El Conacyt indicó que aquella información fue tergiversada, puesto que se trata de un anteproyecto que sigue en revisión y aún puede ser modificado; los artículos que mencionan dichos motivos de suspensión «son disposiciones que han estado contempladas en los reglamentos de becas del Consejo, al menos desde 2008», argumentó el organismo.
Ciudad de México, 27 de enero (SinEmbargo).- El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) aseguró que son falsas las afirmaciones de que suspenderá becas a aquellos participantes en protestas y/o sean personas embarazadas.
A través de un comunicado, el Conacyt detalló que la nota del diario El Universal y firmada por el periodista Pedro Villa y Caña «tergiversa los hechos» ya que, argumenta el organismo, los artículos del anteproyecto del Reglamento de Becas para el Fortalecimiento de la Comunidad de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación que la nota hace referencia «son disposiciones que han estado contempladas en los reglamentos de becas del Consejo, al menos desde 2008».
De igual manera, el organismo señaló que la propuesta del Reglamento está en proceso abierto de análisis en la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer), siguiendo lo establecido conforme a la Ley General de Mejora Regulatoria; además, destacando que «la comunidad y el público en general pueden hacer comentarios [durante el proceso] para mejorar y fortalecer su contenido».
Ante dicha cuestión el Conacyt se comprometió a retomar los comentarios emitidos para hacer una mejora en la propuesta, siguiente el respeto de los derechos y libertades; así como el cumplimiento de los mandatos constitucionales. El comunicado concluyó con el aviso de que el propio Conacyt dará a conocer la versión final del Reglamento en tan pronto se tenga finalizado.
Falso que el Conacyt suspenderá becas por participar en protestas o por embarazo.https://t.co/p1LSLhLL82 pic.twitter.com/z9i23ugyep
— Conacyt México (@Conacyt_MX) January 26, 2022
¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO?
Al momento del cierre de esta nota, se han realizado 10 comentarios en el sitio de Conamer donde puede consultarse el mencionado Reglamento —con número de expediente 20/0003/210122 y publicado el pasado 21 de enero de este año—, los cuales todos hacen alusión a alguno de los dos artículos que fueron señalados por Pedro Villa.
El artículo 16, el cual hace referencia a las obligaciones adicionales del becario, además de «cumplir con el objetivo para el cual» le fue asignado el apoyo, señala en su párrafo segundo (obligaciones del becario en el extranjero) e inciso a) lo siguiente:
«La o el Becario que realice sus estudios o proyecto fuera del país, así como la o el Becario extranjero que realice sus estudios en México, deberán respetar la legislación y normativa del país anfitrión, así como abstenerse de participar en cualquier tipo de evento o manifestación de carácter político».
De la misma manera, la mencionada suspensión del apoyo a aquellas personas embarazadas es mencionada en el artículo 20 párrafo cuarto: «Cuando alguna Becaria que se encuentre embarazada, en parto o puerperio, así como a los Becarios que sean padres, presentando la documentación que lo acredite».