de votos, cuatro contra tres, los miembros del TEPJF consideraron que la aspirante panista incumple por un día el requisito de contar con tres años como militante activo del PAN, y con 21 días con relación al día de la 10 Asamblea Nacional Juvenil, prevista para el 28 de septiembre.
Padilla Camacho denunció que su contendiente infringe la reglamentación interna, razón por la que presentó su denuncia ante la Oficialía de Partes del Partido Acción Nacional (PAN), quien a su vez la remitió al Tribunal Electoral federal.
Con el rechazo del registro de Caso Prado, la contienda se centrará en dos candidatos: Everardo Padilla Camacho y Felipe de Jesús Rodríguez Salazar.
De acuerdo con el reglamento de Acción Juvenil en su Artículo 22 primera fracción, para poder ser candidato a dirigir este sector se debe acreditar que se es miembro del partido con una antigüedad de tres años.