El pasado 6 de junio de 2021, se llevaron a cabo los comicios más grandes de la historia, cuando más de 93.5 millones de mexicanos renovaron la Cámara de Diputados, 15 de 32 gobernadores, 30 congresos locales y miles de ayuntamientos.
Ciudad de México, 13 de mayo (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Presidente Andrés Manuel López Obrador difundió propaganda gubernamental en el periodo de veda electoral de cara a las elecciones del pasado 6 de junio de 2021.
El TEPJF expresó que el mandatario vulneró el principio de imparcialidad y equidad en la contienda electoral y el uso indebido de recursos públicos a través de las conferencias diarias matutinas que se llevaron a cabo entre el 5 de abril al 2 de junio de 2021.
De acuerdo con el TEPJF, en las conferencias del Presidente se difundieron «logros y acciones del Gobierno que tuvieron como finalidad la adhesión o persuasión a la ciudadanía, aunado a que en ellas se observaron pronunciamientos relacionados con los procesos electorales que se encontraban en curso, por mencionar algunos, la cancelación de candidaturas, la invitación a la ciudadanía a cuidar el voto o defender la democracia y evitar los fraudes».
Las acciones que tomará el Tribunal serán sancionar a diversas concesionarias de radio y televisión por «la vulneración al modelo de comunicación política, al quedar acreditado que transmitieron las conferencias de prensa denunciadas» donde se expusieron temas no permitidos en el periodo en la que se realizaron y, «por el uso indebido de recursos públicos» en el caso de las concesionarias de naturaleza pública.
El titular del Ejecutivo ya ha sido sancionado en reiteradas ocasiones por el TEPJF y por el Instituto Nacional Electoral (INE) por violar la veda electoral con la propaganda gubernamental.
El pasado 6 de junio de 2021, se llevaron a cabo los comicios más grandes de la historia, cuando más de 93.5 millones renovararon la Cámara de Diputados, 15 de 32 gobernadores, 30 congresos locales y miles de ayuntamientos.
Para aquellos comicios, el Tribunal le pidió a López Obrador que se ajustara a las excepciones constitucionales de propaganda gubernamental, sin embargo, con las conferencias diarias hizo caso omiso de las advertencias.
El pasado 27 de mayo de 2021, el Tribunal refirió que el informe de “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno” era ilegal. Además, el Presidente fue amonestado por hablar de la campañas en Nuevo León y la supuesta compra de voto, así como de la inacción del INE.
“Claro que sí [acataré], pero imagínense si informar es violar la Constitución, ¿cómo? ¿Y mi derecho a la libertad? ¿Qué es lo más importante? La libertad”, dijo en aquella ocasión López Obrador.
El 29 de marzo de 2022, López Obrador publicó la resolución de una sentencia del TEPJF, quien ordenó al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República que imponga sanciones contra el mandatario por haber hecho promoción personalizada indebida con recursos públicos.
La sentencia deriva de una queja presentada el 6 de diciembre del 2021 por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en la cual consideró que se habían transgredido las reglas de difusión de informe de labores y se hizo la difusión de propaganda gubernamental en periodo de veda electoral para los estados de Aguascalientes, Durango, Oaxaca y Tamaulipas.
Se sentencia también tiene implicados a Jesús Ramírez González, coordinador general de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de México, y a Jessica Ramírez González, directora general de Comunicación Digital del Presidente.