Por Humberto Guerrero y Ximena Antillón
En el contexto de las movilizaciones y denuncias de diversos grupos de víctimas, cuya expresión más visible fue el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad en el año 2011, surgió la exigencia de una La Ley General de Víctimas (LGV), que en realidad estaba conformada por dos demandas: que el Estado reconociera su responsabilidad frente a miles de víctimas de delitos y violaciones a los derechos humanos en el marco de la Guerra contra el Narcotráfico, y en consecuencia, que garantizara la atención a sus necesidades y sus derechos como víctimas.
Impulsada por la enorme legitimidad del movimiento de víctimas y con sus deficiencias técnicas, la LGV fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras en abril de 2012, tan sólo unos meses previos a las elecciones, pero no fue publicada sino hasta enero de 2013, y en mayo fue reformada prácticamente en su totalidad. Para enero de 2014 se creó la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), órgano encargado de echar a andar los mecanismos para garantizar los derechos de las víctimas previstos en la LGV.
La CEAV tenía por delante la compleja tarea de organizar un aparato administrativo que respondiera a las necesidades de un creciente y empoderado movimiento de víctimas. Sin embargo, la falta de visión y de conocimiento técnico convirtió a la CEAV en una instancia errática, enfrascada en disputas estériles al interior del órgano colegiado y rápidamente deslegitimada frente a las víctimas y las organizaciones de la sociedad civil.
Ante la falta de procedimientos claros y eficaces, las víctimas que tenían la influencia y el capital político, recurrían directamente a los comisionados para destrabar algún trámite. Las que no, se perdían en la burocracia o desistían con tal de evitarse el coraje y el desgaste. Desde fuera se veía cómo al interior de la CEAV se fue construyendo un imaginario de las víctimas como enemigos, gente necia que no entendía que sus criterios administrativos -por muy poco claros que fueran- eran más importantes que sus necesidades, e incluso fue público el maltrato de funcionarios de la CEAV hacia familiares de personas desaparecidas. De este modo, la CEAV se convirtió en un eslabón más en la cadena de revictimización y desgaste que enfrentan las víctimas. El desastre administrativo y político de la CEAV llevó a que a finales del año 2016 esta instancia simplemente dejó de cubrir los gastos de traslados, alimentación y otras necesidades de las víctimas.
En este contexto, diferentes organizaciones de la sociedad civil y otros sectores han empezado a hablar de modificar la LGV, que culminó en el debate legislativo a finales del año pasado, y que dio lugar a la reforma publicada el 3 de enero de 2017. Entre las principales reformas se encuentra la composición de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, que ahora estará integrada por un solo comisionado; y que además contará con una Junta de Gobierno y una Asamblea Consultiva, con participación de organizaciones de víctimas y de la sociedad civil.
Esta reforma ha suscitado una fuerte crítica desde las organizaciones de derechos humanos, debido, principalmente, al mecanismo que se estableció para la designación del primer titular de la institución y a la conformación de sus órganos de gobierno.
De acuerdo con los artículos transitorios de la reforma, la primera designación de la persona titular de la CEAV será una decisión del ejecutivo con ratificación del Senado, y aunque se contempla que el ejecutivo deberá organizar una consulta con la sociedad civil para ello, ésta resulta un procedimiento insuficiente para asegurar un proceso transparente y participativo en la designación. Con esto, de nueva cuenta la elección del titular carecerá de legitimidad, poniendo en entredicho la independencia de una institución que debe velar siempre en primer lugar por los intereses de las víctimas; y no por los de las instituciones.
En la misma línea, la reforma contempla que la Junta de Gobierno de la CEAV sea presidida por la Secretaría de Gobernación, y compuesta en su mayoría por dependencias gubernamentales, con una minoría de víctimas y organizaciones de la sociedad civil. Lo anterior es particularmente grave y es un obstáculo más para asegurar la independencia de la Comisión, sobretodo si se toma en cuenta que la misión de la CEAV es, en muchos casos, defender y representar a víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas por las propias dependencias del gobierno. Así, existe un temor fundado de las víctimas y de las organizaciones que las acompañan de que la CEAV tenga un sesgo hacia la protección de los intereses de las instituciones, sometiendo a las víctimas a nuevos procesos de revictimización en su búsqueda de justicia, verdad y reparación.
Si bien la reforma a la LGV intenciona ciertos cambios para atender las principales preocupaciones y deficiencias identificadas por las víctimas y organizaciones de la sociedad civil -como facilitar los trámites y flexibilizar los requisitos para cubrir oportunamente los gastos de las víctimas- esto sólo se concretará cuando se establezca un adecuado diseño normativo e institucional.
Al mismo tiempo, la CEAV deberá construir una posición independiente frente al Ejecutivo, y ponerse decididamente al lado de las víctimas desde una perspectiva de derechos humanos para empezar a construir legitimidad y confianza frente a las víctimas y las organizaciones de la sociedad civil.