Economía

VIDEO ¿Qué cambios fiscales traerá 2022? Productos sin IVA y régimen simplificado

28/12/2021 - 5:34 pm

Para este 2022, el SAT apostará por un aumento en el control de las obligaciones fiscales, sin embargo, incorporará un régimen simplificado para la declaración de impuestos, al mismo tiempo, algunos productos de la canasta básica tendrán tasa del 0 por ciento en IVA.

Ciudad de México, 28 de diciembre (SinEmbargo).– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reforzará la fiscalización y el combate a la defraudación fiscal en 2022 por medio de nuevas normativas aplicables para los contribuyentes, pero pese a la “dureza” de este órgano, habrá menores impuestos en algunos productos y se simplificará el régimen para hacer las declaraciones fiscales.

Los cambios en materia fiscal están contenidos en las diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) luego de su aprobación en septiembre de 2021.

Una de las principales propuestas para el próximo año es la creación de un Régimen Simplificado de Confianza (Resico), con el cual se busca que los contribuyentes paguen menos impuestos, y al mismo tiempo reducir los trámites administrativos para que lo hagan de una manera mucho más sencilla.

En este nuevo régimen tributarán las personas físicas y morales que registren ingresos menores de 3.5 y 35 millones de pesos anuales, respectivamente. Para las personas físicas con actividad empresarial, se aplicarán tasas que van desde el 1 por ciento hasta 2.5 por ciento de los ingresos totales, según el monto anual de éstos.

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Además, se eliminan deducciones para disminuir el costo de cumplimiento y que el cálculo se haga automático con base en lo facturado. Se propone también la legislación de leyes transitorias que permitan a los contribuyentes contar con acreditamientos, deducciones pendientes de aplicar y saldos a favor, entre otros beneficios.

En el caso de personas morales, el SAT permitirá acumular ingresos cuando efectivamente se perciban y se paguen, mediante el flujo de efectivo. También se echará a andar un esquema de deducción de inversiones a menor plazo que incentive la inversión. Además, la determinación de los pagos provisionales dejará de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal anterior, buscando apoyar a las micro y pequeñas empresas.

Con la simplificación de las obligaciones fiscales, la Administración Tributaria buscará sumar entre 15 y 30 por ciento más contribuyentes y, por tanto, una mayor recaudación.

RFC OBLIGATORIO PARA MAYORES DE 18 AÑOS

El SAT ordenó que desde 2022 el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) será obligatorio para toda persona mayor de 18 años de edad, cuente o no con algún empleo formal.

De acuerdo con la autoridad fiscal, esta medida se pondrá en marcha para evitar el robo de identidad e impulsar un cambio en la cultura fiscal.

Tal como lo explicó Raquel Buenrostro, titular de la dependencia, en su comparecencia del pasado 8 de octubre ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, la propuesta no implica alguna obligación de presentar declaraciones fiscales y tampoco anota sanción alguna. Sin embargo, destacó que hay muchas empresas que llegan a facturar millones de pesos que supuestamente son originadas por jóvenes, pero después se confirma que es un robo de identidad.

Otro de los usos que le dan a los datos de los jóvenes es la creación de empresas fantasma, en las que sus dueños han llegado a ser personas ajenas a esos giros. Además, la iniciativa busca concientizar a la población sobre el deber de contribuir para garantizar servicios y bienes públicos.

PRODUCTOS CON IVA 0 POR CIENTO

El cambio más trascendente en cuanto al retiro del IVA fue en los productos de gestión menstrual. Es decir: todas las toallas sanitarias, tampones, copas o discos menstruales, y similares, estarán excentos del pago del 16 por ciento del IVA.

De hecho, esa fue una de las propuestas más fuertes durante la presentación del Paquete Económico 2022, en septiembre del año en curso.

En un escrito dirigido a la Presidencia de la Mesa Directiva, Hacienda argumentó que el Estado mexicano debe garantizar la salud pública de todos los y las ciudadanas, y que en razón del sexo las necesidades pueden diferir, como es el caso del proceso de menstruación.

En este sentido, un IVA con tasa del 16 por ciento “significa que este impuesto tiene una incidencia económica en las mujeres por una condición biológica y natural del género femenino”. La Secretaría detalló que el encarecimiento de estos productos afecta más a mujeres y personas menstruantes en condición de pobreza, e incluso puede afectar el rendimiento escolar para aquellas personas que no asisten a las escuelas durante los días en los que están menstruando.

“Según datos de UNICEF, en México 43 por ciento de estudiantes dejan de asistir a la escuela durante su periodo porque no cuentan con recursos para comprar productos sanitarios. Esto equivale a 20 por ciento de un año escolar. Este problema tiene consecuencias como el abandono escolar temporal o definitivo, problemas de salud y pérdida de autoestima”, dio a conocer Gabriel Yorio, Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, momentos después de que se diera a conocer el Paquete Económico 2022.

Las principales afectadas por el costo elevado de los productos de gestión menstrual son las mujeres y personas menstruantes de bajos ingresos, puesto que algunos hogares destinan hasta seis veces más de lo que perciben para la adquisición de estos bienes en comparación con hogares de mayores recursos, tal como ha destacado la colectiva Menstruación Digna.

