México

La multa que el INE había impuesto contra el próximo mandatario neoleonés y el partido naranja fue por las publicaciones que a su favor realizó su esposa, Mariana Rodríguez Cantú, en sus redes sociales.

Ciudad de México, 14 de septiembre (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la sanción de más de 55 millones de pesos que el Instituto Nacional Electoral (INE) le impuso al Gobernador electo por Nuevo León, Samuel García, y a su partido Movimiento Ciudadano (MC).

Cabe recordar que dicha multa contra el próximo mandatario neoleonés y el partido naranja fue por las publicaciones que a su favor realizó su esposa, Mariana Rodríguez Cantú, en sus redes sociales.

Sin Embargo, el TEPJF determinó que ni García ni el instituto político al que pertenece pueden ser castigados por las publicaciones que realizó Rodríguez Cantú en su cuenta de Instagram, y que, el pleno argumentó, éstas fueron «espontáneas», «auténticas» y «libres».

Durante el debate, que transcurrió sin disidencias, la Sala Superior enfatizó que la esposa de García realizó los posteos con espontaneidad y en ejercicio de su libertad de expresión, con lo cual ordenó al INE revocar la sanción que había impuesto contra Movimiento Ciudadano y el Gobernador electo.

El pasado 22 de julio el Consejo General del INE determinó imponer una multa de 55.4 millones de pesos contra el entonces candidato de MC a la gubernatura de Nuevo León, por no declarar como gastos de campaña las publicaciones de Rodríguez.

Asimismo, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE realizó una estimación del costo de tales publicaciones y determinó que por las mil 330 historias de Instagram y por las 45 fotografías alusivas a la campaña de García que la influencer subió a sus redes sociales se pagaron 27.8 millones de pesos.

Sin embargo, la sentencia de INE fue impugnada, y como resultado los magistrados determinaron que Rodríguez no sólo utiliza sus redes sociales con fines comerciales, por lo que las publicaciones que hizo en su perfil de Instagram no representarían un gasto de campaña no declarado.

El Magistrado José Luis Vargas Valdez añadió que la sentencia del INE no logró acreditar que Rodríguez Cantú haya sostenido una «relación contractual» con García para hacer publicidad en la campaña de éste por lo que no se puede determinar que existieron gastos que no fueron reportados.

Por su parte, la Magistrada Jeanine Otálora consideró como urgente que las autoridades electorales establezcan parámetros para proceder en casos de este tipo, ya que, recordó, la legislación actual sólo sanciona mensajes «en un sistema que se ha visto rebasado por las nuevas formas de comunicación política».

Tras la resolución del TEPJF, el INE deberá rectificar esa parte de la sentencia en contra del mandatario electo y del partido naranja en la que los sanciona por las publicaciones de la influencer.

En tanto, García publicó un mensaje en su cuenta de Twitter, en el que festejó a anulación de la multa económica que le había impuesto el Instituto, a la que calificó de injusta.

«¡Amigos y amigas, les traigo buenas noticias! El día de hoy el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, nulificó por unanimidad la multa de 55 millones que injustamente el Instituto Nacional Electoral quería imponerme», expresó el Gobernador electo.

Redacción/SinEmbargo

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