EU denuncia otra violación laboral bajo el T-MEC en planta de autopartes en Coahuila

21/07/2022 - 6:26 pm

La Secretaría de Economía expuso que cuenta con 10 días para notificar si realizará o no la revisión de la solicitud.

Ciudad de México, 21 de julio (SinEmbargo).- Estados Unidos solicitó este jueves a México llevar a cabo una revisión respecto a una supuesta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la planta de Manufacturas VU, S. de R.L. de C.V., ubicada en Piedras Negras, Coahuila.

“Lo anterior, en el marco del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas México – Estados Unidos del Anexo 31-A del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)”, detalló la Secretaría de Economía en un comunicado.

Además, la misma Secretaría expuso que cuenta con 10 días para notificar si realizará o no la revisión de la solicitud.

“El Gobierno de México reitera su compromiso con la efectiva aplicación de las disposiciones establecidas en el T-MEC y en la legislación nacional, garantizando con ello, transparencia y certeza para las y los trabajadores de México”, añadió.

Por su parte, la representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, expuso que, en relación con la queja laboral, solicitó al Departamento del Tesoro que suspendiera la liquidación final de las cuentas aduaneras relacionadas con las entradas de mercancías desde la instalación de VU.

El pasado 21 de junio, el Comité Laboral Interagencial para el Monitoreo y la Aplicación (ILC) recibió una petición de RRM de dos organizaciones sindicales mexicanas: la Liga Sindical Obrera Mexicana y el Comité Fronterizo de Obreras.

“La petición alega que a los trabajadores de la planta de componentes automotrices de VU en Piedras Negras se les niega el derecho de libre asociación y negociación colectiva. La ILC revisa las peticiones de RRM que recibe, y la información adjunta, dentro de los 30 días”, argumentó la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por su siglas en inglés).

Por su parte, la ILC determinó, con base en su revisión de la petición, que existe evidencia suficiente y creíble de una denegación de derechos que permite la invocación de buena fe de los mecanismos de aplicación.

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