El Senado aprueba reforma sobre la prisión preventiva; podrá dictarse por huachicol y delitos electorales
PorRedacción/SinEmbargo
30/07/2020 - 1:16 pm
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El dictamen fue asentado alrededor de las 4:00 horas de este 30 de julio con 56 votos a favor, 25 en contra y siete abstenciones.
Ciudad de México, 30 de julio (SinEmbargo).- El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley Reglamentaria del Artículo 19 Constitucional, que establece la prisión preventiva oficiosa para delitos como robo de hidrocarburos, delitos electorales, corrupción, desaparición forzada y feminicidio.
El dictamen fue asentado alrededor de las 4:00 horas de este 30 de julio con 56 votos a favor, 25 en contra y siete abstenciones.
Con dicha reforma, se endurecerán las causales para que un Juez dicte como medida cautelar la prisión preventiva oficiosa. La medida cautelar no podrá exceder los dos años de validez en cada caso.
La prisión preventiva oficiosa podrá ser ordenada para los delitos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
✅ Se aprueba en lo general y en lo particular el dictamen que reforma diversos ordenamientos en materia de reglamentación secundaria de prisión preventiva oficiosa.
Se remite a @Mx_Diputados. pic.twitter.com/P57LZ2Y8ZR
— Senado de México (@senadomexicano) July 30, 2020
Los senadores establecieron que en el caso del robo de hidrocarburos, conocido coloquialmente como huachicoleo, se estime una pena de 37.5 años de prisión a quien o quienes «sustraigan hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos» sin permiso o derecho alguno.
La nueva reforma a la Ley podrá ser aplicada cuando se utilicen programas sociales con fines electorales o se cometa algún tipo de fraude electoral. Éstos serán castigados con 500 a mil días de multa, en el primer caso, con 300 a 600 días de multa y, para ambos, de cuatro a nueve años de cárcel.
También será válida para personas que utilicen armas de juguete o réplica de armas para intimidar o amagar, la portación de portación de armas reservadas para uso del Ejército sin licencia. Además,
En total, el dictamen contempla 14 actos delictivos que pueden ameritar la prisión preventiva oficiosa, los cuales son abuso o violencia sexual contra menores, delicuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, portación de armas reservadas para uso del Ejército, intimidación con armas de juguete o réplicas de armas, enriquecimiento ilícito, ejercicio abusivo de funciones, uso de programas sociales con fines electorales.
La oposición a dicha reforma argumentó que con ello puede ser violada la presunción de inocencia, y por lo tanto, los derechos humanos.
Redacción/SinEmbargo
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