México

Diputados aprueban la Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura; la turnan al Senado

19/04/2017 - 5:37 pm

Establece que un funcionario comete delito de tortura cuando, «a fin de obtener información o una confesión, cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona». Señala penas de hasta 20 años de prisión y multas de hasta mil días a los funcionarios que incurran en dichas prácticas.

Ciudad de México, 19 de abril (SinEmbargo).- La Cámara de Diputados aprobó la minuta del Senado que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que deroga la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura de 1991.

Con 417 votos a favor el pleno aprobó el documento y, tras rechazar varias reservas, con 315 votos se aprobó en lo particular y se devolvió al Senado para su análisis y ratificación.

El documento reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; y de las leyes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; la General del Sistema Nacional de Seguridad, y de Extradición Internacional.

En la nueva legislación se establece la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar el delito de tortura y el de tratos crueles, inhumanos y degradantes.

En su artículo 24, se explica que un funcionario comete el delito de tortura cuando, «a fin de obtener información o una confesión, cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona, cometa una conducta que sea tendiente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento y realice procedimientos médicos o científicos en un individuo sin su consentimiento, o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo».

Plantea penas de 10 a 20 años de prisión y de 500 días a mil días de multa a los funcionarios que incurran en dicha prácticas, en tanto que un particular, podrá recibir de cuatro a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa.

La Senadora Angélica de la Peña Gómez y el Ejecutivo federal presentaron por separado iniciativas en octubre y diciembre de 2015, respectivamente, y aprobadas por el senado en abril de 2106.

 

 

author avatar
Redacción/SinEmbargo
Sed ullamcorper orci vitae dolor imperdiet, sit amet bibendum libero interdum. Nullam lobortis dolor at lorem aliquet mollis. Nullam fringilla dictum augue, ut efficitur tellus mattis condimentum. Nulla sed semper ex. Nulla interdum ligula eu ligula condimentum lacinia. Cras libero urna,
Redacción/SinEmbargo
Sed ullamcorper orci vitae dolor imperdiet, sit amet bibendum libero interdum. Nullam lobortis dolor at lorem aliquet mollis. Nullam fringilla dictum augue, ut efficitur tellus mattis condimentum. Nulla sed semper ex. Nulla interdum ligula eu ligula condimentum lacinia. Cras libero urna,
en Sinembargo al Aire

Opinión

más leídas

más leídas