Un juzgado de la Ciudad de México alista una denuncia penal en contra del Secretario de Salud y el exsecretario de Hacienda por desacato de una suspensión que ordenaba garantizar los medicamentos oncológicos.
Ciudad de México, 22 de julio (SinEmbargo).– El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa de Ciudad de México resolvió poner una denuncia penal por el desacato de abastecer los medicamentos oncológicos en contra del Secretario de Salud, Jorge Alcocer, el exsecretario de Hacienda, Arturo Herrera, y la Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda, Thalía Lagunas.
De acuerdo con la resolución, emitida el pasado 16 de julio, el juzgado resolvió «hacer la denuncia correspondiente en contra del Secretario de Salud, del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Oficial Mayor de dicha Secretaría, ante el Ministerio Público de la Federación».
La querella surgió a partir de un amparo interpuesto en mayo del año pasado por la Agrupación Mexicana de Oncohematología Pediátrica (AMOHP), una asociación compuesta por médicos oncólogos y hematólogos pediatras que prestan sus servicios en hospitales públicos,por el desabasto de 37 medicamentos en hospitales públicos.
El Décimo Noveno Tribunal federal ordenó en ese momento a la Secretaría de Salud garantizar el abasto de medicamentos e insumos en hospitales públicos que atienden a niños que padecen algún tipo de cáncer.
«Se concede la suspensión de plano a la asociación quejosa para el efecto de que las autoridades responsables desarrollen de manera urgente y efectiva, todas las acciones o gestiones que resulten pertinentes, incluso ante diversas instancias, dentro de su ámbito de atribuciones, que permitan que se programe el suministro de medicamentos y otros insumos esenciales a los agremiados de la quejosa que laboran en hospitales públicos para los tratamientos oncológicos para el cáncer infantil y en concreto para el Hospital de Especialidades Pediátricas en Tuxtla Gutiérrez”, indicó al momento de declarar la suspensión de amparo.
El desacato de una suspensión está estipulado como un delito en la Ley de Amparo, y marca una pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.