La Diputada oaxaqueña Magaly López Domínguez realizó una propuesta de modificación al Código Civil de la entidad para que quienes se asuman como personas trans puedan realizar un cambio de género desde los 12 años de edad.
Ciudad de México, 14 de octubre (SinEmbargo).- Una Diputada oaxaqueña promovió una iniciativa que busca que se reconozca la identidad trans desde la edad de 12 años y no hasta los 18, como es actualmente.
Por medio de un comunicado, las autoridades del 64º Legislatura del H. Congreso del estado de Oaxaca dieron a conocer que se promovió una reforma al Código Civil de la entidad que tiene el objetivo de garantizar el derecho a la identidad de género a personas trans desde la edad de 12 años.
La Diputada Magaly López Domínguez fue la encargada de promover la iniciativa que contempla una reforma a los artículos 137, 137 Ter y 137 Quáter de la legislación local.
De esta forma, las personas que se asuman como transexuales no deberán de contar con 18 años de edad para dar trámite legal a su reconocimiento de género, sino que podrán ejercerlo desde los 12 años de edad.
He propuesto en el @CongresoOaxLXIV reformas a los artículos: 137, 137 Ter y 137 Quáter del Código Civil de #Oaxaca, para que las personas que se asuman como trans no esperen hasta los 18 años para su reconocimiento de género, y lo puedan realizar desde los 12 años.
— Magaly López Domínguez (@Magaly_LopezOax) October 12, 2020
La congresista propuso que el reconocimiento de la identidad de género de las personas menores de edad sea posible mediante la autorización de su padre, madre o de la persona que sea su tutor o que esté a cargo de su custodia.
En caso en que el adulto responsable de él se opusiera a dicha petición, el menor podría acudir a la procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca para exigir el cumplimento de su derecho.
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— Poder Legislativo Oaxaca (@CongresoOaxLXIV) October 12, 2020
La dependencia deberá prestarle asistencia legal para poder recurrir a la vía jurisdiccional y, en consecuencia, sean los y las juezas quienes tomen en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior de la niñez, para resolver sobre la negativa o falta de conocimiento.
Por tratarse de personas menores de edad, la Dirección General del Registro Civil tendrá que contar con personal especializada en el trabajo e intervención de adolescentes, género y diversidad sexual.
La propuesta fue dada en apego a lo que establece la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha sostenido jurídicamente que el derecho a que los niños y niñas sean escuchados, no sólo es un derecho, sino que debe interpretar y hacer respetar todos los demás derechos.
Por último, señalaron que el permitir a los y las adolescentes a reconocer su identidad de género, les garantizaría el derecho humano de igualdad ante la ley, en su vertiente de prohibición de discriminación que dicta el Artículo primero constitucional.