Economía Hoy

¿Sabes cuál es el proceso para liquidar deudas que una persona fallecida tiene con el banco?

02/11/2019 - 10:05 am

La principal recomendación es conocer de antemano los contratos en el apartado de seguros por muerte, también llamados de Liberación de saldos por fallecimiento, Régimen del saldo por fallecimiento, Seguros sobre saldos o Liberación de saldo insoluto.

Ciudad de México, 1 de noviembre (EconomíaHoy).- Una de las principales inquietudes para la familia de un fallecido es qué pasará con las deudas que deja esta persona, sobre todo aquellas asociadas a las tarjetas de crédito y préstamos; a pesar de que cada banco establece un proceso diferente en caso de muerte de sus clientes, existen plataformas de servicios financieros que orienten al cliente.

CANCELAR TARJETAS DE CRÉDITO

Las instituciones financieras están obligada a cancelar una tarjeta de crédito cuando el titular fallece, además eliminan la deuda, sin embargo, en el caso de las tarjetas departamentales, no necesariamente eliminan la deuda.

Un adeudo generalmente desaparece por dos razones: 1) el tarjeta-habiente adquiere un seguro al momento de contratar la tarjeta que ampara la deuda en caso de fallecimiento; 2) el banco condona la deuda en la línea de crédito cuando el titular fallece,

En ambos casos los familiares no tienen la obligación de cubrir la deuda que había en la cuenta al momento del fallecimiento, pero sí de notificar en los siguientes 180 días el deceso del interesado.

Las Instituciones Financieras Están Obligada a Cancelar Una Tarjeta De Crédito Cuando El Titular Fallece Y Eliminar La Deuda Foto Moisés Pablo Cuartoscuro

¿QUÉ HACE EL BANCO?

Cuando algún tarjeta-habiente o deudor muere, el banco o financiera emite un aviso al Buró de Crédito, y éste, a su vez, pone una ‘clave de observación? en el registro de esa persona para que no se haga mal uso de la información, por ejemplo, en el caso de suplantación de identidad.

¿LAS DEUDAS DE LOS MUERTOS A LOS VIVOS?

En el caso de créditos mancomunados con aval, obligado solidario, crédito de grupo o similar, el adeudo aparecerá del historial crediticio de todos los que son co-dueños y corresponsales del pago, según explicó a Coru.com, Wolfgang Erhardt Varela, vocero del Buró de Crédito. Esto significa que cuando alguien muere, y era un mal pagador, el historial negativo se verá reflejado en todos los co-dueños de ese crédito.

Por otro lado, si el crédito que tuvo la persona en vida es de un bien que se puede heredar, el contrato del crédito sí puede afectar, para bien o mal, al heredero.

La principal recomendación es conocer de antemano los contratos en el apartado de seguros por muerte, también llamados de Liberación de saldos por fallecimiento, Régimen del saldo por fallecimiento, Seguros sobre saldos o Liberación de saldo insoluto.

Además, en caso de haberse vuelto a casar y/o cambiar de beneficiarios legales, es necesario actualizar los datos en bancos y entidades crediticias correspondientes, para que así, la deuda no pase a personas con quienes ya no se tiene relación.

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Redacción/SinEmbargo
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