¿Fuiste víctima de acoso o abuso sexual en CdMx?: Guía de dónde y cómo denunciar a los agresores
PorIlse García
02/09/2019 - 10:00 pm
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En la Ciudad de México, los delitos de acoso y abuso se sexual, contemplados en los artículos 179 y 176 del Código Penal de la Ciudad de México, se castigan con penas que van de uno a seis años de prisión. La violación contempla penas de seis a 17 años de cárcel. En la capital del país existen módulos de orientación para que una víctima de una agresión sexual, sobre todo en el transporte público, pueda tener acompañamiento durante todo el proceso de denuncia.
Aquí te explicamos cómo distinguir entre estos delitos, ante qué instancias denunciar y qué tipo de acompañamiento puedes tener si decides presentar una denuncia.
Ciudad de México, 2 de septiembre (SinEmbargo).– ¿Has sido víctima de acoso o abuso sexual en el transporte, en las calles o en espacios públicos de la Ciudad de México? Un 96.3 por ciento de mujeres encuestadas por la ONU y el Gobierno de la Ciudad de México dijo que ha vivido violencia sexual al menos una vez en su vida. Sin embargo estos delitos tienen una alta cifra negra. Pero debes saber que las leyes de la capital del país tienen previstas penas para castigar el acoso callejero (incluidos los silbidos) y las agresiones sexuales. Aquí te decimos cuáles son estas penas, y también dónde y cómo puedes denunciar.
Las agresiones sexuales, sobre todo el acoso y abuso sexual, que a diario sufren las capitalinas suele no denunciarse por diversas razones: la desconfianza a las autoridades, los largos procesos, e incluso la desinformación, por ejemplo, de que un silbido o expresiones denigrantes pueden ser denunciadas.
Además, Mar Reyes, acompañante de sobrevivientes de violación y abuso sexual e integrante de la colectiva Mujeres en Arterestauración (MAR), destacó que todas las mujeres están en su pleno derecho de no denunciar y de ver por su sanación luego de una agresión sexual. Pero consideró que quienes decidan llevar a sus agresores ante la justicia deben buscar acompañamiento de personas que conozcan estos procesos.
¿QUÉ SE DENUNCIA ANTE UN JUEZ CÍVICO?
Con las reformas que se aprobaron en mayo pasado en el Congreso local, ahora la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México contempla en su Artículo 26 como una infracción contra la dignidad de las personas el “proferir silbidos o expresiones verbales de connotación sexual a una persona con el propósito de afectar su dignidad”. Esta conducta se sanciona con arresto de 20 a 36 horas o de 10 a 18 horas de trabajo comunitario.
Esa legislación también contempla como infracción el “realizar la exhibición de órganos sexuales con la intención de molestar o agredir a otra persona”. En este caso se sanciona con una multa de 11 a 40 unidades de medida, arresto de 13 a 24 horas o de 6 a 12 horas de trabajo comunitario.
Los agresores, según la legislación, sólo serán presentados ante un juez “cuando exista queja de la persona agredida o molestada”.
¿CÓMO DENUNCIAR ESTAS AGRESIONES?
Estas infracciones pueden ser denunciadas ante un juez cívico de la Ciudad de México, donde se da resolución a las faltas de la Ley de Cultura Cívica.
Salvador Guerrero Chiprés, consejero presidente del Consejo de Seguridad Pública y Procuración de Justicia de la Ciudad de México, destacó que todas las denuncias pueden ser inmediatas a través del 911, y por ello recomendó bajar la aplicación del sistema de emergencias mexicano.
“Puede ser también a través de la Policía del sistema de cuadrantes, y una aplicación que se llama ‘Mi Policía’, que recomiendo que también todo mundo tenga, porque yo la he probado, en menos de 30 segundos y hasta tres segundos máximo puede ocurrir la intervención de la policía”, explicó en entrevista con SinEmbargo.
Guerrero Chiprés también recomendó llamar y reportar la agresión, antes de incluso de ir ante una autoridad o al Ministerio Público, al Consejo Ciudadano a través del WhatsApp 55 55 33 55 33, para recibir acompañamiento jurídico y psicológico.
“Mientras ocurre una situación de riesgo, mientras ocurre una situación de acoso que puede ser relativamente administrada, se puede enviar voz, imagen o texto [vía WhatsApp] mientras esa situación ocurre y nosotros la podemos denunciar prácticamente en seguida a la Policía de Investigación, a la propia Policía Preventiva, o comunicarla a otras autoridades según sea el tipo de situación que se esté reportando”, añadió.
