México

Baja California Sur se convirtió en el noveno estado en despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 12 de gestación.

Ciudad de México, 2 de junio (SinEmbargo).– Con 16 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, el Congreso de Baja California Sur reformó el Código Penal estatal y la Ley de Salud para garantizar el acceso a servicios de interrupción legal y voluntaria del embarazo hasta la doceava semana de gestación.

Además, se incluyeron cinco causales en las que mujeres y personas gestantes podrán acceder al aborto sin importar el periodo de gestación, entre ellas: si las autoridades negaron la ILE durante las primeras 12 semanas, si el embarazo es resultado de una violación o inseminación artificial no consentida, cuando éste provoque un peligro de muerte o afectación grave a la salud de la madre o persona gestante, cuando el producto presente daños físicos o mentales, o si el aborto es producto de una conducta culposa.

Colectivas feministas celebraron la votación de los legisladores locales, quienes este jueves discutieron la iniciativa ciudadana de Mónica Jasis Silberg, de la asociación civil Centro Mujeres.

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Durante la sesión plenaria, diputadas y diputados hicieron énfasis en la necesidad de garantizar el aborto como una forma de combatir la injusticia social y de reconocer plenamente el derecho a la salud.

“Las mujeres mueren en abortos clandestinos, hay mujeres encarceladas por abortar y las mujeres en desventaja social son quienes más sufren las consecuencias de un andamiaje jurídico que no faculta a las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo”, destacó la Diputada María Guadalupe Moreno Higuera.

En su turno, la legisladora Eufrocina López Velasco recordó que no todas las mujeres y personas gestantes tienen las mismas posibilidades para prevenir embarazos, además de que el aborto puede ser la única opción a la que algunas tienen acceso en caso de violación.

Las reformas a la Ley de Salud contempla que las instituciones de salud deberán de garantizar en todo momento la presencia de personal médico profesional y de enfermería que no sea objetor de conciencia para que se puedan brindar los servicios de interrupción del embarazo, además que el personal de salud no podrá recurrir a la objeción de conciencia cuando su ejercicio ponga en riesgo la vida de la paciente.

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Las personas que así lo soliciten podrán acceder al procedimiento de interrupción del embarazo en un término no mayor a cinco días a partir de que presente la solicitud ante las instalaciones de salud, y este servicio deberá de ser gratuito, de calidad, e integral, pues deberá cubrir también servicios de consejería médica, psicológica, social, y planificación familiar.

A la fecha, nueve estados han aprobado la interrupción voluntaria del embarazo, incluyendo Baja California Sur. Las demás entidades son: Ciudad de México (2007), Oaxaca (2019), Veracruz (2021), Hidalgo (2021), Baja California (2021), Colima (2021), Sinaloa (2022) y Guerrero (2022).

Redacción/SinEmbargo

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