Partidos políticos tienen prohibido promover la Revocación de Mandato: INE
PorRedacción/SinEmbargo
08/02/2022 - 6:05 am
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A partir del 4 de febrero hasta el 10 de abril, estará prohibida la difusión de propaganda gubernamental —a excepción de temas de salud, educación y protección civil— en todos los niveles de Gobierno, aplicado en los tres poderes de dichas órdenes y en todo el territorio nacional.
Ciudad de México, 8 de febrero (SinEmbargo).- El Instituto Nacional Electoral (INE) informó que el pasado 4 de febrero entró en vigor la prohibición de difundir propaganda gubernamental, la cual culminará el próximo 10 de abril, fecha en que se llevará a cabo la Revocación de Mandato.
De acuerdo con el párrafo 5 del artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 14 de septiembre del 2021, señala que:
«Durante el tiempo que comprende el proceso de Revocación de Mandato, desde la emisión de la Convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de Gobierno».
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La prohibición indicada en la anteriormente mencionada Ley es aplicable en todo el territorio nacional bajo los tres órdenes de Gobierno, es decir, desde el federal, estatal y municipal; así como igualmente aplicable con los tres poderes de los respectivos niveles de Gobierno (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
Asimismo, la Ley contempla que «ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato», siendo facultad del INE el supervisar que se cumpla, y en caso de que no fuera así, este procederá a ordenar la cancelación de la propaganda e iniciará con la sanción correspondiente.
Si bien el párrafo 4 del artículo 32 de la misma Ley marca que los partidos políticos pueden promover la participación ciudadana de la Revocación de Mandato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puntualizó que es inconstitucional dicho punto, ya que se trata de una facultad exclusiva del INE.
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Estos puntos contemplados en la Ley Federal de Revocación de Mandato indican, por lo tanto, que ningún funcionario público de los órdenes de Gobierno puede hacer propaganda, a excepción en los temas de educación, salud y protección civil. En cuanto a las ciudadanas y los ciudadanos, éstos podrán dar a conocer su postura sobre la Revocación de Mandato siempre y cuando no contraten propaganda en radio y/o televisión.
Este lunes, el INE publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo en el que aprueba la convocatoria para la consulta de Revocación de Mandato, que se llevará a cabo el próximo 10 de abril.
De acuerdo con lo difundido por el órgano electoral, se establece que la promoción y difusión del proceso de este ejercicio democrático iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria (en el DOF), la cual concluirá hasta tres días previos a la fecha de la consulta.
Redacción/SinEmbargo
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