Destacó que “si alguien decide hacerlo [la denuncia] solo, no sea espantado por ningún tipo de incidente, por ejemplo, que se diga que no es importante el tema, que se diga que no va a tener solución, que se diga que hay muchos otros casos, hay que evitar a esos bateadores que a veces existen”.
“Hay que mantener determinación, cuando se va por su cuenta propia”, dijo.
Indicó que en el caso de acoso, si se trata de una acción cuyo daño psicoemocional no se sostiene de una manera comprobable, se puede acudir ante el Juez Cívico. Y este tipo de acciones también se pueden reportar ante al Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México que se puede hacer vía telefónica y que sirve para generar reportes e informes sobre el acoso en las calles.
¿QUÉ SE DENUNCIA ANTE LA PROCURADURÍA?
Acoso sexual: El artículo 179 del Código Penal detalla que comete acoso sexual “quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad”.
Este delito se castiga de uno a tres años de prisión. Como agravante, si existe una relación jerárquica (laboral, docente, doméstica o de cualquier clase) entre la víctima y el agresor se incrementará la pena en una tercera parte. El delito se persigue sólo “por querrella”, esto significa que debe levantarse una denuncia.
Además, el capítulo VI del mismo artículo del Código Penal, señala que si la víctima es menor de doce años, la pena por el delito de acoso será de dos a siete años de prisión. Y si hay violencia física o moral, la pena aumentará en una mitad.
Abuso sexual: El Artículo 176 del Código Penal de la Ciudad de México contempla como delito de abuso sexual “al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo la haga ejecutarlo”.
Este delito se castiga de uno a seis años de prisión. Y si el abuso se cometiera con violencia física o moral, la pena puede aumentar en una mitad. El artículo también indica que el delito se persigue sólo con la denuncia de la parte afectada, salvo que ocurra con violencia.
En el artículo 178 del Código Penal se agrega que a la pena se sumarán dos años si el abuso se comete con la intervención directa o inmediata de dos o más personas; si la víctima se encuentra a bordo de un vehículo particular o de servicio público, es decir, en todos los sistemas de transporte público; si se comete en un lugar despoblado o solitario; si se comete dentro de los centros educativos, culturales, deportivos, religiosos, de trabajo o en inmuebles públicos.
¿CÓMO DENUNCIAR ESTOS DELITOS?
Si eres víctima de tocamientos en zonas sexuales del cuerpo, palabras obscenas, insinuaciones sobre tu cuerpo o apariencia, acoso, agresiones, intimidación o amenazas con fines sexuales, exhibición de genitales, miradas lascivas, permanentes e incómodas a tu cuerpo; así como expresiones corporales y/o verbales ofensivas hacia las mujeres y niñas; persecución o que tomen fotos o video sin tu consentimiento, puedes denunciar ante una Agencia Especializada para Delitos Sexuales de la Procuraduría capitalina.
La Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México tiene un programa llamado Viaja Segura, por si eres víctima de una agresión sexual en el transporte público puedas recibir ayuda. Hay desplegados tres módulos de atención emergente donde encontrarás atención psicológico, jurídica, orientación y acompañamiento. Estos módulos se encuentran en las estaciones Hidalgo, Pantitlán y Balderas.
¿Qué hacer si eres víctima de una de estas acciones y estás, por ejemplo, en el Metro? La Secretaría de las Mujeres recomienda diversas acciones inmediatas:
1. Si la agresión se da mientras viajas en el vagón: acciona la palanca de seguridad. Entonces personal de la SCT o de la estación acudirán a brindarte auxilio.
2. Si te encuentras en el andén, en las escaleras, pasillos, torniquetes o cualquier zona dentro del Metro grita pidiendo ayuda y solicita apoyo del personal de seguridad de la Policía Bancaria e Industrial, de la Policía Auxilia e incluso del jefe de estación.
3. Al recibir ayuda, solicita de inmediato que te den apoyo de los Módulos “Viaja Segura” más cercano.
¿Qué hacer si eres víctima cuando viajas en el Metrobús o el Tren Ligero?
1. En la estación próxima solicita el apoyo de la policía de la estación para que detengan al agresor.
2. Pide que te separen del agresor por seguridad y que te brinden apoyo de los módulos “Viaja Segura». Con ello una abogada de la Secretaría de las mujeres se encontrará contigo en la Agencia Especializada si así lo deseas, te dará asesoría jurídica y te acompañará durante todo el proceso jurídico.
