Por Xanath Lastiri y Ariadna Ortega
Ciudad de México, 30 de junio (SinEmbargo).– A partir de este 1 de julio, algunos productos como tortas, burritos, gorditas, quesadillas, tacos, flautas, sincronizadas, gringas, pizzas, hot dogs y otros alimentos preparados que se venden en tiendas como Oxxo o 7-Eleven pagarán el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 16 por ciento.
Esto debido a la “Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus Anexos 1-A, 3, 7, 15, 23 y 26”, que se publicó el pasado 16 de junio”. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la medida se implementará desde mañana, debido a que detectó que algunos establecimientos no aplican lo que señala la Ley, pues en algunas tiendas a estos productos se les aplica una tasa de 0 por ciento y en otras de 16 por ciento, “afectando así a los consumidores”.
Así, un sandiwch puede llegar a costar hasta 14.50 pesos, mientras el incremento de la sopa instantánea subirá 1.44 pesos.
De acuerdo con un informe preliminar de la Cámara de Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC), al menos el 10 por ciento del gasto de las familias se destina a comer fuera de casa.
El documento preliminar también señaló que el 20 por ciento del total de la población mexicana tiene necesidad de comer fuera de casa diariamente y resuelven esa necesidad en puestos informales e ilegales instalados en la calle.
Para ese porcentaje de la población mexicana que ocupa parte de su salario en comer fuera de casa, los productos agravados representan un consumo diario que podría aumentar con la resolución.
Hugo Vela Reyna, presidente nacional de Cámara de Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC), aseguró que a la Cámara que representa no le afectan en particular este tipo de medidas y que a nivel industria no está mal.
“Consideramos que es una medida razonable, que si bien va tener una afectación en el mercado general que consume en tiendas de conveniencia, genera condiciones de competencia de igualdad”, dijo.
Al respecto, la doctora Leticia Armenta Fraire, directora del Centro de Análisis Económico del Tecnológico de Monterrey, consideró que si se hace un incremento del 16 por ciento disminuirá la compra de este tipo de productos, pues los consumidores tienen muchos otros sustitutos cercanos en todas las áreas urbanas del país.
“Existen puestos informales que básicamente sustituyen todos estos y en muchas ocasiones el consumidor prefiere la tienda establecida por salubridad, pero si hay una diferencia de precios, el mercado mexicano que se mueve más por precios se mudaría al mercado informal”.
Por su parte, Vela Reyna insistió en que las tiendas de conveniencia ya se han convertido en mini restaurantes porque tienen sillas y mesas, un espacio para comer ahí, por lo que “este tipo de condiciones, donde ellos no tenían que cobrar IVA porque el producto venía empaquetado aunque se consumiera el producto dentro de la misma instalación, hacía que hubiera competencia desleal”.
En ese sentido, la académica del Tec aseguró que la medida fue producto de la casualidad y no de una supervisión de la autoridad adecuada que dictamina “qué a partir de cuándo”.
“Se dio esta diferencia en donde algunos establecimientos lo cargaban y otros no [el IVA], porque al estar dentro el conjunto de alimentos pues había esta “duda” si debía aplicarse el impuesto. Entonces se trata de un problema de supervisión, porque lamentablemente en la ley eso ya aparecía desde 2014”.
Explicó que lo que hay que esperar es cómo van a responder las tiendas de conveniencia para afrontar el impuesto y generar elementos de competencia, pues existe la posibilidad que algunas empresas pacten con los proveedores para que el gravamen no impacte en el precio final que se da al público.
EL IVA EN ALIMENTOS
La Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus Anexos 1-A, 3, 7, 15, 23 y 26 establece: «Lo dispuesto en la presente regla resulta aplicable a la enajenación de los productos antes mencionados en las tiendas denominadas “de conveniencia” o de “cercanía”, “mini súpers”, tiendas de autoservicio y en general en cualquier establecimiento en los que se enajenen al público en general dichos productos y que se encuentran en los refrigeradores o en el área de comida rápida o fast food según se trate”.
Entre los alimentos que están dentro de la lista de alimentos con gravamen se encuentran burritos, chapatas, pepitos, hamburguesas, gorditas, quesadillas, tacos, flautas y sandwiches, emparedados, baguettes, tortas, paninis, sushi, hot cakes, alitas, molletes y tamales entre otros.
Al respecto, industriales también manifestaron molestia por la aplicación del IVA a alimentos procesados en tiendas de conveniencia y advirtieron que no es el momento económico para la aplicación del gravamen, por lo que anunciaron que preparan un paquete de propuestas fiscales que presentarán en semanas próximas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) sobre la aplicación diferenciada del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a alimentos con alto valor calórico, refrescos y bebidas azucaradas.
“Podría haber ajustes basados en la cantidad calórica de aportación del producto; se solicitará una baja de la tasa del gravamen, por ejemplo, para las bebidas con endulzantes y menos calorías”, dijo Rodrigo Alpízar, presidente de Canacintra.
Por su parte, Manuel Herrera, presidente de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), recordó que el gobierno se comprometió a que en lo que resta del sexenio no habría nuevos impuestos y manifestó que la aplicación de nuevos impuestos generaría un fuerte golpe a la industria.
«No hay que olvidar que existe una yo de estabilidad fiscal, que en teoría no debería permitir la aplicación de nuevos gravámenes; aunque entiendo que éste criterio está alineado a la Ley y que es una modificación a la resolución fiscal del 2015», afirmó.