La falta de armonización en las leyes limita los derechos de migrantes, acusa ONU-Mujeres

24/10/2014 - 12:01 am
Foto Cuartoscuro
La Violación Y Discriminación De Las Mujeres Migrantes Se Produce Tanto En Sus Países De Origen Como En Los De Destino Foto Cuartoscuro

Ciudad de México, 24 de octubre (SinEmbargo).- A pesar de que el Estado mexicano ha suscrito acuerdos internacionales relacionados con los derechos laborales de los migrantes, como la Convención sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familias, el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Convención de los Trabajadores Migrantes y la Recomendación General 26 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por su sigla en inglés), persiste la falta de armonización de dichos instrumentos con la legislación mexicana, señaló Mónica Corona, coordinadora de proyectos e iniciativas en materia de migración de ONU-Mujeres.

Durante el II Simposio Internacional Feminización de las Migraciones, convocado por distintas organizaciones civiles que trabajan temas migratorios como Sin Fronteras y el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi), la representante de ONU-Mujeres señaló que los Objetivos del Desarrollo del Milenio, cuyo periodo de cumplimiento se agota el próximo año, no contemplaron el tema migratorio.

Frente a esta omisión, refirió, está en proceso el diseño de una agenda “post-2015” que busca incluir el tema en una nueva propuesta llamada Objetivos de Desarrollo Sustentable.

También recalcó el interés de ONU-Mujeres respecto al cumplimiento de la Recomendación General 26 de la CEDAW, dado que dicho instrumento se enfoca en las trabajadoras migrantes y reconoce la complejidad del fenómeno migratorio en contextos de globalización, además de hacer una distinción sobre cómo se afecta de forma distinta a las mujeres.

La Recomendación General 26 también distingue tipos de migraciones femeninas y plantea que la discriminación y violación de derechos se produce tanto en los países de destino como de origen, lo cual es relevante porque ayuda a comprender que la violación de derechos también es una razón para migrar, explicó Corona, quien acudió al evento en representación de la directora general de ONU-Mujeres en México, Ana Güezmes.

Corona habló del interés de ONU-Mujeres por abordar el tema de los derechos laborales de las migrantes, frente a la creciente feminización de la inmigración.

«Debemos de tener claro que la migración, de ser un tema olvidado o no considerado, un tema marginal, ha empezado a tener un creciente protagonismo», expresó.

Ante el creciente protagonismo de las mujeres en los procesos migratorios, ONU-Mujeres ha puesto el foco de atención en la regulación del trabajo de las mujeres migrantes, en particular respecto a cómo actúa México como país receptor de migración femenina.

«Se ha puesto muy poca atención a lo que es México como país receptor», consideró. «Como sociedad, los interesados en estos temas siempre estamos a la expectativa de cuáles son las condiciones de los migrantes cuando migran hacia el Norte, pero ha habido muy poca atención de la inmigración, sobre todo de inmigración centroamericana, pero también de otras nacionalidades, que llega a México».

A partir del análisis de tres normas (la Ley de Migración, la Ley Federal del Trabajo y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia para las Víctimas de esos Delitos), la organización internacional concluyó que a pesar de que el Estado mexicano ha ratificado instrumentos internacionales que salvaguardan los derechos laborales de los migrantes, éstos no se cumplen ni se reflejan en las normas nacionales en la materia.

Corona consideró que si se armonizaran las leyes nacionales con el marco internacional, habría una mayor posibilidad de proteger los derechos de los inmigrantes en México, quienes suelen ingresar y permanecer en territorio mexicano en situación irregular.

Se trata de migrantes que viven y trabajan en condiciones de «extrema vulnerabilidad», lo que es más crítico en el caso de las mujeres. Los trabajos en que suelen enrolarse las mujeres migrantes son tareas invisibilizadas y asociadas a los servicios, como el cuidado de enfermos, trabajo doméstico, labores agrícolas o trabajo sexual, detalló la especialista.

LA DIFERENCIA ENTRE LAS LEYES

Karla Meza Soto, subcoordinadora de vinculación de Sin Fronteras, subrayó que la falta de armonización legislativa no sólo ocurre entre los instrumentos nacionales e internacionales, sino también a nivel local, en estados y municipios.

Por ejemplo, refirió que son pocas las entidades que están legislando en materia migratoria: Zacatecas, Sonora, Hidalgo, Durango, Distrito Federal, Michoacán y Chiapas. Y aún esa legislación no es integral, pues se ha abocado sobre todo a temas de asistencia humanitaria y salud, pero sin ahondar en otros aspectos como asistencia legal.

Además, subrayó Meza Soto, si bien a nivel federal existen 64 programas federales para migrantes, el 51 por ciento de ellos están dirigidos a migrantes mexicanos que viven en el exterior, de modo que la multiplicidad de programas no significa que se aborden todos los aspectos de la migración.

La representante de Sin Fronteras, organización que trabaja con población migrante y refugiada en México, refirió que existe un Índice de Políticas de Integración de Inmigrantes, un instrumento con 148 indicadores y siete áreas de análisis que mide si las políticas públicas de un Estado favorecen la integración.

La calificación media de México es de 47 por ciento, informó.

«Hay áreas en las que realmente no hay un avance: el tema de la movilidad en el mercado laboral, la educación, la participación política ni mencionarlo, y que son áreas que han sido la principla preocupación de las orgzanizaciones», dijo.

Por parte del Imumi, Berenice Valdez Rivera señaló que en la actual norma federal en materia migratoria, la Ley de Migración, prevalecen aspectos que son excluyentes.

Uno de ellos es la posibilidad de ingresar al país para las trabajadoras migrantes temporales, pues si bien la ley actual contempla este aspecto, está supeditado a que las migrantes estén previamente contratadas por un empleador. Ello limita su posibilidad de ejercer el derecho al trabajo, pues las hace dependientes de un solo empleador, consideró.

Otros problemas son el acceso al derecho a la identidad y su derecho asociado a la educación. Valdez Rivera refirió que han conocido casos de menores nacidos en Estados Unidos pero de padres mexicanos que han tenido problemas para que se les emita un acta de nacimiento. La falta de un documento de identidad ha limitado también la posibilidad de acceder a la educación básica, expuso.

Al respecto, dijo también que Imumi realizó un estudio sobre los códigos civiles y reglamentos estatales, y la organización encontró que ninguno está armonizado con la Ley de Migración, a excepción de Coahuila.

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Mayela Sánchez
en Sinembargo al Aire

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