3. El traslado a una de estas agencias debe realizarse sin que tú tengas que hablar con el agresor.
¿Qué hacer si eres víctima de alguno de estos delitos en un RTP, trolebuses o microbuses?
1. Si llevas celular llama al 911 para pedir apoyo.
2. También puedes pedirle al operador –en caso de RTP y Trolebús– para que llamen al policía que corresponde al Cuadrante, para que detengan al agresor y te trasladen a la agencia especializada más cercana.
3. Puedes solicitar la presencia de una abogada victimal del Centro de Terapia de Apoyo para las Víctimas de Delitos Sexuales de al PGJ-CdMx o pedir una abogada de los módulos «Viaja Segura».
Salvador Guerrero Chiprés explicó que el proceso de la denuncia incluirá entrevistas con el médico legista y con el psicólogo. Y recordó que hay seis agencias del Ministerio Público que son especializadas en Delitos Sexuales.
“Hay que asumir que hay que desahogar esas entrevistas porque facilitan una investigación posterior a una incidencia. A veces hay una narrativa que es muy importante que hay que acompañar y que hay que respetar, que es la resistencia y la oposición que todos debemos de tener a la revictimización”, añadió.
Abundó en que que los datos que se deben precisar durante una denuncia es el tiempo y lugar donde ocurrió el incidente. “Lo más importante para terminar con la impunidad de todo tipo es necesario la denuncia. Así como es necesario el proceso reeducativo de todos, para prevenir y también para que los varones tengan un comportamiento civilizado”, dijo.
“El empoderamiento se nota también en la denuncia. Ahí es donde se manifiesta”, reiteró.
¿CÓMO DENUNCIAR UNA VIOLACIÓN?
El artículo 174 del Código Penal de la Ciudad de México contempla una pena de seis a 17 años de prisión a quien cometa el delito de violación.
Precisa que sólo en casos en que el agresor y la víctima exista un vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja, la pena es la misma pero el delito se perseguirá por querella.
Mar Reyes, acompañante de sobrevivientes de y abuso sexual, explicó que una mujer al sufrir una violación “como se siente agredida físicamente y sucia, lo primero que va a hacer es quererse bañar y quitarse todo eso que siente”. Sin embargo, alertó, “tendría que ser lo contrario, no tendrían que bañarse por si queda residuo seminal para que tengan estas pruebas”.
También recomienda que una víctima de violación de inmediato busque a su red de apoyo, ya sean sus familiares o amigas, para que le den acompañamiento y también para que la puedan contactar con personas especializadas que puedan ayudarla a presentar la denuncia.
Explicó que la denuncia se debe presentar ante una agencia especializada y que se debe tener en cuenta que este proceso puede durar 12 horas. Primero se pasa con una Ministerio Público en la Agencia de Delitos Sexuales donde se narra toda la historia. Luego, la víctima debe pasar nuevamente a que le tomen la declaración por escrito. “Esto también es desgastante”, dijo.
“Desde las experiencias que he tenido, siempre hay mucho ruido; las mujeres no tienen tampoco una consciencia de género ni sensibilización”, comentó. Describió que en una de las denuncias que acompañó, la víctima estaba narrando a la Ministerio Público la agresión, mientras en la oficina tenían la música a todo volumen. E incluso en un momento alguien llegó a preguntarle: “de qué van a querer sus quecas”.
Posteriormente la mujer debe pasar con con la psicóloga. “Muchas veces si la psicóloga ve que la sobreviviente va llorando, con miedo, estas emociones de vulnerabilidad, pues puede dar el visto bueno de que en realidad fue atacada. Pero si la sobreviviente va con enoje, con coraje entonces muchas veces pueden llegar a decirles desde el momento que están con la psicóloga, que no procede, por el enojo”, contó.
Luego de pasar con la psicóloga, la mujer debe tener una revisión ginecólogica. “Aquí es donde muchas sobrevivientes dicen: ‘es que es como una segunda violación’. Es que es tan minuciosa y ellas están temerosas”, criticó.
A las víctimas de violación también les hacen la prueba de VIH. “En el momento, para muchas de ellas, también es una situación dem ‘a ver si este cabrón no me contagió algo’. Y no hay una sensibilidad para tratarlas, también es como si les fueran a tomar una muestra de la garganta”, recriminó.
“Por estas situaciones muchas de las chicas deciden no denunciar, por una parte. Por otra, porque las que ya denunciaron las traen vuelta y vuelta hasta que se cansan”, añadió.