Los magistrados explicaron que durante los promocionales se hace mención y aparece únicamente el precandidato Jorge Luis Preciado, lo que vulneró la equidad en la precampaña, pues a este último no se le dio cobertura en los spots partidistas.
Ciudad de México, 23 de diciembre (SinEmbargo).– El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) multó con 70 mil 100 pesos al Partido Acción Nacional (PAN) por haber difundido spots donde sólo aparecía el entonces precandidato a la gubernatura de Colima, Jorge Luis Preciado, dejando de lado a su adversario Luis Alberto Ladino.
Los magistrados explicaron que durante los promocionales se hace mención y aparece únicamente el precandidato Jorge Luis Preciado, lo que vulneró la equidad en la precampaña, pues a este último no se le dio cobertura en los spots partidistas.
En su argumentación, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello, manifestó que es muy importante analizar los alcances de los principios que rodean y deben privilegiarse en los procesos electorales al interior y fuera de los partidos políticos, pero sin invadir la autodeterminación y auto organización de los mismos.
Y aseguró que esta determinación marca un criterio de interpretación en la contienda electoral en las precampañas «el cual consiste en el trato justo e imparcial que debe prevalecer entre los contendientes».
Este mismo día, la Sala Superior del TEPJF confirmó los registros de los candidatos a Gobernador en las elecciones extraordinarias de Colima, José Ignacio Peralta Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Jorge Luis Preciado por el PAN.
Los Magistrados consideró infundada la impugnación de Movimiento Ciudadano en contra del candidato priista al considerar que de modo alguno trasgredió las bases de la convocatoria para ello y el requisito de elegibilidad se acreditó plenamente.
“El ciudadano José Ignacio Peralta Sánchez jurídicamente está en condiciones para ser postulado a esa candidatura, pues la sentencia de esta Sala Superior que anuló la elección ordinaria no determinó sancionarlo, sino que el motivo de nulidad de dicha elección fue por la intervención preponderante del entonces secretario de desarrollo social del Gobierno de Colima”, estableció el proyecto de sentencia.