¿Cómo operaría el banco de ADN en CdMx? Violadores, feminicidas y secuestradores son objetivos
PorIlse García
28/09/2019 - 7:00 pm
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La iniciativa de Ley para el Banco de ADN en la CdMx plantea abastecerlo con perfiles obtenidos de indicios encontrados en el lugar de algún delito sexual o secuestro, de personas sentenciadas, de muestras de personal de seguridad privada y de policías.
La propuesta fue entregada ayer martes al Congreso capitalino y de ser aprobada la iniciativa plantea que la implementación del Banco de perfiles genéticos será gradual, debiendo quedar concluida en su totalidad a más tardar el 31 de diciembre del 2022.
Ciudad de México, 28 de septiembre (SinEmbargo).– El Gobierno de la Ciudad de México, encabezado por Claudia Sheinbaum Pardo, envió al Congreso local una iniciativa de Ley para crear un Banco de ADN con la información genética de violadores, feminicidas y secuestradores sentenciados, así como los perfiles genéticos de los miembros de la policía capitalina, entre otros funcionarios, y de elementos de seguridad privada.
La propuesta fue entregada ayer martes al Congreso capitalino, de mayoría Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), donde buscarán revisarla en el presente período de sesiones.
De acuerdo con la iniciativa de Ley, consultada por SinEmbargo, “las técnicas de criminalística basadas en la utilización del Ácido Desoxirribonucleico (ADN) giran en torno al intercambio de muestras biológicas entre el autor, la víctima y la escena del delito”.
Buen día. Como me comprometí, para fortalecer la estrategia de erradicación de la violencia hacia las mujeres, hoy envié al Congreso Local la iniciativa de Ley para la Creación del Banco de ADN para uso Forense. pic.twitter.com/HTNy84eJ4v
— Claudia Sheinbaum (@Claudiashein) September 24, 2019
Con el banco de perfiles genéticos de agresores sexuales buscan “que las investigaciones de estos delitos sean más eficientes y, en consecuencia, se rompa la cadena de impunidad ante la ausencia de herramientas que permitan investigaciones sólidas y se evite dejar libre al delincuente”.
En la exposición de motivos, la propuesta plantea que “si bien el Banco de Perfiles Genéticos tiene por objeto vincular a una persona que cometió el delito de carácter sexual, a través de evidencias genéticas, con el delito particular, tiene también un propósito más amplio, al servir como incentivo negativo para los potenciales sujetos activos de los delitos de violación, estupro, secuestro o feminicidio y secuestro”.
De ser aprobada, la iniciativa plantea que la implementación del Banco de perfiles genéticos será gradual, debiendo quedar concluida en su totalidad a más tardar el 31 de diciembre del 2022.
¿A QUIÉNES INCLUIRÍA EL BANCO?
En el capítulo I de la iniciativa de Ley se detalla que en el Banco de Perfiles Genéticos se incorporarán exclusivamente los indicadores que proporcionen información genética reveladora de la identidad de la persona y su sexo, únicamente se analizarán regiones de ADN no codificantes. Para tal efecto se considerará de manera taxativa el segmento de ADN relativo a la longitud de su secuencia repetitiva y a la frecuencia de la misma.
El banco de perfiles almacenará la información genética:
–Obtenida de indicios, huellas o vestigios encontrados en el lugar de los hechos que puedan constituir algún delito de índole sexual o secuestro.
–La información de los indiciados, procesados y sentenciados por el delito de secuestro, violación, estupro y feminicidio, en la hipótesis de que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, así como copia de la o las sentencias de la persona.
–De las muestras aportadas voluntariamente por las víctimas o cualquier persona de interés según lo considere la autoridad ministerial.
–De las muestras aportadas de personas prestadoras de los servicios de seguridad privada.
–De las de los servidores públicos de las instituciones de seguridad ciudadana, del Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia, y de la personas titular de la Jefatura de Gobierno.
¿QUIÉN OPERARÍA EL BANCO?
La propuesta de Ley establece que las autoridades responsables y de la supervisión del Banco de Perfiles Géneticos serán los titulares de la Fiscalía General de la Ciudad de México, las secretarías de Seguridad Ciudadana y Gobierno.
En capítulo II de la propuesta indica que habrá un titular del Banco –que podrá ser una institución pública especializada o universidad de reconocido prestigio que será designada por la Coordinación Interinstitucional– quien será el responsable de organizar, administrar y custodiar la información.
Además, la Agencia Digital de Innovación Pública dará apoyo técnico y asesoría en materia de infraestructura tecnológica y seguridad informática para la operación y funcionamiento del banco.
¿QUIÉN OBTENDRÍA LAS MUESTRAS?