Además de los productos de higiene menstrual, con lo dispuesto en la Miscelánea Fiscal 2022 estarán exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) los productos destinados a la alimentación, tanto para personas como para animales, a excepción de jugos, néctares y los concentrados de frutas o de verdura, jarabes o concentrados para preparar refrescos, entre otros.

MULTAS FISCALES APLICABLES EN 2022

De la mano de las obligaciones, el SAT dio a conocer las multas y sanciones que aplicará a partir de 2022 a aquellos contribuyentes que no cumplan de manera correcta o incumplan.

Con las penalizaciones, la autoridad planea reforzar la fiscalización, el combate a la defraudación fiscal y diversos ilícitos, que pueden caer hasta en la pena de cárcel.

-Facturas mal emitidas

De acuerdo con el órgano a cargo de Buenrostro, en caso de que se emita una factura sin los complementos correspondientes, el contribuyente será sancionado con una multa de 400 a 600 pesos por cada Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Además, si un CFDI se cancela fuera de plazo, la multa será de 5 a 10 por ciento del monto de cada factura enviada. En ese sentido,  un CFDI se podrá cancelar únicamente en el mismo ejercicio en el que se expida y se deberá informar el motivo y dar la documentación que soporte dicha acción.

En tanto, aquellos que cuenten con una factura emitida por un contribuyente que aparece en la lista negra del SAT podrán ser sancionados con un monto que va de 55 a 75 por ciento del importe de cada factura. En dicha lista están aquellos contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparen las facturas.

-Embargos vía buzón tributario

El buzón tributario es un canal de comunicación entre el contribuyente y el SAT. A través de éste, el fisco puede enviarle a los contribuyentes notificaciones, información para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o la respuesta a un trámite.

Ahora, el SAT estará facultado para notificar a través del buzón tributario sobre un proceso de embargo a los deudores.

Esto significa que el contribuyente es el único responsable de revisar las notificaciones, pues, en caso de recibir el aviso, sólo tendrá tres días para responder antes de que la autoridad determine el embargo.

La Jefa del SAT ha defendido reiteradamente los aspectos incluidos en la miscelánea fiscal del próximo año. Foto: Cuartoscuro.

Los bienes que podrían embargarse son depósitos bancarios, ahorros, inversiones en seguros, acciones, bonos, bienes muebles e inmuebles, entre otros, de acuerdo con la Miscelánea Fiscal 2022.

-Operaciones inexistentes o simuladas

Acorde a la nueva ley, si una factura (certificado fiscal digital o CFDI) se cancela fuera de plazo dará lugar a una multa de 5 al 10 por ciento del monto de cada factura enviada. Por ello, los CFDI solo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan, siempre y cuando el cliente acepte su cancelación.

El SAT expuso que si el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) incumple con las validaciones de los CFDI, se impondrá una multa de 10 a 20 pesos por cada CFDI; mientras que el contribuyente que expida una factura sin los complementos correspondientes será sancionado de 400 a 600 pesos por cada CFDI. Asimismo, se reduce de 5 mil a mil pesos el monto de la factura que se puede cancelar sin aceptación del cliente.

Se sancionará cuando se utilicen para efectos fiscales Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos por un tercero, cuando las autoridades fiscales hayan determinado que estos amparan operaciones inexistentes o simuladas, debido a que el contribuyente no demostró la materialización de dichas operaciones.

-Errores en la declaración fiscal

Cuando el contribuyente presente errores en su situación fiscal, referida en el Artículo 32-H, será acreedor de una multa de 13 mil 490 a 134 mil 840 pesos.

-Multas para funcionarios públicos

Se impondrá una multa a los funcionarios públicos que no emita la resolución a la que se refiere el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación dentro del plazo estipulado en el mismo, tal como lo advierte el Artículo 87.

SAT ACLARA: NO IMPUESTOS A DEPÓSITOS EN EFECTIVO EN BANCOS

Luego de que las nuevas disposiciones fiscales se hicieran públicas, algunas falsas noticias circularon por las redes sociales, por lo que el Sistema de Administración Tributaria dio a conocer que no se cobrarán impuestos por depósitos en efectivo realizados en bancos para 2022.

La autoridad fiscal refirió por medio de un comunicado, emitido el pasado 19 de diciembre, que «todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigilará, ni cobrará algún tipo de impuesto».

Dicha aclaración surgió a raíz de que se generara confusión por la propuesta que realizó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de incluir en el Paquete Económico 2022 que los bancos entreguen información relacionada con los depósitos en efectivo de manera mensual y no anualmente, como se maneja actualmente.

El SAT declaró que la propuesta que se realizó al respecto, gira en torno a que las instituciones financieras otorguen información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del mismo. Foto: Cuartoscuro.

Precisó que la propuesta que se realizó al respecto gira en torno a que las instituciones financieras otorguen información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del mismo.

“En caso de detectarse una incongruencia entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información. Esta solicitud se hace para evitar defraudaciones fiscales como las de los Panama Papers o los Pandora Papers”, se lee en el comunicado.

Valeria González Cervantes
Es feminista y Comunicóloga por la Facultad de Estudios Superiores Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México. Tiene una gran afición por la lectura de ficción. Comenzó su carrera en La Hora Nacional.
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