El Capítulo III de la iniciativa prevé que la responsable de recabar las muestras y la obtención de perfiles genéticos será la futura Fiscalía General de la capital del país; mientras que la SSC tendrá la responsabilidad de generar la condiciones de la toma de muestras de su personal; y la Secretaría de Gobierno, a través de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, tendrá la responsabilidad de generar condiciones necesarias para tomar las muestras de personas sentenciadas y que estén presas, así como del personal penitenciario.
“La obtención de las muestras, así como la captura de la información, consulta y Confronta Genética que se realice en el Banco de Perfiles Genéticos serán llevadas a cabo exclusivamente por los peritos acreditados y certificados de la Fiscalía General en laboratorios acreditados”, especifica el documento.
¿CÓMO SE ACCEDERÍA AL BANCO?
El artículo 24, del capítulo III, también propone que “los agentes del Ministerio Público tendrán la obligación de solicitar la autorización judicial de resultados positivos de las confrontas. A su vez, los juzgadores tendrán la obligación de autorizar la liberación de la identidad de las personas que solicite el Ministerio Público, siempre y cuando la solicitud haya estado debidamente motivada y fundada”.
De acuerdo con el artículo 7 de la propuesta de Ley, el manejo de la muestra deberá referirse por el identificador generado por el sistema, y “de ser el caso, únicamente se informará a la autoridad requirente si existen coincidencias en el Banco de Perfiles Genéticos, a efecto de que dicha autoridad solicite el dictamen pericial en materia de genética que corresponda”.
Considera también que la información del Banco será de carácter reservado, y sólo podrá ser puesta a disposición del Ministerio Público, de los jueces y tribunales en el marco de las investigaciones que se realicen.
¿SE PODRÁ BORRAR INFORMACIÓN?
El capítulo V de la iniciativa indica que la información estará divida en dos: la base de datos de información vigente y la de información histórica (que contendrá los registros cuya prescripción haya ocurrido, los de personas fallecidas y los que por mandato judicial sean remitidos a la misma).
El artículo 33 precisa que la cancelación de los registros deberá ser ordenada por la autoridad competente.
¿OTROS FISCALÍAS PODRÁN ACCEDER?
En el capítulo VII de la propuesta de legislación se detalla que la que será Fiscalía General capitalina podrá celebrar convenios de colaboración con la Fiscalía General de la República (FGR), con autoridades de la Federación y de las demás entidades federativas, para consultar, actualizar y en su caso, intercambiar y transferir información que obre en los bancos de perfiles genéticos.
Estos convenios también podrán celebrarse con la Comisión Nacional de Búsqueda y de las autoridades en materia de búsqueda de personas. “Para ese propósito deberá observar las disposiciones legales en materia de protección de datos personales y demás normatividad aplicable, y bajo los protocolos que establezca la Coordinación Interinstitucional”, precisa el documento.
“La Coordinación Interinstitucional podrá suscribir convenios de colaboración con otras instituciones de la Federación o de las demás entidades federativas a efecto de intercambiar experiencias, conocimientos en la materia de la presente Ley”, prevé.
Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno capitalina, destacó este martes, que la iniciativa “se trata de la creación del banco de ADN para uso forense. Una medida que ha mostrado su eficacia en otras ciudades del mundo”.
En el documento entregado se señalan los casos de la Unión Europea, donde la mayoría de los estados miembros del Consejo de Europa permiten la toma obligatoria de huellas dactilares y muestras biológicas en el contexto de los procedimientos penales. Así como casos en América Latina, por ejemplo, de la Ley 19970 que “Crea el Sistema Nacional de Registros de ADN, de Chile; la Ley Argentina sobre el “Banco Nacional de Datos Genéticos”, promulgada el 26 de noviembre de 2009; y el de Uruguay, donde se creó, mediante Ley publicada el 22 de diciembre de 2011, el Registro Nacional de Huellas Genéticas, para colaborar en investigaciones criminales e identificar personas.
Rosa Icela Rodríguez, Secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, quien entregó al Congreso local la iniciativa, afirmó que “el Banco de ADN forma parte del Plan de acción inmediata de atención a la violencia contra las mujeres”.
“Los procedimientos para realizar recolección de muestras, procesamiento, confronta, manejo y resguardo de la información, así como los protocolos de seguridad, se realizarán con un enfoque de gestión de calidad y estarán apegados a estándares y prácticas internacionales”, aseguró.
Néstor Vargas, asesor de la Jefatura de Gobierno, añadió que la legislación “está encaminada principalmente a que constituya una herramienta para la persecución de los delitos de los delitos sexuales y también del delito de secuestro”.